Girona & Trujillo

Girona & Trujillo Casos Civiles, Corporaciones, Declaratoria de Herederos, Escrituras, entre otros. Lcdo. Escrituras, Declaraciones Juradas y Notaria En General. Chem. Eng.

Víctor Javier Girona Gonzalez
Áreas de práctica
Casos Civiles, Corporativo, Entre otros. Admitido
2003, Corte de Apelaciones de Puerto Rico y E.U., Primer Circuito ; 2003, Distrito de Corte E.U, Distrito de Puerto Rico
Escuela de Leyes
Universidad de Puerto Rico, J.D. Universidad
Universidad de Puerto Rico,B.S. Lcda.Teresa Trujillo
Áreas de práctica
Herencias, Daños y Perjurios, Cobro de Dinero,

Corporaciones, Escrituras, Declaraciones Juradas y Notaría En General. Admitida
2003, Corte de Apelaciones de Puerto Rico y E.U., Primer Circuito ; 2004, Distrito de Corte E.U, Distrito de Puerto Rico
Escuela de Leyes
Universidad de Puerto Rico, J.D. Universidad
Universidad de Puerto Rico, B.B.A.

Recuerden que el Informe Anual deben presentarlos por SIGNO!!!  No más papel! 🙌🥰
23/12/2021

Recuerden que el Informe Anual deben presentarlos por SIGNO!!! No más papel! 🙌🥰

El Director de la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN), Lcdo. Manuel E. Ávila De Jesús, informó hoy a los notarios y las notarias que el periodo de presentación del Informe Estadístico Anual de Actividad Notarial para el Año Natural 2021 a través del Sistema Integrado Notarial (SIGNO) será desde el 1 de febrero hasta el 28 de febrero de 2022.

✒️Profesionales de la notaría
Para información relacionada con la presentación del Informe Estadístico Anual y los pasos que deben seguir, vean la Guía del Tribunal Electrónico en https://www.poderjudicial.pr/index.php/tribunal-electronico/sistema-integrado-notarial/

21/10/2021
A todos mis amigos notarios, aquí lo que tanto habían solicitado, un programa compatible con Mac, teléfonos inteligentes...
16/08/2021

A todos mis amigos notarios, aquí lo que tanto habían solicitado, un programa compatible con Mac, teléfonos inteligentes, iPhone, androides y sobre todo fácil de utilizar!

Si tienes preguntas, me puedes llamar o escribir. ✍️ ⚖️

PODER JUDICIAL IMPLEMENTA LA PRIMERA FASE DEL SISTEMA INTEGRADO NOTARIAL

La Jueza Presidenta del Tribunal Supremo de Puerto Rico, Hon. Maite D. Oronoz Rodríguez, anunció hoy el lanzamiento del Sistema Integrado Notarial (SIGNO Notarial) de la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN). Según lo dispuesto en la Orden Administrativa OAJP-2021-082, la plataforma será parte de las herramientas digitales que ya integran el Tribunal Electrónico. Esta primera fase de SIGNO Notarial permitirá a los notarios y notarias presentar electrónicamente los informes y notificaciones que le son requeridos, así como otras funcionalidades que aplican a todos los profesionales del Derecho.

“Con el lanzamiento de la primera fase de SIGNO Notarial el Poder Judicial comienza una nueva era tecnológica en el ámbito notarial que busca optimizar los procesos administrativos y operacionales y facilitar los trámites con los que debe cumplir el notariado puertorriqueño, expresó la Jueza Presidenta, quien puntualizó que la iniciativa se instauró a tenor con los objetivos trazados en el Plan Estratégico del Poder Judicial 2020-2025, Mapa hacia una Justicia de Vanguardia.

SIGNO Notarial constituye una herramienta totalmente rediseñada con una nueva programación más ágil que se puede acceder a través de cualquier la computadora, tableta o teléfono inteligente utilizando los diversos navegadores, tales como Safari, Google Chrome, Firefox, Edge, entre otros- y que permitirá que los servicios notariales se ejecuten con mayor diligencia y eficiencia.

Como parte de la primera fase, a partir del 1 de septiembre de 2021, los profesionales de la notaría deberán presentar, sin excepción, sus informes notariales mensuales y los informes estadísticos anuales, así como las notificaciones al Registro de Asuntos No Contenciosos, a través de los módulos habilitados para ello en SIGNO Notarial. Esta nueva plataforma sustituirá el Registro Electrónico Notarial conocido como REN, que por años ha utilizado el notariado puertorriqueño y que ahora se transforma para beneficio de los profesionales del Derecho y la comunidad en general.

