Permisos de Armas PR

Permisos de Armas PR Servicios legales y notariales especializados en Ley de Armas

EXENCIÓN A VACUNAS EN ESCUELAS DE PREl Departamento de Salud de Puerto Rico modifico el formulario declaración jurada so...
26/06/2024

EXENCIÓN A VACUNAS EN ESCUELAS DE PR

El Departamento de Salud de Puerto Rico modifico el formulario declaración jurada sobre excepción a vacunar por razones religiosas para estudiantes. Buenas Noticias!

Se acerca el comienzo del año escolar y tan reciente como el 2 de agosto del 2023 el l Departamento de Salud, informó que se atemperó el formulario de declaración jurada sobre excepción a vacunar por razones religiosas, para incluir la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Estados Unidos que establece que las convicciones religiosas no siempre están atadas a una religión, por lo que un individuo no tiene que pertenecer a un grupo religioso en particular.

https://www.salud.pr.gov/CMS/599

Te explicamos; el COVID nos trajo muchas cosas y entre estas el dilema de la vacunación y la famosa declaración jurada para pedir una excepción para la vacunación de los estudiantes por razones religiosas. El dilema con esa declaración jurada es que exigía la firma de un ministro de la religion que profesan los padres del estudiante y el estudiante. También esta declaración según el reglamento notarial de Puerto Rico exigía que la firma del ministro fuera ante el notario y el peticionario.

Incluyo carta circular del Departamento de Salud.

https://www.salud.pr.gov/menuInst/download/1671

Ahora con el cambio, ya no hace falta la presencia y firma del ministro lo que hace más fácil y económico el proceso.

El costo de la affidavit es de $65.00.

Para citas favor de contactar a la Lcda. Sonia Trujillo en el 787 534 7969 para la oficina de Ceiba o al Lcdo. Juan Carlos Manzano Trujillo al (787) 630-6976 para la oficina de Hato Rey.

Estamos localizado en la calle marginal sur, 118 Av. Franklin Delano Roosevelt, San Juan, 00917.

DEUDAS CON EL DEPARTAMENTO DE HACIENDASaludos a a todos! Este "post" va dirigido a todas esas personas que tienen deuda ...
11/08/2023

DEUDAS CON EL DEPARTAMENTO DE HACIENDA

Saludos a a todos! Este "post" va dirigido a todas esas personas que tienen deuda con nuestro amigo "Paquito" es Secretario de Hacienda.

Les presento dos escenarios:

1. Si tiene una deuda y lleva años recibiendo correos electrónicos por SURI y cartas de cobro, es muy probable que Hacienda en cualquier momento suspenda los pagos de sus reembolsos contributivos y meta la mano en sus cuentas bancarias para recuperar lo que debe y esto pasara sin un previo aviso. Evite que vacíen sus cuentas de banco al no tomar acciones para negociar su deuda. Lamentablemente, si le deba a Hacienda, tarde o temprano tendrá que pagar y pagara mucho dinero ya que las penalidades son muchas!

2. Si ha tenido suerte y la deuda no la han cobrado en un periodo de diez (10) años, usted o su abogado puede invocar la sección del Código de Rentas Internas de Puerto Rico sobre la prescripción y obligar a "Paquito" a que le elimine la deuda con todos sus intereses.

Esto es posible y como ejemplo les traigo el caso de un cliente el cual llego a mi con una deuda de $47,609.12 la cual se analizo y se le aplico el procedimiento de prescripción. El proceso termino con la eliminación de la deuda por completo gracias a la exitosa intervención de este servidor y la aplicación correcta del Codigo de Rentas Internas.

Recuerden, Hacienda no juega pero hay reglas las cuales ellos tienen que respetar. Si no las aplicas correctamente, Hacienda cobrara su dinero y miles en penalidades!

