24/04/2026
IPS – No puede bloquear el acceso a la salud por mora del empleador ⚖️🏥
BERNIS ALLEGRETTI – ABOGADOS
Si tu empleador está atrasado o en mora con el IPS, eso no puede perjudicar tu acceso a la salud.
El trabajador no es responsable del incumplimiento patronal.
Tené en cuenta:
✔️ La falta de pago del empleador no debe cortar tu cobertura médica.
✔️ El derecho a la salud es prioritario y protegido por la ley.
✔️ El IPS puede reclamar al empleador, pero no trasladar la consecuencia al asegurado.
✔️ Negar atención por mora patronal puede ser ilegal.
✔️ Existen acciones urgentes para restituir la cobertura.
La seguridad social protege al trabajador, no lo castiga.
Si te niegan atención por deuda del empleador, podés reclamar.
Contacto:
📞 Dr. Jorge Luis Bernis – 0971 311 614
📞 Abog. Graciela Bernis – 0971 707 808
📞 Abog. Elisa Bernis – 0981 827 501