Carlos Parés Abogado de Inmigración

Carlos Parés Abogado de Inmigración Somos una firma de abogados de inmigración con oficinas en Orlando y Puerto Rico. Estamos para servirle!

Nuestro objetivo es reunir familias mediante una representación legal competente, ágil y responsable.

05/20/2026

🚨 ¡ATENCIÓN COMUNIDAD! El sistema de inmigración está cambiando rápido. 🚨
Los procesos migratorios en EE.UU. están viviendo una etapa de constantes actualizaciones. Desde cambios en los criterios de las cortes hasta la velocidad en los procesamientos de USCIS.

💡 Un error en tu estrategia o guiarte por información desactualizada puede poner en riesgo tu estabilidad y la de tu familia.

📋 ¿Tienes un caso pendiente o quieres iniciar tu camino legal? No juegues con tu futuro. Cada caso requiere un análisis detallado de sus circunstancias particulares.

👇 Déjame tus dudas en los comentarios o envíame un mensaje directo para evaluar tus opciones con base en las leyes vigentes.

05/04/2026

Conocer el proceso y sus DERECHOS migratorio son extremadamente importante para que usted pueda tener una decisión informada. Desafortunadamente muchas personas piensan que si USCIS no aprueba su caso de asilo, usted va a ser deportado de inmediato. La ley de inmigración establece claramente que como norma general una persona a la cual USCIS no le aprueba su caso de ASILO, será referido ante la Corte de Deportación. Es allí donde tendrá otra oportunidad de presentar y argumentar su proceso migratorio estableciendo las defensas o remedios existente en ley, como lo es el asilo. Por lo que es importante analizar su caso y expediente migratorio como también su asilo, para presentar la mejor defensa ante la Corte. Recuerde que cada caso es diferente y este contenido es a manera informativo Para consulta puede llamar al 407-990-7170

05/03/2026

Le explico una ma era fácil de como entrar al sistema de la Corte de Deportación para realizar el pago de $100.00

RECUERDEN CONSULTAR SIEMPRE CON UN ABOGADO.

Pronto! comenzamos una nueva división en nuestra firma de abogados sobre visas de negocio y de turismo.
05/01/2026

Pronto! comenzamos una nueva división en nuestra firma de abogados sobre visas de negocio y de turismo.

Abogado, mi caso esta en Corte de deportación, tengo que pagar los $100.00 de la cuota anual de mis asilo a la USCIS?Ust...
04/30/2026

Abogado, mi caso esta en Corte de deportación, tengo
que pagar los $100.00 de la cuota anual de mis asilo a la USCIS?

Usted tiene que realizar el pago ante la corte de deportación que es la agencia administrativa que tiene jurisdicción sobre usted y su caso. Es decir si usted y su caso está en corte, usted tiene que realizar el pago de $100.00 en la Corte de Deportación utilizando la página de la corte. (NO en USCIS). Posteriormente usted tiene que presentar evidencia de haber realizado el pago al Juez que tiene su caso. Por lo que es importante que descargar el PDF, o captura de imagen de haber realizado el pago.

IMPORTANTE: Recuerde que este contenido es de manera informativa y usted SIEMPRE DEBE CONSULTAR CON UN ABOGADO DE INMIGRACION.

04/16/2026

Aclaremos los mitos sobre la embajada de Estados Unidos y el proceso de asilo.

04/15/2026

CAMBIOS EN LA OFICINA DE ASILO, CONSULTE CON USCIS PARA AGENDAR SU CITA Y ACTUALIZAR SU EXPEDIENTE Y DATOS.
04/13/2026

CAMBIOS EN LA OFICINA DE ASILO, CONSULTE CON USCIS PARA AGENDAR SU CITA Y ACTUALIZAR SU EXPEDIENTE Y DATOS.

Un ciudadano extranjero que desee residir permanentemente en los Estados Unidos necesita una visa de inmigrante (IV). Pa...
04/10/2026

Un ciudadano extranjero que desee residir permanentemente en los Estados Unidos necesita una visa de inmigrante (IV). Para poder solicitar una visa de inmigrante, el solicitante debe ser patrocinado por un familiar directo mayor de 21 años que sea ciudadano estadounidense o residente permanente legal de los Estados Unidos (es decir, titular de una tarjeta verde).

Existen dos tipos de visas de inmigrante basadas en lazos familiares:

Familiar inmediato : estas visas se otorgan en función de una relación familiar cercana con un ciudadano estadounidense, como cónyuge, hijo o padre. El número de inmigrantes en estas categorías no tiene límite cada año fiscal.

Preferencia Familiar : estas visas son para relaciones familiares específicas y más lejanas con un ciudadano estadounidense y para ciertas relaciones específicas con un residente permanente legal (LPR). El número de inmigrantes en estas categorías es limitado cada año fiscal.

Tenga en cuenta que los ciudadanos estadounidenses pueden presentar una solicitud de visa de inmigrante para:

• Cónyuge
• Hijo o hija
• Padre o madre
• Hermano o hermana

Los residentes permanentes legales de EE. UU. solo pueden presentar una petición de visa de inmigrante para:

• Cónyuge
• Hijo o hija soltero/a

PARA CONSULTA TEL. 407-990-7170

04/07/2026

Un caso que demuestra lo compleja que es la delgada línea entre ser cómplice y ser una víctima más en los casos de asilo ¿Conocías este precedente?

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