Para orientación, Lcdo. Juan Carlos Manzano Trujillo en el 787 630 6976 o la Lcda Sonia Trujillo en el 787 661 7949

DECLARACIÓN JURADA SOBRE EXENCIÓN A VACUNAR POR RAZONES RELIGIOSAS (ESTUDIANTES)El Departamento de Salud de Puerto Rico ...
06/08/2023

DECLARACIÓN JURADA SOBRE EXENCIÓN A VACUNAR POR RAZONES RELIGIOSAS (ESTUDIANTES)

El Departamento de Salud de Puerto Rico acaba de modificar el formulario declaración jurada sobre excepción a vacunar por razones religiosas para estudiantes. Buenas Noticias!

Se acerca el comienzo del año escolar y tan reciente como el 2 de agosto del 2023 el secretario del Departamento de Salud, Carlos Mellado López, informó que se atemperó el formulario de declaración jurada sobre excepción a vacunar por razones religiosas, para incluir la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Estados Unidos que establece que las convicciones religiosas no siempre están atadas a una religión, por lo que un individuo no tiene que pertenecer a un grupo religioso en particular.

https://www.salud.pr.gov/CMS/599

Te explicamos; el COVID nos trajo muchas cosas y entre estas el dilema de la vacunación y la famosa declaración jurada para pedir una excepción para la vacunación de los estudiantes por razones religiosas. El dilema con esa declaración jurada es que exigía la firma de un ministro de la religion que profesan los padres del estudiante y el estudiante. También esta declaración según el reglamento notarial de Puerto Rico exigía que la firma del ministro fuera ante el notario y el peticionario.

Incluyo carta circular del Departamento de Salud.

https://www.salud.pr.gov/menuInst/download/1671

Ahora con el cambio, ya no hace falta la presencia y firma del ministro lo que hace más fácil y económico el proceso.

El costo promedio de una declaración jurada es de $45-$50.00.

Para citas favor de contactar a la Lcda. Sonia Trujillo en el 787 534 7969 para la oficina de Ceiba o al Lcdo. Juan Carlos Manzano Trujillo al ⁨(787) 630-6976⁩ para la oficina de Hato Rey.

Estamos localizado en la calle marginal sur, 118 Av. Franklin Delano Roosevelt, San Juan, 00917.

18/07/2023

Estas lista(o) para tu licencia de armas?

Ya no hay que esperar meses para las citas con la Policia de Puerto Rico, las citas para su procesar su licencia de armas están a 1 o 2 semanas de espera a diferencia de un año atrás que había que esperar mas de 6 meses.

La parte legal tiene un costo de $80.00 y lo otro que tienes que pagar es $200.00 por el sello de rentas internas y $150.00 por el curso de uso y manejo.

Proteja su persona, proteja su familia y proteja su propiedad!

Para los requisito e información adicional acceda el siguiente enlace: https://manzanotrujillolaw.com/armas/

Para obtener su cita para someter los documentos ante la Policia de Puerto Rico: https://real-ciudadanos.policia.pr.gov

Telefono del Cuartel General de la Policia de PR: (787) 793-1234 para verificar el status de su licencia de armas.

También nos puede llamar si su solicitud fue denegada o si su licencia de armas y armas fueron incautadas por la Policia de Puerto Rico.

Llame para su cita con el Lcdo. Manzano al (787) 630-6976.

Manzano Trujillo Despacho Legal
Calle marginal sur, 118 Av. Franklin
Delano Roosevelt, San Juan, 00917

Servicios legales y notariales especializados en Ley de Armas

¡Atención! Incautación ilegal de armas por la Policía de Puerto RicoSaludos a todos, soy el Lcdo. Juan Carlos Manzano y ...
12/07/2023

¡Atención! Incautación ilegal de armas por la Policía de Puerto Rico

Saludos a todos, soy el Lcdo. Juan Carlos Manzano y hoy quiero hablar sobre una situación que muchas personas están experimentando en Puerto Rico: la confiscación de armas por parte de la Policía de Puerto Rico y su retención durante años mientras se lleva a cabo una investigación sobre el portador.

