24/06/2026
En El Salvador, la aceptación de la herencia no prescribe, por lo que puede hacerse en cualquier momento. Sin embargo, la acción de petición de herencia prescribe en 30 años, según el artículo 1191 del Código Civil.
Importante: Si otra persona ha poseído los bienes durante el tiempo que establece la ley, podría adquirir derechos sobre ellos por prescripción adquisitiva.
Asimismo, las acciones entre coherederos para reclamar una parte de la herencia pueden estar sujetas a plazos de prescripción.
Base legal: Art. 1191 del Código Civil de El Salvador.
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