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𝑳𝑨𝑩𝑶𝑹𝑨𝑳𝑰𝑺𝑻𝑨𝑺 𝑨𝒃𝒐𝒈𝒂𝒅𝒐𝒔 𝑷𝒆𝒓ú Especialistas al servicio de los trabajadores.

12/10/2026

🚨 ¡TRABAJADOR, TU SALUD NO TIENE PRECIO! CASO REAL: PERDIÓ LA AUDICIÓN POR CULPA DE SU EMPRESA Y AHORA NADIE LO CONTRATA 🚨

¿Trabajas en medio de ruidos ensordecedores o cargando pesos extremos sin los equipos de protección adecuados? 👷‍♂️ ¡Cuidado! La informalidad y negligencia de los malos empleadores podrían estar arruinando tu vida y tu futuro laboral.

Hoy en LABORALISTAS Abogados Perú, te contamos un CASO REAL que estamos defendiendo en los tribunales ⚖️. Un técnico laboró expuesto a un ruido constante de máquinas pesadas durante toda su jornada laboral sin los equipos de protección adecuados. ¿El terrible resultado? Desarrolló HIPOACUSIA, una pérdida de audición irreversible.

Pero el drama no termina ahí para el trabajador. La cruda realidad es que, al postular a un empleo similar donde le tomen un examen médico de ingreso, ya no calificará como APTO, puesto que tiene esta enfermedad que es permanente y no tiene cura. ¡Le truncaron su futuro profesional! 😔❌

Sumado a esto, su empleador lo obligaba a levantar cargas de aproximadamente 200 kg usando solo pedazos de tela (waypes) como "medida de seguridad", lo que le causó una grave LUMBOCIÁTICA. Entró sano a trabajar y salió con el cuerpo destrozado.

⚠️ ¡QUE NO TE PASE LO MISMO! ⚠️
Todo empleador tiene la obligación legal de garantizar tu seguridad, brindarte Equipos de Protección Personal (EPP) idóneos y prevenir daños a tu salud. Si eres víctima de una enfermedad profesional por culpa de la inejecución de las obligaciones de tu empleador, la ley te ampara para exigir una Indemnización por Daños y Perjuicios (que incluye lucro cesante, daño emergente, daño moral y daño a la persona).

No permitas que destruyan tu salud y el sustento de tu familia. Si sufres de alguna enfermedad ocupacional (sordera, problemas de columna, hernias) originada en tu centro de labores, nosotros asumimos tu defensa legal para que te paguen la indemnización que por ley te corresponde. 💪

¡Contáctanos ahora mismo para evaluar tu caso! 👇
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¡ATENCIÓN! 💸 ¿Trabajas en Feriado? ¡Tienes Derecho a un PAGO TRIPLE! 🚨Conoce la Ley laboral para este 8 de octubre (Comb...
06/10/2026

¡ATENCIÓN! 💸 ¿Trabajas en Feriado? ¡Tienes Derecho a un PAGO TRIPLE! 🚨

Conoce la Ley laboral para este 8 de octubre (Combate de Angamos) y otros feriados. 📅

¡Hola a todos! 👋 Si en este feriado del 8 de octubre (Día del Combate de Angamos) o en cualquier otro feriado nacional tienes que trabajar y no te darán un descanso sustitutorio, ¡tu remuneración debe ser triple! Aquí te explicamos el cálculo y por qué tu empleador está obligado a pagarte. 🧐

La Regla del "Triple Pago" 💰

Cuando trabajas un día feriado (como el 1 de noviembre, 8 y 25 de diciembre) y NO te otorgan un día libre de descanso posterior, tienes derecho a recibir TRES remuneraciones por ese día:
----------
1️⃣Concepto de Pago
2️⃣Monto (Ejemplo: S/ 50 por día)
3️⃣Descripción
----------
🔺1. Pago por el Feriado /
S/ 50
Remuneración que ya está incluida en tu sueldo mensual (descanses o no).

🔺2. Pago por el Trabajo Realizado /
S/ 50
Remuneración por la jornada efectiva de trabajo.

🔺3. Sobretasa del 100% /
S/ 50
Remuneración adicional como penalidad por trabajar en tu día de descanso legal.

⚠️TOTAL A RECIBIR S/ 150 /
Recibirás S/ 100 adicionales (por los conceptos 2 y 3) a tu sueldo normal de S/ 50.
------------

Feriado vs Día No Laborable ❌

✅Feriado (8 de octubre, 25 de diciembre, etc.): Es tu derecho a descansar con goce de sueldo. Si trabajas, aplica el pago triple o el descanso sustitutorio.