Permítanme explicarles:

He tenido clientes a los que se les ha presentado una Orden de Protección bajo la Ley 54, pero que luego fue voluntariamente retirada por la persona que la solicitó, no se renovó o expiró. Según el sentido común, uno esperaría que la Policía de Puerto Rico devuelva las armas y la licencia si el tribunal emite una resolución que indique que la orden de protección ya no está vigente, que no prosperó o que se retiró. Sin embargo, lamentablemente, esto no es así.

Cuando un ciudadano cumplidor de la ley se presenta en la sede de la Policía con la resolución judicial, se le informa que no se le devolverá el arma ni la licencia hasta que la Policía complete una investigación sobre el carácter y el comportamiento del portador de la licencia de arma.

No estoy en contra de estas investigaciones, considerando la alta incidencia de violencia de género en Puerto Rico, pero estoy en contra de que la Policía de Puerto Rico tarde hasta años en completar esta investigación.

No es justo que un ciudadano que ha cumplido con todos los requisitos legales para poseer un arma vea confiscada su propiedad durante un tiempo irrazonable mientras se lleva a cabo una investigación que no se basa en motivos fundados, tal como lo exige la ley.

La Ley de Armas de Puerto Rico de 2020 establece lo siguiente en relación con la confiscación de armas en situaciones como las que he mencionado:

Artículo 2.13: Motivos Fundados para la Ocupación Temporal de Armas por parte de los Agentes del Orden Público sin una Orden Judicial.

Un agente del orden público puede ocupar temporalmente la licencia, el arma de fuego y/o las municiones de una persona si tiene motivos fundados para creer que dicha persona, titular de la licencia de armas, ha utilizado o utilizará ilegalmente las armas de fuego y las municiones para causar daño a otras personas; si ha proferido amenazas de cometer un delito; si ha expresado su intención de suicidarse; si ha demostrado repetidamente negligencia o descuido en el manejo del arma de fuego; si se considera que la persona con licencia de armas padece de una enfermedad mental, es habitualmente ebria o es adicta a sustancias controladas; o en cualquier otra situación de grave riesgo o peligro que justifique dicha ocupación. En el caso de una persona que haya intentado suicidarse o que padezca una enfermedad mental, para solicitar la devolución de las armas ocupadas, dicha persona con licencia de armas deberá demostrar que no ha padecido dicha enfermedad mental durante al menos un año, presentando una certificación de un profesional de la salud que acredite el tratamiento recibido. Un agente del orden público también puede ocupar temporalmente el arma de fuego, la licencia y las municiones si el titular de las mismas es arrestado por la comisión de un delito grave o un delito menos grave que implique violencia.

El agente del orden público debe entregar inmediatamente las armas de fuego y/o las municiones ocupadas en un depósito de armas del Negociado de la Policía y notificar al Departamento de Justicia. Si el tribunal no encuentra motivo para los delitos por los cuales se arrestó a la persona con licencia de armas, ordenará la devolución inmediata de lo ocupado. Todas las armas de fuego y municiones que se devuelvan deben entregarse en las mismas condiciones en que se ocuparon. En ningún caso se deben realizar marcas, modificaciones o mutilaciones al arma de fuego ocupada por los agentes del orden público o por el Estado mientras esté bajo su custodia. Esto no impide que el Negociado de la Policía de Puerto Rico pueda iniciar una investigación administrativa.

La misma ley establece que si no hay motivo, el tribunal debe ordenar la devolución de las armas y la licencia. Lo mismo se aplica en caso de desestimación de la orden, expiración o falta de motivo. Si una persona cuenta con una resolución emitida por un tribunal, la Policía no tiene razón para negarse a devolverle el arma.

Esta situación no es nueva y ya ha habido casos resueltos en el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico, como Elba Alvarez Santos v. Ricky N. Martell Ruíz (KLCE201101434) y Dyandra Flores Rolón v. José R. González Pérez (KLCE201500420). En ambos casos, el Tribunal de Apelaciones resolvió que corresponde al tribunal ordenar la devolución de la licencia de armas cuando no se emite una orden de protección final. Ver también El Pueblo de PR v. José I. León Sánchez (KLCE202100360).

