Estudio Juridico "Ope Leguis""

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Respetando el protocolo.
16/06/2020

Respetando el protocolo.

De nuevo al laburo
18/05/2020

De nuevo al laburo

25/04/2020

Por Resolucion de la presidencia de la Corte Suprema de Justicia se dispone la prorroga de la entrada en vigencia de la Acordada N° 1373/2020 y la suspension parcial de actividades en el Poder Judicial hasta el 04/05/2020. A continuacion, se reproduce el texto de la misma:

25/04/2020

Que maldad !!!

Estable, ¿que opinan ustedes?
14/04/2020

Estable, ¿que opinan ustedes?

Feliz inicio de semana para todos!!!
10/02/2020

Feliz inicio de semana para todos!!!

29/01/2020

COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA
Ante las publicaciones referentes al juicio de Regulación de Honorarios Profesionales del Abog. Denis Leonor “Manuel Fonseca Cáceres sobre sucesión”, el Juez Juan Pereira aclara que la acción sucesoria fue promovida en setiembre del 2.012 y, en marzo del 2014, se adjudicó a CLAUDIA CAROLINA VELAZQUEZ, los derechos sobre el inmueble, ubicado en la Fracción El Amanecer de Ciudad del Este.
Dentro del juicio, el Abg. Dennis Leonor Benítez, en diciembre del 2.016, pidió la regulación de su honorario, la que fue valuada en Gs. 20 millones. De esta decisión, la Sra. Claudia, fue notificada personalmente, en fecha 17 de octubre del 2017; demostrando estar de acuerdo, pues no plateó recurso alguno.
En fecha 12 de diciembre del 2017, el citado abogado pidió ejecutar dicha resolución y, el 01 de febrero del 2018 se providenció el inicio de la ejecución, contra la señora Claudia Velázquez, con el debido embargo ejecutivo, concediéndosele la oportunidad de oponerse. Si bien presentó excepción de pago parcial, ésta se rechazó por Sentencia de fecha 21 de mayo del 2018, pues no adjuntó documento alguno sobre el pago parcial alegado. Esta sentencia se notificó a la señora Claudia y ella no recurrió.
Una vez firme, a pedido del profesional regulante, en setiembre del 2.018, el Juzgado resolvió iniciar el cumplimiento de dicha sentencia, con la designación de un rematador público, informe de condiciones de dominio y avaluación fiscal, al tiempo de intimar a la demandada a que presente copia del título de propiedad, siendo debidamente notificada de dicha resolución que tampoco fue recurrida.
Es así que, se fijó llevar adelante el remate para el día 22 de mayo del 2.019, con la publicación, en un diario de circulación nacional. Para el acto solamente comparecieron la rematadora pública, Rossana Britez, el actuario Fredy Colman y el abogado Dennis Benítez; por tanto, no hubo otra alternativa que adjudicar a éste último el inmueble embargado, por el importe de su crédito. El citado remate ha sido aprobado por A.I. N° 430 de fecha 20 de junio del 2019.
El día 14 de octubre del 2019, de conformidad al Art. 498 del Código Procesal Civil, se resolvió intimar a la parte ejecutada a que, en 10 días, desocupe voluntariamente el inmueble, bajo apercibimiento de ser expulsada con la fuerza pública, decisión de la que Claudia Velázquez se notificó en fecha 16 de octubre del 2019. Entonces planteó incidente de nulidad de actuaciones que no prosperó, porque lo hizo fuera de plazo.
El 12 de noviembre del 2019, se pidió se haga efectivo el apercibimiento, a lo que se dio lugar, por providencia del 22 de noviembre del 2019, librándose el mandamiento respectivo.
Como podrá notarse, en los casi 4 años de proceso, la afectada estuvo al tanto de todas las actuaciones, con suficiente oportunidad para ejercer su defensa que, en algunos casos, lo articuló en forma extemporánea y, en otro mal planteada. Si la demanda tuviese un trasfondo de aparente insensibilidad humanitaria, ello ya queda a conciencia y exclusiva responsabilidad del accionante y no del órgano jurisdiccional.
El Juez Juan Pereira sencillamente se limitó a obrar a instancia de parte, respetando todas las formalidades legales, el debido proceso y resolviendo lo que estrictamente corresponde en Derecho. Es así que, sin demora alguna, solicitó a la Excma. Corte Suprema de Justicia una inmediata auditoria al expediente en cuestión, donde el magistrado, como de costumbre, se desempeñó con honestidad, ética profesional y absoluta imparcialidad.
Abg. Juan Pereira
Juez Civil