✅Día No Laborable (ej. 26 de diciembre): Solo aplica para el sector público (y opcionalmente para el privado). Si no trabajas, las horas deben ser compensadas en otra fecha. ¡Aquí no aplica el pago triple!

¡Cuidado con las Multas! 🚨

Las empresas que incumplan con este derecho están cometiendo una infracción muy grave y pueden ser sancionadas por SUNAFIL con multas que van desde S/ 1,230.50 hasta más de S/ 281,035.50, dependiendo del tamaño de la empresa y la cantidad de trabajadores afectados.

Feriados que restan en el 2026 🗓️
Recuerda estos días clave para lo que resta del año:

🟢 8 de octubre: Combate de Angamos

🟢 1 de noviembre: Día de Todos los Santos

🟢 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción

🟢 9 de diciembre: Batalla de Ayacucho

🟢 25 de diciembre: Navidad

🟡 26 de diciembre: Día no laborable (compensable para el sector público)

Si trabajaste un feriado sin recibir el pago triple o el descanso sustitutorio, ¡exige tu derecho! En LABORALISTAS Abogados Perú , te ayudamos a asegurar tu remuneración. 🤝

Contáctanos hoy mismo para una consulta especializada:

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🚨 ¡ATENCIÓN TRABAJADOR! ¿FUISTE MIEMBRO DE MESA EN LAS ELECCIONES DE AYER? ¡CONOCE TUS DERECHOS Y EXIGE TU DESCANSO! 🚨 A...
06/10/2026

🚨 ¡ATENCIÓN TRABAJADOR! ¿FUISTE MIEMBRO DE MESA EN LAS ELECCIONES DE AYER? ¡CONOCE TUS DERECHOS Y EXIGE TU DESCANSO! 🚨

Ayer domingo se llevaron a cabo las elecciones en todo el Perú 🇵🇪. Si fuiste uno de los ciudadanos que madrugó y se quedó hasta tarde para cumplir con su deber como Miembro de Mesa, debes saber que la ley te otorga beneficios laborales irrenunciables.

Muchos malos empleadores, aprovechándose de la informalidad laboral, intentan ocultar esta información. ¡Que no te engañen! Conoce exactamente qué te corresponde exigir:

✅ CASO 1: Fuiste sorteado, te capacitaste y ejerciste tu función ¡Tienes derecho a 1 DÍA DE DESCANSO REMUNERADO NO COMPENSABLE! 🥳 Esto significa que te pagan tu día libre y NO tienes que devolver ni recuperar esas horas. 👉 ¿Cuándo puedes tomarlo? Tienes hasta 90 días posteriores a la elección para hacerlo efectivo. La fecha se fija de común acuerdo con tu jefe (o, en su defecto, por decisión de él).

✅ CASO 2: Te eligieron en la fila o fuiste titular/suplente sin capacitación previa ¡Tienes derecho a 1 DÍA DE DESCANSO REMUNERADO COMPENSABLE! ⚖️ Este descanso legalmente corresponde a hoy, lunes 5 de octubre. 👉 ¿Qué significa compensable? Que cobrarás tu día con normalidad, pero sí deberás recuperar esas horas dejadas de laborar dentro de los siguientes 10 días calendario, o en la fecha que coordines con tu empleador.

⚠️ ¡REQUISITO DE ORO PARA HACERLO VALER! ⚠️
Para que tu empresa apruebe este beneficio, el trabajador debe presentar obligatoriamente su Certificado de Participación otorgado por la ONPE. 📄 ¡Guárdalo como oro!

¿Tu jefe te está negando tu descanso? ¿Te hacen trabajar en la informalidad, te obligan a emitir recibos por honorarios teniendo un horario fijo, o te deben el pago de tus beneficios? ¡Basta de abusos! 🛑
En LABORALISTAS Abogados Perú estamos listos para defender tu esfuerzo y tu dinero. ¡Escríbenos ahora mismo! 👇
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06/10/2026

🚨 ¡ATENCIÓN TRABAJADOR ESTATAL CAS! ¿CUMPLES 70 AÑOS PRONTO? CONOCE TUS VERDADEROS LÍMITES Y EVITA ABUSOS 🚨

Si eres un servidor público bajo el régimen CAS (Decreto Legislativo N° 1057) con contrato a plazo determinado o transitorio, es vital que conozcas cómo funciona el límite de edad para no quedar desprotegido. 👨‍⚖️⚖️

Muchos creen que al cumplir 70 años tienen garantizado trabajar hasta fin de año, pero la realidad legal tiene reglas estrictas que debes conocer para defender tu puesto:

