12/09/2026
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AUTOR: CLAUS ROXIN
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El autor reflexiona sobre las tareas que la ciencia jurรญdico-penal debe afrontar ante los cambios sociales, tecnolรณgicos y polรญticos. Destaca que la dogmรกtica penal debe seguir siendo el eje central del trabajo cientรญfico, pero al mismo tiempo debe renovarse constantemente para dar respuesta a nuevos problemas: criminalidad econรณmica, delitos de peligro, biotecnologรญa, procesos consensuados, mรฉtodos especiales de investigaciรณn y cooperaciรณn internacional. La ciencia penal no debe limitarse al Derecho vigente, sino proponer reformas y construir bases supranacionales que permitan afrontar fenรณmenos delictivos que trascienden fronteras.
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Roxin sostiene que todo el sistema del delito debe construirse desde la polรญtica criminal, es decir, conforme a los fines y principios que el Estado social y de Derecho persigue. Rechaza las concepciones que se limitan a describir el ordenamiento existente sin cuestionarlo. Propone que la pena debe perseguir al mismo tiempo la prevenciรณn especial y general y la justicia; ninguna de las dos puede imponerse sin la otra. Asรญ, la pena se justifica por su finalidad preventiva, pero tambiรฉn debe limitarse por la culpabilidad y por la necesidad de pena.
3. LOS CINCO CRITERIOS LIMITADORES DE LA INTERVENCIรN PENAL
El autor estructura su propuesta en cinco principios que limitan el poder punitivo: el principio de legalidad, que exige que todo delito estรฉ previsto por ley; la imputaciรณn objetiva, que delimita la responsabilidad a quien creรณ un riesgo prohibido y este se realizรณ en el resultado; las causas de justificaciรณn, que resuelven conflictos de intereses conforme a un orden justo; el principio de culpabilidad, que fija el lรญmite mรกximo de la pena; y los derechos fundamentales, que pueden excluir la punibilidad cuando esta resulte incompatible con la dignidad y las libertades de la persona.
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Roxin contrasta su postura con la de Gรผnther Jakobs, quien concibe la pena como un medio para estabilizar el orden normativo, con independencia de sus efectos reales. El autor advierte que esa concepciรณn puede volverse indiferente al contenido de los derechos y a la realidad social. Frente a ello, defiende que la pena debe tener una finalidad preventiva y real, que respete siempre la dignidad del autor y los lรญmites que la Constituciรณn impone. No basta con afirmar la vigencia de la norma; la pena debe ser tambiรฉn necesaria, proporcional y legรญtima.
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En definitiva, Claus Roxin nos enseรฑa que el Derecho penal tiene dos misiones inseparables: proteger a las personas y limitar el poder del Estado. La teorรญa del delito no es un simple esquema lรณgico, sino un instrumento al servicio de una convivencia libre y segura. Por eso, cada concepto acciรณn, tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad debe construirse no solo con lรณgica, sino tambiรฉn con polรญtica criminal: buscando siempre la mayor protecciรณn posible y la menor intervenciรณn necesaria. Asรญ, la dogmรกtica se convierte en garantรญa: nada se castiga sin ley, sin hecho, sin culpabilidad y sin una finalidad legรญtima que lo justifique.
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๐๐๐๐ ๐๐๐๐๐๐๐๐๐: JR. CARABAYA Nยฐ 127, DEPARTAMENTO 6, TERCER PISO - LIMA
๐๐๐๐ ๐๐๐๐๐๐๐๐๐๐: JR. LIBERTAD Nยฐ 1136 - PUNO
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๐๐๐๐: 978014000 / 921747490
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