29/04/2026
-Tribunal Supremo PUEBLO V. PONCE FELICIANO, 2026 TSPR 039
Sobre Derecho Constitucional- Procedimiento Criminal, Regla 135-
Resumen Breve: No procede la revisión apelativa de una absolución perentoria, por activarse la protección contra la doble exposición, si el fallo se emite sin que exista previamente un veredicto de culpabilidad. La Constitución de Puerto Rico, como la de los Estados Unidos, ofrecen una protección contra la doble exposición. En específico, nuestra Carta Magna dispone que “[n]adie será puesto en riesgo de ser castigado dos veces por el mismo delito”. Dicho de otro modo, ninguna persona podrá ser procesada dos veces por una misma ofensa, luego de haber obtenido una absolución en los méritos a su favor. Revoca al Tribunal de Apelaciones. Véase caso en https://www.lexjuris.com/LexJuris/tspr2026/lexj2026039.htm