✅Al alcanzar el límite de edad de 70 años, la extinción del contrato administrativo de servicios puede diferirse, permitiéndote continuar en tu puesto hasta el 31 de diciembre del año en que cumples dicha edad.
✅Sin embargo, esta posibilidad de continuar prestando servicios hasta el 31 de diciembre no constituye una prórroga legal automática.
✅Para que tu permanencia hasta fin de año sea válida, tu contrato o adenda debe mantenerse vigente, lo cual exige que persista el motivo de tu contratación y que la entidad cuente con disponibilidad presupuestaria.
✅¡CUIDADO! La ley establece un límite máximo de cinco (5) años para las prórrogas o renovaciones de los contratos CAS a plazo determinado.
✅Si tu vínculo laboral alcanza este límite máximo de cinco (5) años, el contrato se extingue en ese momento exacto.
✅Si cumples los 5 años máximos de contrato, no podrás prolongar tu tiempo de servicio hasta finalizar el año (31 de diciembre), incluso si ya cumpliste los 70 años.
✅Cualquier adenda que comprenda un periodo que exceda este límite máximo de 5 años resultará nula.

⚠️ ¡NO DEJES QUE VULNEREN TUS DERECHOS LABORALES! ⚠️

La informalidad y las malas prácticas en el sector público pueden costarte caro. Ya sea que enfrentes trabas con tus adendas, sufras un despido fraudulento o necesites exigir el correcto cálculo de tu CTS y beneficios, debes actuar a tiempo. ¡Conoce las normas y haz que respeten tu esfuerzo! 💪📝
¿Tienes dudas sobre la renovación de tu contrato o te quieren cesar de manera injusta? ¡En LABORALISTAS Abogados Perú estamos listos para hacer valer tus derechos! Contáctanos ahora mismo: 👇
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🚨 ¡VICTORIA CONTRA LA INFORMALIDAD DEL ESTADO! LE GANAMOS A SENASA 🚨¿Emites recibos por honorarios pero cumples un horar...
03/10/2026

🚨 ¡VICTORIA CONTRA LA INFORMALIDAD DEL ESTADO! LE GANAMOS A SENASA 🚨

¿Emites recibos por honorarios pero cumples un horario fijo y tienes un jefe? 🧐 ¡Cuidado, podrías estar siendo víctima de un contrato fraudulento que te roba tus beneficios!

En LABORALISTAS Abogados Perú, acabamos de conseguir una contundente victoria judicial con la Sentencia (Resolución No 04) emitida en Ica el 10 de octubre de 2025. Logramos vencer al Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) y hacer justicia para un trabajador. 👨‍⚖️⚖️

Nuestro patrocinado, ### ### ### ###x, prestó labores bajo la engañosa figura de "Servicios No Personales" o Locación de Servicios. En el juicio demostramos la total desnaturalización de estos contratos, logrando que se confirme que en la práctica existía una verdadera relación laboral a plazo indeterminado bajo el régimen privado del Decreto Legislativo N° 728.
¿El gran resultado? 🏆
La justicia reconoció su derecho a percibir el pago de todos los beneficios sociales que le fueron evadidos por años: Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), Gratificaciones legales, Vacaciones, Escolaridad y Asignación Familiar.

⚠️ ¡RECOMENDACIÓN VITAL PARA EL TRABAJADOR! ⚠️
Si te encuentras atrapado en la informalidad laboral (te hacen firmar contratos civiles o emitir recibos por honorarios, pero en realidad recibes órdenes directas y cumples una jornada en la empresa), debes regularizar tu situación legal. No permitas que disfracen tu verdadero vínculo de trabajo. La ley te ampara para que accedas a todos tus beneficios laborales y protección ante un despido. ¡Haz valer tu esfuerzo y tus derechos! 💪📝

¿Estás pasando por una situación similar y quieres reclamar lo que te corresponde por ley? ¡Contáctanos ahora mismo! 👇
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🚨 ¡ATENCIÓN FUNCIONARIOS Y EXFUNCIONARIOS PÚBLICOS! EL ESTADO ESTÁ OBLIGADO A FINANCIAR TU DEFENSA LEGAL 🏛️⚖️Si enfrenta...
30/09/2026

🚨 ¡ATENCIÓN FUNCIONARIOS Y EXFUNCIONARIOS PÚBLICOS! EL ESTADO ESTÁ OBLIGADO A FINANCIAR TU DEFENSA LEGAL 🏛️⚖️

Si enfrentas una investigación o proceso por decisiones tomadas en el estricto ejercicio de tus funciones, ¡no tienes que asumir los gastos de tu bolsillo! En LABORALISTAS Abogados Perú, te explicamos las reglas que obligan a tu institución a cubrir tus honorarios legales. 👇

