17/02/2023
Mediante 31689 se modificaron algunos artículos del N° 1350, Ley de Migraciones, respecto de posibles limitaciones al ingreso de ciudadanos extranjeros y obligaciones de los de a extranjeros. Esta Ley esta vigente desde el día de ayer, 16 de Febrero del 2023 y cuenta con los siguientes puntos clave:
Posibles restricciones al ingreso a Perú: Migraciones podría limitar el ingreso y tránsito de los ciudadanos extranjeros por motivos de seguridad nacional, salud pública, orden interno, orden público y seguridad ciudadana, de conformidad con el principio de proporcionalidad y soberanía.
Obligaciones para los arrendadores de inmuebles a ciudadanos extranjeros: Los arrendadores de inmuebles tienen las siguientes obligaciones:
Exigir la presentación de un documento que acredite la situación migratoria regular del extranjero con quien suscriba contrato de arrendamiento y de otros extranjeros que habiten y formen parte del grupo arrendador en el mismo inmueble.
Se sugiere solicitar a los ciudadanos extranjeros los siguientes documentos:
- pasaporte y/o cédula y la copia de la Tarjeta Andina de Migraciones
- TAM para verificar si el extranjero tiene la permanencia legal vigente, o documento emitido por Migraciones o por Relaciones Exteriores con la visa correspondiente, carné de extranjería, CPP - carné de permiso temporal de permanencia, entre otros.
Informar a mediante "Agencia Virtual de Migraciones" sobre el a . El Reglamento brindará más detalles de estas obligaciones.