Los problemas con esta situación son tres. En primer lugar, la Policía de Puerto Rico no dispone de suficientes recursos para llevar a cabo las investigaciones en un plazo razonable. En segundo lugar, hay desconocimiento de la Ley de Armas y la jurisprudencia del Tribunal de Apelaciones, la cual establece que la resolución judicial es suficiente para que se devuelvan las armas y la licencia. Y por último, los ciudadanos se ven obligados a incurrir en gastos legales innecesarios para recuperar su arma y su licencia.

No es justo que a el ciudadano que cumple con todos los requisitos de la Ley de Armas se le deje en un estado de indefensión ante cualquier situación que requiera el uso de su arma y no es justo que este lleve cumpla con los rigores del proceso judicial, que lleve una resolución la cual indica que la orden culmino y que todavía tenga que espera por la Policia o incurrir en gastos legales adicionales.

Esta es la realidad y aquí la comparto con ustedes!

Att;
Lcdo. Juan Carlos Manzano Trujillo
RUA 20391

PERMISOS DE ARMAS Y RENOVACIONESEl sabado 28 de enero estaremos en la oficina trabajando nuevos permisos de armas y reno...
20/01/2023

PERMISOS DE ARMAS Y RENOVACIONES

El sabado 28 de enero estaremos en la oficina trabajando nuevos permisos de armas y renovaciones. Llame al 787 630 6976 para citas.

Y YA HAY CITAS CERCANAS CON LA POLICIA!

Ya se acabo la espera de largos meses, ya puede completar el tramite de licencia de armas en menos de una semana.

https://real-ciudadanos.policia.pr.gov

COSTOS

Abogado - $70.00 qué incluye orientación y juramentación de forma PPR 329) se paga el día de la cita.

Curso de uso y manejo- $120-$140 en su polígono de tiro más cercano y dependiendo del poligono de tiro para licencia nueva/$50.00 para renovación.

Comprobante 5495 - $200.00 para licencia nueva/$100.00 para renovación.

REQUISITOS

Los requisitos para solicitar la NUEVA licencia de armas son los siguientes:

1. Haber cumplido veintiún (21) años de edad.
2. Tener un expediente negativo de antecedentes penales y no encontrarse acusado y pendiente o en proceso de juicio por algunos de los delitos enumerados en el Artículo 2.09 de esta Ley o sus equivalentes, tanto en Puerto Rico, como en cualquier jurisdicción de Estados Unidos, a nivel federal o en cualquier país extranjero.
3. No ser adicto a sustancias controladas o ebrio habitual.
4. No estar declarado incapaz mental por un Tribunal con jurisdicción.
5.No haber sido separado de las Fuerzas Armadas de Estados Unidos o del Negociado de la Policía de Puerto Rico bajo condiciones deshonrosas.
6. No incurrir ni pertenecer a organizaciones que incurran en actos de violencia o dirigidos al derrocamiento del gobierno constituido.
7. No estar bajo una orden del tribunal, o haber estado en cualquier momento durante los pasados doce meses previos a la fecha de solicitud, que le prohíba acosar, espiar, amenazar o acercarse a un compañero íntimo, algún familiar de este o a persona alguna.
8. Ser ciudadano o residente legal de Estados Unidos de América.
9. No ser persona impedida por el “Federal Gun Control Act of 1968” a recibir, transportar o enviar armas de fuego o municiones.

MT LEGAL
787 639 6976
Lcdo. Juan Carlos Manzano Trujillo

Sobre las preguntas de cuando puedo comenzar a renovar mi licencia de armas y las multas si no lo hago a tiempo.El régla...
03/01/2023

Sobre las preguntas de cuando puedo comenzar a renovar mi licencia de armas y las multas si no lo hago a tiempo.

