26/08/2016
ESTUDIO JURIDICO RICCHARDDI & ASOC.
La Pensión Alimentaria.
Es un derecho reconocido por la ley, que le otorga a una persona la posibilidad de recibir una cantidad de dinero por parte de otra persona, que esté o haya estado unida a ella por lazos de parentesco o por haber mantenido una relación de pareja y que se haya comprobada la filiación.
Los padres tienen el derecho y la obligación de asistir, de alimentar, de educar y de amparar a sus hijos menores de edad.
¿Quiénes pueden iniciarlo?
A instancia del niño o adolescente, sus padres, tutores o responsables en el lugar de residencia habitual del niño o adolescente.
Para consultas y citas al 021 329 88 72 o al 0981 186 997.
Email: [email protected]