✅Defensa garantizada por ley: La Ley del Servicio Civil (Ley N° 30057) y su reglamento reconocen expresamente el derecho de los servidores y ex servidores civiles a contar con defensa y asesoría legal con cargo a los recursos de la entidad.
✅Cobertura procesal total: Este beneficio es exigible para la defensa técnica en procesos judiciales, administrativos, constitucionales, arbitrales, así como en investigaciones policiales y congresales.
✅Cero excusas presupuestales: SERVIR ha determinado que las entidades públicas no pueden negarte este derecho, rechazar su ejecución o revocarlo. Tampoco pueden establecer topes de costos internos mediante directivas propias, ya que esto constituye una restricción presupuestaria ilegal.
✅Condición de reembolso: El servidor únicamente estará obligado a devolver el costo de la defensa legal si, al finalizar todo el proceso, se demuestra su responsabilidad.

🏛️ ¿Tu entidad te niega el presupuesto para tu defensa o necesitas representación experta de inmediato?

En LABORALISTAS Abogados Perú, somos especialistas en la defensa administrativa de servidores públicos. Nosotros nos encargamos de que tu entidad apruebe el beneficio de defensa conforme a la Directiva N° 004-2015-SERVIR/GPGSC para asumir tu caso con la máxima rigurosidad técnica. 🛡️🤝

📢 ¡Comparte esta información con tus colegas del sector público para que no asuman gastos legales que le corresponden al Estado! 📲🔄
👇 ¡PROTEGE TU CARRERA Y TU PATRIMONIO HOY MISMO!
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29/09/2026

🚨 ¡ES OFICIAL! AUMENTO DEL SUELDO MÍNIMO A S/ 1,300 💰 ¿TU EMPRESA TE LO PAGARÁ O SIGUES EN LA INFORMALIDAD? 🚨

En 🟦LABORALISTAS Abogados Perú siempre te mantenemos informado. El Gobierno oficializó el D.S. Nº 015-2026-TR, que incrementa la Remuneración Mínima Vital (RMV) de S/ 1,130 a S/ 1,300 en dos tramos. ¡Conoce cómo impacta tu bolsillo! 👇🧵

📅 ¿CÓMO SE PAGARÁ EL AUMENTO? 👉 Tramo 1 (Desde este 1 de octubre): Tu sueldo sube a S/ 1,230. 👉 Tramo 2 (Primer semestre 2027): Tu sueldo alcanzará los S/ 1,300.

💵 EL "EFECTO DOMINÓ" EN TUS DERECHOS Al llegar a los S/ 1,300, tus demás beneficios suben automáticamente: ✅ Asignación Familiar: Equivale al 10% de la RMV. Pasarás a recibir S/ 130 mensuales adicionales. ✅ Mínimo Nocturno (10 pm a 6 am): Nadie puede ganar menos de la RMV + 35%. Tu nuevo mínimo será de S/ 1,755. ✅ Mejores Liquidaciones: El cálculo para tus futuras Gratificaciones, CTS y Vacaciones será mayor.

⚠️ ¡ATENCIÓN TRABAJADOR INFORMAL! ⚠️ Si trabajas "en negro", fuera de planilla o firmando recibos por honorarios falsos, ¡este aumento NO llegará a tus manos! Te recomendamos URGENTE regularizar tu situación laboral. Tienes derecho a estar en planilla y acceder a todos los beneficios que por ley te corresponden. ¡No sigas regalando tu esfuerzo y tu tiempo!

👨‍⚖️ ¿Tu empleador se niega a acatar el aumento, te esconde en la informalidad o te quiere obligar a firmar documentos renunciando a tus derechos? ¡Es completamente ilegal! En LABORALISTAS Abogados Perú te defendemos con la ley en la mano y hacemos que respeten tu dinero. 💪💼

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💬 Déjanos tu opinión en los comentarios: ¿Estás de acuerdo con este aumento? ¿Sientes que es un aumento real frente al alto costo de la canasta familiar? ¡Te leemos! 👇

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🚨 ¡DESPIDO MASIVO EN ESSALUD! ¿ERES LOCADOR DE SERVICIOS Y TE DEJARON EN LA CALLE? ¡NO PIERDAS TUS DERECHOS! 🚨Se acaba d...
28/09/2026

🚨 ¡DESPIDO MASIVO EN ESSALUD! ¿ERES LOCADOR DE SERVICIOS Y TE DEJARON EN LA CALLE? ¡NO PIERDAS TUS DERECHOS! 🚨

Se acaba de anunciar que EsSalud despedirá a 11,500 locadores de servicios a nivel nacional, recortando el 75% de su personal externo. El Gobierno avala esta medida argumentando un "reordenamiento de gastos". Pero la verdadera pregunta que debes hacerte es: ¿Tu cese es legal o esconde un fraude laboral? 👇🧵

