26/03/2020
[19:32, 26/3/2020] : R E S O L U C I Ó N
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA.-
Montevideo,
VISTO: la necesidad de continuar normalizando la actividad de la Dirección General de Registros;-----------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO: que las medidas de urgencia adoptadas frente a la situación sanitaria nacional han permitido mantener algunos servicios que brinda la Dirección General de Registros.-----------------------------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO: I) que se estima imperioso permitir, con la mayor extensión posible, la vida económica del país;
II) que la más plena actividad de las dependencias de la Dirección General de Registros constituye un componente ineludible del clima de negocios cuyo mantenimiento es indispensable;------------------------------------------------------
III) que el mecanismo de atención al público y procesamiento de documentos debe adaptarse a las necesarias medidas sanitarias que aconsejan evitar aglomeraciones así como traslados personales innecesarios;----------------------------
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por los artículos 1º y 2º de la Ley Nº 16.871 de 28 de septiembre de 1997;--------------------------------------------------
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
R E S U E L V E:
1ro.- AUTORIZAR a la Dirección General de Registros a implantar, por el tiempo que duren las medidas sanitarias sugeridas, un sistema de agenda digital, a la que se accederá a través del sitio web de dicha Dirección, con cupos por cada Registro, para posibilitar la presentación de los documentos cuya inscripción se solicita en sus diferentes sedes, ingresándose la documentación a las 24 horas de su recepción, de forma de resguardar la salud de los funcionarios que manipularán los mismos.
2do.- DISPONER que, en consonancia con el funcionamiento regular de los distintos Registros, la prioridad en el ingreso de los documentos dentro de cada sede estará determinada por el orden de recepción del instrumento que efectivamente contiene el acto o negocio jurídico inscribible.-------------------------------------------------------------------------
3ro.- AUTORIZAR a la Dirección General de Registros a definir el mantenimiento del sistema referido hasta tanto resulte necesario por la situación sanitaria del país.------------
4to.- PASE a la Dirección de Asuntos Constitucionales, Legales y Registrales a su conocimiento y siga a la Dirección General de Registros.-------------------------------------------