27/01/2026
¿Recaudación ilegal? Denuncian cobros por tierras sin resolución de venta
Un nuevo y preocupante capítulo se suma al escándalo de las tierras en el Barrio San Francisco. El análisis de los documentos oficiales de la Municipalidad de Caacupé revela una práctica que desafía los principios más básicos del derecho administrativo paraguayo: el cobro de sumas millonarias por la venta de tierras sin que exista una resolución previa que autorice dichas operaciones.
Documentos en mano, se observa que ciudadanos han entregado montos que superan los 25 y 30 millones de guaraníes bajo el concepto de "Compra Directa". Sin embargo, fuentes internas y el análisis del expediente sugieren que estos cobros se realizaron por ventanilla antes de que la Junta Municipal dictara la resolución habilitante para la enajenación de esos activos.
Una administración "al revés"
En la administración pública, el orden de los factores sí altera el producto. Para que un municipio venda un inmueble, el camino legal es estricto: primero se solicita, luego se dictamina, la Junta Municipal autoriza mediante resolución, la Intendencia promulga y, finalmente, se procede al cobro y la escritura.
En Caacupé, el proceso parece haberse invertido. Cobrar antes de la resolución no es solo una desprolijidad; es un acto jurídico nulo. Según la doctrina administrativa, cualquier cobro realizado sin un acto administrativo previo que lo sustente se convierte en una percepción indebida, dejando al ciudadano en un estado de absoluta indefensión jurídica.
La trampa del "pago adelantado"
¿Qué sucede si el ciudadano paga pero la Junta Municipal decide finalmente no aprobar la venta? Esta interrogante desnuda la precariedad con la que se estaría manejando la Dirección de Hacienda y Catastro. Al aceptar el dinero sin resolución, el municipio se apropia de fondos privados sin haber transferido derecho alguno, incurriendo potencialmente en un enriquecimiento sin causa y exponiéndose a millonarias demandas por daños y perjuicios.
¿Vía de hecho o esquema recaudador?
Expertos juristas coinciden en que esta práctica podría ser calificada como una "vía de hecho administrativa". Al no haber resolución, el recibo de pago es un documento que acredita que el municipio recibió el dinero, pero no acredita que el ciudadano es dueño de la tierra.
Este vacío legal es el que hoy permite que existan "dobles ventas": al no estar el proceso formalizado por resolución y debidamente asentado en los registros, los funcionarios pueden —por error o dolo— emitir nuevas órdenes de pago sobre la misma cuenta catastral. La pregunta que la fiscalía deberá responder ahora es: ¿A dónde fue ese dinero y bajo qué autoridad legal se ordenó su cobro?