Bufete Rivera Colón

Bufete Rivera Colón Expertos en Quiebras.

Te orientamos sobre los beneficios de la Ley de Quiebras bajo Capítulo 7 o Capítulo 13, preparamos Acta de Hogar Seguro y te ayudamos en el proceso de Loss Mitigation con el banco hipotecario.
***Orientación gratis en casos de Quiebra***

02/06/2024
01/06/2024
27/05/2024
¿Preocupado por deudas que no puedes pagar?¿Las llamadas de acreedores no te dejan dormir?¡Es hora de considerar tus opc...
10/05/2024

¿Preocupado por deudas que no puedes pagar?
¿Las llamadas de acreedores no te dejan dormir?

¡Es hora de considerar tus opciones legales!

Contáctanos hoy mismo para una consulta gratis:
📞 (787) 447-3469
📧 Vía DM o Inbox
🌐 [email protected]

30/01/2024

Somos un bufete de abogados de quiebras en Puerto Rico. Nos dedicamos a trabajar casos de quiebras de Capítulo 7 y Capítulo 13. ¿Quiere saber si la quiebra es adecuada para usted? Llamanos a (787) 447-3469.

Nuestros abogados son profesionales cualificados que los orientaran sobre sus opciones legales y diseñaran un plan para trabajar con sus deudas. Ofrecemos servicios desde el año 2009 en nuestra oficina ubicada en SANTA ROSA AVE. MAIN 31-40 BAYAMÓN, PR.

Nuestras consultas de quiebras son gratis y confidenciales. Nuestros honorarios son razonables y ofrecemos planes de pagos. Comienza el año 2024 en paz y con un plan financiero de acuerdo a su situación económica.

Call now to connect with business.

Nuestra oficina está lista para atenderte en cumplimiento con la Orden Ejecutiva de la Gobernadora. Ya se instaló el acr...
19/05/2020

Nuestra oficina está lista para atenderte en cumplimiento con la Orden Ejecutiva de la Gobernadora. Ya se instaló el acrílico para protegerte, bombilla violeta en el aire acondicionado para matar virus/bacterias y asientos con distanciamiento. Llama para consulta de quiebras gratis. (787) 671-0777.

18/05/2020

Bufete Rivera Colón
Teléfono: (787) 671-0777 ó (787) 447-3469
Santa Rosa Ave. Main 31-40 Bayamón PR 00956
Postal: PO Box 1771 Dorado PR 00646

Reciban un cordial saludo. Los servicios de asesoramiento legal en casos de quiebras se estarán ofreciendo telefónicamente y en nuestra oficina a partir del 18 de mayo de 2020.

Se ofrecerá orientación respecto a las protecciones que brinda la ley federal de quiebras para atender las pérdidas económicas que usted está experimentando en este momento tan difícil para la humanidad. Se le orientara sobre las leyes y remedios especiales que se activaron con la declaración de emergencia para beneficio de personas con deudas hipotecarias, de autos, de tarjetas de crédito y/o cualquier otra deuda. Además, se le informará los requisitos y los documentos que deberá ir recopilando para poder trazar un plan estratégico que le permita superar esta crisis sin perder sus bienes. Estamos disponibles para ayudar, llame ahora al (787) 671-0777 ó (787) 447-3469.

Agencia de Alivio de Deudas.

14/05/2020

Quiebras

13/05/2020

ORIENTESE GRATIS, LLAME AHORA AL (787) 671-0777.

Una quiebra es un proceso legal mediante el cual una persona que no puede pagar sus deudas puede lograr el perdón de estas y obtener un nuevo comienzo financiero. Sabemos muy bien que una crisis económica desestabiliza emocionalmente a las personas. Por eso, el Congreso de EU otorgó el derecho a declararse en quiebra, la cual puede:

• Paralizar las gestiones de cobro en su contra y perdonar ciertas deudas.
• Detener la ejecución de hipoteca y permitirle la oportunidad de pagar atraso en un plan de pagos sin modificar la hipoteca.
• Prevenir la reposesión de su automóvil u otra propiedad, incluso obligar al acreedor a devolver la propiedad reposeída.
• Detener el embargo de salarios, el hostigamiento y otras prácticas de los cobradores.
• Restaurar o prevenir la terminación de servicios tales como agua, energía eléctrica y teléfono.
• Permitirle defenderse de reclamaciones que usted no acepta adeudar.
• Proteger co-deudores mientras usted está en el proceso de quiebras.

La quiebra no puede resolver todos sus problemas financieros y no es necesariamente la solución correcta para todos los individuos. No elimina los derechos de los acreedores asegurados o garantizados como hipotecas o financiamientos. O sea, una quiebra no le permite retener la propiedad en garantía a menos que continúe con los pagos. Tampoco lo releva de ciertas deudas a las que la ley provee un trato especial como: pensiones alimentarias, deudas de divorcio, préstamos estudiantiles, restitución ordenada por un tribunal, multas en casos criminales y algunas contribuciones.

Es importante informar que una quiebra sólo lo protegerá de las deudas que tenga al momento de radicar la quiebra, no obtendrá relevo de las deudas incurridas después de radicar la petición. Además, de necesitar algún préstamo, deberá solicitar antes la autorización del Tribunal.

Para individuos existen 2 opciones para la radicación de la quiebra:

1. CAPITULO 7: LIQUIDACION

Su propósito es lograr el perdón de las deudas del deudor cuando este no pueda pagarlas.

2. CAPITULO 13: PLAN DE PAGO

Puede radicar una petición de quiebra bajo este Capítulo, los deudores que tengan un ingreso mensual estable y que puedan pagar un plan de pago por un período de 36 a 60 meses. Mediante este plan usted puede pagar atrasos de sus préstamos hipotecarios y de auto.

Usted debe de saber que una quiebra lo puede ayudar a restaurar su informe de crédito ya que cada vez que usted se atrasa en una mensualidad de alguna deuda, su acreedor lo informa a las agencias de crédito (“credit bureau”). Esto afecta indefinidamente su crédito hasta que logre resolver su situación financiera.

La mejor opción siempre será tomar una decisión informada. Llame para orientarlo.

Ante una cantidad de deuda abrumadora y el acoso constante de los acreedores y cobradores, es fácil pensar que usted no ...
04/11/2016

Ante una cantidad de deuda abrumadora y el acoso constante de los acreedores y cobradores, es fácil pensar que usted no tiene ninguna opción. Por virtud de derecho federal, nada podría estar más lejos de la verdad. La Ley de Quiebra federal provee a personas como usted la oportunidad de presentar una petición de quiebra con el fin de evitar el acosos de los cobradores y conseguir un nuevo comienzo económico.

Nuestro bufete legal cuenta con experiencia en quiebras y ofrece una consulta y evaluación inicial totalmente gratis para ayudarle.

Dependiendo de si tiene casa o carros con atrasos en su pago, su opción pudiera estar en un plan de pago bajo Capítulo 13 de Quiebra, o mediante la descarga inmediata y liquidación de activos no exentos provista bajo Capítulo 7. Ambas opciones legales proveen para la eliminación de gran parte de sus deudas. Para la deuda asegurada, el Capítulo 13 pudiera permitir reducir la deuda para que, por ejemplo, usted pague menos por su carro de lo que le debe actualmente al banco.

Llamanos y te orientamos gratis.

(787) 447-3469 / (787)671-0777

Dirección

3140 Avenue MAIN SANTA ROSA
Bayamon
00959

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Lunes 09:00 - 17:00
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