30/03/2026
EL PASADO NO SE JUZGA CON LEYES DEL FUTURO
"La seguridad jurídica empieza aquí. El Artículo 3 del Código Civil es el escudo que protege tus actos pasados. Este principio también está consagrado en el artículo 24 de nuestra Constitución, que lo eleva a rango fundamental. ⚖️
📌 Contexto Jurisprudencial: El Tribunal Supremo de Justicia ha sostenido consistentemente que la irretroactividad protege los derechos adquiridos y las situaciones jurídicas consolidadas bajo leyes anteriores. Así, por ejemplo, la Sala Político Administrativa por decisión N° 00106 de fecha 05/03/2026 señala:
"En virtud de lo anterior, y una vez constatada la supresión de la referida formalidad, estima conveniente esta Superioridad reproducir el artículo 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual consagra el principio de irretroactividad de la Ley, expresando de manera textual lo siguiente:
“Artículo 24.- Ninguna disposición legislativa tendrá efecto retroactivo, excepto cuando imponga menor pena. Las leyes de procedimiento se aplicarán desde el momento mismo de entrar en vigencia aún en los procesos que se hallaren en curso; pero en los procesos penales, las pruebas ya evacuadas se estimaran en cuanto beneficien al reo o rea, conforme a la ley vigente para la fecha en que se promovieron. Cuando haya duda se aplicará la norma que beneficie al reo o rea”.
Como puede leerse del citado precepto, el principio de irretroactividad de la Ley proscribe, en beneficio de la seguridad jurídica de los sujetos de derecho, la aplicación de una determinada normativa a situaciones de hecho suscitadas con anterioridad a su entrada en vigencia, de forma que la disposición novedosa resulta ineficaz para regular situaciones fácticas consolidadas en el pasado, permitiéndose la retroactividad de la norma, única y excepcionalmente, como defensa o garantía de la libertad del ciudadano (retroactividad in bonus). [Vid., sentencia Nro. 00872 del 1° de agosto de 2017, caso: Inversiones Delta Xtreme, S.A.]."
🔗 Consulta la sentencia completa aquí: https://n9.cl/5w2jfn