05/23/2026
Nuevo memorando de política de USCIS restringe el Ajuste de Estatus a circunstancias “extraordinarias”
23 de mayo de 2026
Hoy, 22 de mayo de 2026, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) anunció un nuevo memorando de política para oficiales de USCIS, PM-602-0199 (“El Ajuste de Estatus es una cuestión de discreción y gracia administrativa, y un alivio extraordinario que permite a los solicitantes prescindir del proceso consular ordinario de visa”). El memorando fue emitido el 21 de mayo de 2026 y anunciado hoy.
¿Qué es el Ajuste de Estatus y por qué es importante?
Existen dos maneras de convertirse en residente permanente legal de los Estados Unidos (titular de una green card):
Procesamiento consular
Ajuste de estatus
El procesamiento consular se refiere a solicitar una visa de inmigrante en una embajada de Estados Unidos en el extranjero para inmigrar a los Estados Unidos. El ajuste de estatus significa solicitar la residencia permanente desde dentro de los Estados Unidos.
Los no ciudadanos solicitan el ajuste de estatus presentando el Formulario I-485 ante USCIS. Con ciertas excepciones, para calificar para el ajuste de estatus, una persona debe:
Haber ingresado legalmente (admisión o parole) a los Estados Unidos;
Tener una visa de inmigrante inmediatamente disponible; y
Mantener un estatus migratorio legal en los Estados Unidos.
El ajuste de estatus es una forma común para que personas elegibles soliciten la residencia permanente sin salir de los Estados Unidos. Al permitir que los solicitantes “ajusten” su estatus a residente permanente legal sin abandonar el país, este proceso ayuda a mantener la unidad familiar y reduce interrupciones laborales o comerciales.
El ajuste de estatus siempre ha sido un beneficio discrecional, lo que significa que el gobierno de Estados Unidos puede considerar factores positivos y negativos en el caso de una persona al decidir si aprueba la solicitud.
Lo que realmente dice el memorando
En primer lugar, el memorando de USCIS no elimina el ajuste de estatus ni impide que los oficiales de USCIS aprueben estas solicitudes. A diferencia del lenguaje alarmante utilizado en el anuncio de USCIS hoy, el memorando no establece que todos los solicitantes de ajuste de estatus deban ahora pasar por el procesamiento consular.
En cambio, el memorando recuerda a los oficiales de USCIS que el procesamiento consular en el extranjero es la manera “regular” para que los no ciudadanos obtengan la residencia permanente, y que el ajuste de estatus debe considerarse una forma “extraordinaria” de alivio y un “acto de gracia administrativa”, no un derecho automático.
El memorando instruye a los oficiales que adjudican casos de ajuste de estatus a examinar “todos los factores relevantes” y “la totalidad de las circunstancias” al determinar cómo ejercer su discreción en casos donde también existe la posibilidad de procesamiento consular. El memorando identifica varios factores potenciales que los oficiales pueden considerar:
Si el solicitante ha violado leyes migratorias de Estados Unidos o los términos de su estatus de no inmigrante;
Si el solicitante ha cometido fraude o proporcionado información falsa en su caso migratorio;
Si la entrada del solicitante a Estados Unidos fue legal;
Si el solicitante participó en conductas inconsistentes con su estatus de visa de no inmigrante o con su solicitud de visa, o si permaneció en el país después del vencimiento de su estatus;
Los lazos familiares, historial migratorio, carácter moral y cualquier otro factor relevante.
El memorando señala que existen excepciones a la expectativa de procesamiento consular, incluyendo visas de no inmigrante con “doble intención” (H-1B/H-4, L-1 y visas K) y categorías migratorias donde el ajuste de estatus es la única vía hacia la residencia permanente. Sin embargo, también establece que mantener un estatus de doble intención no es suficiente; los solicitantes aún deben demostrar que merecen un ejercicio favorable de discreción.
¿Todavía puedo solicitar Ajuste de Estatus?
Sí. Nuevamente, el memorando no elimina el ajuste de estatus como una vía válida hacia la residencia permanente legal. Sin embargo, mientras observamos cómo USCIS implementa este memorando, los solicitantes ahora deben incluir de manera proactiva evidencia que demuestre por qué merecen un ejercicio favorable de discreción en su caso. Dicha evidencia puede incluir:
Evidencia de haber presentado y pagado impuestos sobre ingresos durante todos los años en Estados Unidos;
Evidencia de propiedad de vivienda o bienes en Estados Unidos;
Evidencia de creación de empleos o contribuciones a la economía estadounidense;
Evidencia de hijos ciudadanos estadounidenses;
Evidencia de servicio comunitario, voluntariado o contribuciones caritativas;
Evidencia que demuestre por qué el procesamiento consular no es posible o práctico en el caso específico del solicitante;
Cualquier otra evidencia que demuestre buen carácter moral.
Conclusión
El memorando no cambia los requisitos legales para el ajuste de estatus. Sin embargo, mientras el memorando permanezca vigente, las personas que buscan ajustar su estatus en Estados Unidos deben estar preparadas para demostrar proactivamente por qué merecen un ejercicio favorable de discreción y el privilegio de ajustar estatus dentro de los Estados Unidos.
Joseph Fungsang es el socio gerente de la oficina de Nueva York de Margaret W. Wong & Associates LLC. Si necesita asistencia migratoria, visite Margaret W. Wong & Associates LLC o contáctenos hoy:
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