El réglamento de Armas de PR, en su artículo 2.14 sobre Renovación Licencia de Permiso de Armas especifica lo siguiente:

La persona con licencia de armas, que interese renovar la misma, podrá comenzar el proceso de renovación seis (6) meses antes y tendrá hasta treinta (30) días después de la fecha de vencimiento de la licencia de armas para renovar sin exponerse a multas.

La no renovación de la licencia de armas transcurridos los treinta
(30) días antes mencionados, conllevará una multa administrativa de veinticinco (25) dólares por mes hasta un máximo de seis (6) meses, cantidad que deberá ser satisfecha como requisito a la renovación.

Llama para reservar tu espacio al (787) 630-6976 en MT Legal. Este sabado 7 de enero estaremos trabajando las licencias de armas en nuestra oficina.

RENOVACIÓN LICENCIA DE ARMAS LEY 168Su licencia de armas tiene una duración de 5 años. De no renovar su licencia usted e...
03/01/2023

RENOVACIÓN LICENCIA DE ARMAS LEY 168

Su licencia de armas tiene una duración de 5 años. De no renovar su licencia usted estará expuesto a multas y a sanciones penales de ser intervenido por la Policía.

Requisitos:

Llenar documento PPR 329
Comprobante 5495 de $100.00
Curso de uso y manejo $60.00
Honorarios $80.00

Costo total $260.00

Llame para su cita al 787 630 6976

MT Legal

PERMISOS DE ARMAS Con la aprobación de la nueva Ley 168 de armas el proceso de solicitud de licencias de armas es uno mas fácil, económico y rápido. Ya es cosa del pasado el gastar miles de dólares, esperar largos meses y acudir al Tribunal. El tramite es sencillo y no pasa de los $500.00. Deta...

CITAS DISPONIBLES EL SABADO 26 DE OCTUBRE 787 630 +1 787-630-6976*separe su espacio por teléfonoYA HAY CITAS CERCANAS CO...
17/10/2022

CITAS DISPONIBLES EL SABADO 26
DE OCTUBRE 787 630 +1 787-630-6976
*separe su espacio por teléfono

YA HAY CITAS CERCANAS CON LA POLICIA!

Ya se acabo la espera de largos meses, ya puede completar el tramite de licencia de armas en menos de una semana.

https://real-ciudadanos.policia.pr.gov

COSTOS

Abogado - $70.00 orientación y juramentación de forma PPR 329) se paga el día de la cita.

Curso de uso y manejo- $120-$140 en su polígono de tiro más cercano y dependiendo del poligono de tiro

Comprobante 5495 - $200.00

REQUISITOS

Los requisitos para solicitar la nueva licencia de armas son los siguientes:

1. Haber cumplido veintiún (21) años de edad.

2. Tener un expediente negativo de antecedentes penales y no encontrarse acusado y pendiente o en proceso de juicio por algunos de los delitos enumerados en el Artículo 2.09 de esta Ley o sus equivalentes, tanto en Puerto Rico, como en cualquier jurisdicción de Estados Unidos, a nivel federal o en cualquier país extranjero.

3. No ser adicto a sustancias controladas o ebrio habitual.

4. No estar declarado incapaz mental por un Tribunal con jurisdicción.

5.No haber sido separado de las Fuerzas Armadas de Estados Unidos o del Negociado de la Policía de Puerto Rico bajo condiciones deshonrosas.

6. No incurrir ni pertenecer a organizaciones que incurran en actos de violencia o dirigidos al derrocamiento del gobierno constituido.

7. No estar bajo una orden del tribunal, o haber estado en cualquier momento durante los pasados doce meses previos a la fecha de solicitud, que le prohíba acosar, espiar, amenazar o acercarse a un compañero íntimo, algún familiar de este o a persona alguna.

8. Ser ciudadano o residente legal de Estados Unidos de América.

9. No ser persona impedida por el “Federal Gun Control Act of 1968” a recibir, transportar o enviar armas de fuego o municiones.

