10/12/2020
CÓMO ACTUAR ANTE LAS BARRERAS POLICIALES.
Aquí algunos tips, en resumen, de cómo actuar si nos para la BARRERA POLICIAL.
1- Mostrar la Cédula de Identidad y documentos del vehículo. (Const. Nac. art. 175 en concordancia con la Ley 222 de la P.N, art.6)
2- No se puede realizar inspección corporal ni del vehículo, salvo indicio de algún hecho punible. (Arts. 179 al 182 C.P.P)
3- Exigir que la requisa se realice en presencia de dos testigos, preferiblemente vecinos del lugar.
4- Si se produjo un hecho punible, entonces si se puede retener el vehículo.
5- Debemos fijarnos si el policía está debidamente identificado con portanombre.
6- En las barreras policiales deben haber al menos 7 policías y una patrullera, según lo establecido en el protocolo interno de la Policía Nacional.
7- La policía debe comunicar el procedimiento al Ministerio Público, mínimo con 6 horas de anticipación.
Sobre la POLICIA MUNICIPAL DE TRÁNSITO, debemos decir que estos pueden controlar:
1- Habilitación, y cédula verde del rodado.
2- Licencia de conducir al día debidamente perforada. Se aclara que la POLICÍA CAMINERA no controla perforación, solo el vencimiento del carnet que es de 5 años.
3- No tener los documentos citados en los numerales anteriores, autoriza a la retención del vehículo.
4- Matafuegos, balizas y que los pasajeros de vehículos estén con los cinturones de seguridad puestos, y los conductores de motocicletas con cascos y chalecos reflexivos.