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24/12/2025
Esa acordada disciplinaria es inconstitucional. Asi como todos los artículos de los códigos procesal penal y procesal ci...
23/10/2025

Esa acordada disciplinaria es inconstitucional. Asi como todos los artículos de los códigos procesal penal y procesal civil donde falculten al mismo juez que entiende en el mismo caso donde se va a juzgar a un abogado por el supuesto ejercicio abusivo del derecho, ya que esa juez entraña en su persona la dualidad de juez y parte perdiendo toda imparciaridad para juzgar, con objetividad, al profesional abogado. Por otro lado, vulnera gravemente el derecho a la defensa porque sabotea el ejercicio de la misma so pretexto de imponer disciplina, agregando la arbitrariedad de facultar al juez de ordenar el arresto del abogado. Lo que corresponde en todos los casos es que el juez que cree que existe abuso del derecho remita los antecedentes a la Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia, para que sea otro juez, uno natural e imparcial, el que entienda en un sumario administrativo en el cual se le dé al abogado la oportnidad y el derecho a preparar y ejercer su defensa como corresponde y sin temor a ser multado, garroteado y arrestado y siga con su trabajo de seguir defendiendo a su cliente o así mismo en caso de ser abogado y pueda defenderse.

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