MT LEGAL
787 639 6976
Lcdo. Juan Carlos Manzano Trujillo

MT Legal esta para ti ofreciendo servicios legales de calidad a precios accesibles. Contamos con licencia Estatal y Fede...
13/08/2022

MT Legal esta para ti ofreciendo servicios legales de calidad a precios accesibles. Contamos con licencia Estatal y Federal.

-Divorcio por consentimiento mutuo, ruptura irreparable, divorcio por Notario sin acudir al Tribunal
-Permisos de armas bajo la Ley 168
-Demandas de Cobro de Dinero por Regla 60
-Casos de Embriaguez
-Bodas
-Escrituras desde $250.00 (cancelación de pagare, emancipación, poderes, capitulaciones)
-Servicios para condominios y apartamentos (Ley de Propiedad Horizontal)
-Quiebras capitulo 7 y 13
-Demandas por daños como accidentes de carro, caídas y mordidas de perro entre otras.

Contamos con oficinas es Hato Rey y Ceiba y ofrecemos consultas telefónicas, por FaceTime y en las oficinas.

Llame al Lcdo. Manzano al 787 630 6976 o a la Lcda. Trujillo al 787 661 7949.

Recuerde que estamos aquí para proteger sus mejores intereses con conocimientos, calidad y a precios accesibles.

Si quiere conocer mas de nosotros visite nuestra pagina web https://manzanotrujillolaw.com.

MT LEGAL
787 630 6976
Calle marginal sur, 118 Av. Franklin
Delano Roosevelt, San Juan, 00917

ESTAREMOS EN LA OFICINA EL SABADO 26 DE MARZO DESDE LAS 9 AM TRABAJANDO LICENCIAS DE ARMAS!  LLAMA PARA CITAS AL 787 630...
21/03/2022

ESTAREMOS EN LA OFICINA EL SABADO 26 DE MARZO DESDE LAS 9 AM TRABAJANDO LICENCIAS DE ARMAS!

LLAMA PARA CITAS AL 787 630 6976.

Y YA HAY CITAS CERCANAS CON LA POLICIA, SE ACABO LA ESPERA!
https://real-ciudadanos.policia.pr.gov

COSTOS

Abogado - $75.00 (orientación y juramentación de forma PPR 329)

Curso de uso y manejo- $120-$140 dependiendo del poligono de tiro

Comprobante 5495 - $200.00

REQUISITOS
Los requisitos para solicitar la nueva licencia de armas son los siguientes:
1. Haber cumplido veintiún (21) años de edad.
2. Tener un expediente negativo de antecedentes penales y no encontrarse acusado y pendiente o en proceso de juicio por algunos de los delitos enumerados en el Artículo 2.09 de esta Ley o sus equivalentes, tanto en Puerto Rico, como en cualquier jurisdicción de Estados Unidos, a nivel federal o en cualquier país extranjero.
3. No ser adicto a sustancias controladas o ebrio habitual.
4. No estar declarado incapaz mental por un Tribunal con jurisdicción.
5.No haber sido separado de las Fuerzas Armadas de Estados Unidos o del Negociado de la Policía de Puerto Rico bajo condiciones deshonrosas.
6. No incurrir ni pertenecer a organizaciones que incurran en actos de violencia o dirigidos al derrocamiento del gobierno constituido.
7. No estar bajo una orden del tribunal, o haber estado en cualquier momento durante los pasados doce meses previos a la fecha de solicitud, que le prohíba acosar, espiar, amenazar o acercarse a un compañero íntimo, algún familiar de este o a persona alguna.
8. Ser ciudadano o residente legal de Estados Unidos de América.
9. No ser persona impedida por el “Federal Gun Control Act of 1968” a recibir, transportar o enviar armas de fuego o municiones.

MT LEGAL
787 639 6976
Lcdo. Juan Carlos Manzano Trujillo

Dirección

Marginal Avenue Roosvelt, 118 Urbanización Pineiro
San Juan
009177

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Permisos de Armas PR publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto La Empresa

Enviar un mensaje a Permisos de Armas PR:

Compartir