Es importante solicitar recibo a la hora de pactar acuerdo de pago de honorarios para que no pase esta cosa
28/01/2020

Es importante solicitar recibo a la hora de pactar acuerdo de pago de honorarios para que no pase esta cosa

PARA QUE SE HAGA JUSTICIA

Abogado remata casa de viuda y logra desalojarla

Un abogado remató por 20 millones de guaraníes la casa de su cliente, quien había contratado sus servicios en el marco de un juicio sucesorio, y este martes llevó adelante el desalojo de la mujer, una viuda con un hijo menor de 7 años.

De esta manera, el profesional del foro, identificado como Denis Leonor Benítez, se quedó con una vivienda valorada en más de 200 millones de guaraníes por la irrisoria suma de dinero.

La víctima de esta terrible injusticia está identificada como Claudia Carolina Velázquez, quien en la mañana de este martes fue sacada a la fuerza de su casa por un grupo de policías fuertemente armado, encabezado por el oficial de justicia Isaac Vera.

Según los antecedentes, tiempos atrás, el abogado Denis Benítez propuso a Claudia Velázquez, tras la muerte de su esposo, que le promovería el juicio sucesorio y que a cambio le cobraría la suma de 20 millones de guaraníes en concepto de honorarios profesionales.

La vivienda está valuada en más de 200 millones de guaraníes, y está ubicada en el km 5,5, barrio La Blanca de Ciudad del Este.

El acuerdo consistió en que la mujer le pagaría por el trabajo una vez que vendiera la residencia en cuestión, objeto del juicio presentado.

Concluido el proceso, en poco tiempo, el letrado remató la casa por la ínfima suma de dinero.

La afectada recién se enteró de la terrible situación cuando un oficial de justicia llegó junto a ella con un mandamiento de desahucio, explicándole que debía abandonar su domicilio, pues ya contaba con la orden judicial.

El oficio refiere “El oficial de Justicia a quien entregado el presente mandamiento de desahucio, acompañado de dos testigos hábiles, se constituirá ante la Sra. Claudia Carolina Velázquez y cualquier ocupante precario en cumplimiento a lo dispuesto por el juzgado en el expediente caratulado R.H.P. del abogado Denis Leonor Benítez en los autos Manuel Fonseca Cáceres s/ sucesiones y le intimará a que en el acto desocupe el inmueble individualizado como: Lote 3 de la Manzana 23 inscripto en la matrícula K04/41383 del distrito de Ciudad del Este, no haciendo voluntariamente procederá al desahucio de la misma, una vez libre de ocupante, entregará al Sr. Alex Hernán Ramírez Monges”.

El documento lleva la firma del juez en lo civil
Finalmente, el desalojo se llevó a cabo este martes 28 de enero en cumplimiento de la orden judicial. Los vecinos de Claudia Velázquez cuestionaron duramente al magistrado que dictó la orden.

La víctima de esta trama judicial había denunciado en la Fiscalía a Denis Leonor Benítez por la perpetuación de varios hechos punibles. La investigación está a cargo del fiscal Víctor Adolfo Santander.

Así nomas
20/01/2020

Así nomas

Esta cosa no sólo perjudica la imagen de una ciudad como Pedro Juan si no a todo un país.
19/01/2020

Esta cosa no sólo perjudica la imagen de una ciudad como Pedro Juan si no a todo un país.

En total fueron 75 los presos del Primer Comando da Capital (PCC) que se fugaron de la cárcel de Pedro Juan Caballero a través de un túnel este domingo, informó la fiscala Reinalda Palacios, tras la verificación de la lista de reclusos por pabellón. La agente dijo desconocer cómo los guardias...

El abogado no defiende el crimen o al delincuente si no simplemente defiende su derecho
16/01/2020

El abogado no defiende el crimen o al delincuente si no simplemente defiende su derecho

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