Además, los profesionales del Derecho activos en el Registro Único de Abogados y Abogadas (RUA) –aun cuando no practiquen la notaría– podrán solicitar y pagar a través de la plataforma electrónica las certificaciones que emite la ODIN de la Unidad de Informes Notariales y la Unidad de Asuntos No Contenciosos ante Notario. Por excepción, los abogados y las abogadas con estatus inactivo, así como cualquier otra persona de la comunidad, serán los únicos que podrán presentar en papel sus solicitudes para la expedición de certificaciones en las oficinas de la ODIN.

Para más información sobre la plataforma, visite https://www.poderjudicial.pr/index.php/tribunal-electronico/.

Enmiendas relacionadas a la Protocolización de Poderes.
15/12/2020

Enmiendas relacionadas a la Protocolización de Poderes.

TRIBUNAL SUPREMO APRUEBA ENMIENDAS AL REGLAMENTO NOTARIAL

En Puerto Rico, para que un documento notarial otorgado fuera de la Isla tenga la validez y eficacia de instrumento público y por ende surta efectos en esta jurisdicción, es necesaria la intervención de un notario que lleve a cabo el proceso de protocolización. Con el fin de aclarar este requisito procesal dispuesto por la Ley Notarial de Puerto Rico y su reglamento, el Tribunal Supremo de Puerto Rico aprobó mediante Resolución unas enmiendas a las Reglas 41, 61 y 62 del Reglamento Notarial.

La Regla 41 del Reglamento Notarial impone sobre el notario que realizará la protocolización de un documento otorgado fuera de Puerto Rico, específicamente aquellos provenientes de un estado o territorio norteamericano, el deber de presentar evidencia de la autoridad del notario público cuya firma aparece en el documento notarial. Para ello requiere como evidencia una certificación emitida por la autoridad competente que realice la legalización en la cual se acredite que el notario público (notary public) tiene autorización para actuar como tal. No obstante, la regla no precisaba qué tipo de evidencia era admisible en caso de que dicha certificación no lograra obtenerse.

Para atender esta situación, la referida Regla 41 se enmendó para establecer que será requisito suficiente para protocolizar este tipo de documento tanto una certificación emitida por una autoridad competente, como cualquier otro documento fidedigno procedente de un medio informativo reconocido por la fiabilidad de sus datos para confirmar la autoridad del funcionario o notario público en el estado, territorio o posesión de los Estados Unidos o a nivel nacional.

Como explica la propia Resolución, esta enmienda atiende la situación de que ciertas jurisdicciones de Estados Unidos descontinuaron la práctica de emitir certificaciones sobre la autoridad del funcionario o notario público cuando estaban destinadas a otras jurisdicciones estadounidenses. Además, como resultado de la enmienda a la Regla 41, también se enmendaron las Reglas 61 y 62 del Reglamento Notarial para atemperarlas a la nueva disposición.

Estas enmiendas son el resultado de la consideración provista por el Tribunal Supremo a una propuesta suscrita en forma conjunta por la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN), el Secretariado de la Conferencia Judicial y Notarial del Tribunal Supremo y la Comisión para el Estudio de la Función Notarial en Puerto Rico (recientemente constituida como el Comité Asesor Permanente de Reglamento Notarial). Copia de la resolución (ER-2020-07) está disponible en www.ramajudicial.pr.

Oportunamente la ODIN publicará una Instrucción General a los Notarios y las Notarias para orientar sobre el alcance de estas enmiendas adoptadas y los documentos complementarios que serán prospectivamente requeridos en este tipo de autorización de un instrumento de protocolización de documentos provenientes de los Estados Unidos de América, como de aquellos que provienen de países extranjeros. Cualquier duda o pregunta pueden comunicarse con la ODIN llamando al (787) 763-8816 o remitir un mensaje mediante correo electrónico a su dirección oficial: [email protected].

Derecho a la Confrontación en época de Pandemia!
25/08/2020

Derecho a la Confrontación en época de Pandemia!

07/06/2020

La Rama Judicial de Puerto Rico ampliará, a partir de mañana, 8 de junio de 2020, los servicios en los tribunales tras la emergencia decretada a raíz del COVID-19. La primera de cuatro fases del plan de operaciones contempla, entre otros, la ampliación de los servicios esenciales en los tribunales con la extensión del horario de las salas de investigaciones de 10:00 a.m. a 12:00 p.m. y de 1:00 p.m. a 4:00 p.m.

https://www.elnuevodia.com/noticias/locales/nota/laramajudicialampliasusfuncionesantelareactivaciondelaoperaciondelgobierno-2573933/

20/05/2020

La secretaria de Recreación y Deportes, Adriana Sánchez, elaboró un plan para el retorno paulatino a estos eventos, que quedaron interrumpidos el pasado 15 de marzo cuando inició el toque de queda. ...

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