⚠️ ¡LA TRAMPA DE LOS RECIBOS POR HONORARIOS! Tanto en el Estado como en el sector privado, se abusa de la "locación de servicios" para evadir el pago de beneficios sociales. ¡Pero la realidad manda sobre el papel!
Si tú emitías recibos por honorarios, pero en la práctica:
✅ Cumplías un horario de trabajo establecido.
✅ Recibías órdenes directas de un jefe (subordinación).
✅ Percibías un pago mensual fijo.

¡Ante la ley, tú NO eras un locador independiente, eras un TRABAJADOR DEPENDIENTE!

⚖️ ¿QUÉ TE CORRESPONDE RECLAMAR? Si reúnes estos elementos, echarte a la calle no es un simple "fin de locación", sino un DESPIDO. Al comprobarse esto en la vía legal, tienes el derecho absoluto de exigir:
💰 El pago de tu Indemnización por despido.
💰 El reintegro de todos tus beneficios de ley que te ocultaron (CTS, Gratificaciones, Vacaciones).
💰 El pago de los intereses legales acumulados.

👨‍⚖️ ¡No te vayas con las manos vacías! Si te despiden bajo la excusa de ser "solo un locador", no asumas que perdiste. En LABORALISTAS Abogados Perú somos expertos en demostrar la desnaturalización de estos contratos y hacer que te paguen cumplan con el esfuerzo brindado a la entidad. 💪💼

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🔁 ¡COMPARTE urgente esta información! Etiqueta a tus compañeros locadores. ¡El conocimiento es nuestra mejor arma frente a los despidos abusivos!

11/09/2026

🚨 ¡ATENCIÓN TRABAJADORES! 🛑 ¿TE DESPIDIERON POR "NO RENOVACIÓN" PERO YA ESTABAS TRABAJANDO SIN CONTRATO? ⚖️
Hoy analizamos un caso real que nos demuestra una de las trampas más comunes de las empresas para evadir la ley laboral y, lo más importante, ¡cómo puedes exigir que te paguen lo justo! 👇

🏢 EL CASO:
El trabajador Omar ###x ###x ###x presentó una demanda laboral contra la empresa ECU WORDWIDE PERU S.A.C. por daños y perjuicios tras sufrir un despido arbitrario.
Él ingresó a laborar el 01 de mayo de 2019 en el cargo de auxiliar de operaciones, percibiendo una última remuneración de S/. 1,850.00.
El trabajador suscribió continuos contratos a plazo determinado hasta el 30 de abril de 2022.
¡Aquí viene la trampa! Él continuó laborando con normalidad sin suscribir ningún contrato nuevo hasta el 31 de enero de 2024, fecha en la que la empresa le comunicó su cese por supuesta "no renovación de contrato".

👨‍⚖️ ¿QUÉ DICE LA LEY ANTE ESTO?
Cuando un trabajador continúa laborando después de la fecha de vencimiento del plazo estipulado en su contrato, la contratación se desnaturaliza y se entiende que existe un contrato de trabajo a plazo indeterminado. ¡Es decir, pasó a ser un trabajador estable!

💰 LA DEFENSA: ¿QUÉ SE ESTÁ EXIGIENDO? Ante este despido incausado, el trabajador está exigiendo una indemnización total de S/. 40,900.80, la cual está compuesta por tres factores clave:
🧠 Daño Moral (S/. 10,000.00): Por la afectación emocional y el daño a su imagen personal producto del despido abrupto.
📉 Lucro Cesante (S/. 25,900.00): Por la suma que dejó de percibir durante el periodo de un año, que es el tiempo promedio que tarda un trabajador en reinsertarse en un empleo formal con las mismas condiciones.
💸 Daño Emergente (S/. 5,000.00): Por la disminución de su patrimonio al tener que incurrir en gastos de asesoría legal como consecuencia directa del despido.

💡 LA LECCIÓN DE HOY:
¡Que no vulneren tus derechos! Si tu contrato temporal ya venció y sigues trabajando, la empresa no puede despedirte de un día para otro con la excusa de una "no renovación".
Comparte esta información con ese amigo o familiar que necesita conocer sus derechos. 🚀

🏛️ LABORALISTAS
Abogados Perú 🇵🇪

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11/09/2026

🚨 ¡ATENCIÓN TRABAJADORES! 💸 ¿SABES QUÉ DÍAS "NO TRABAJADOS" SÍ TE SUMAN PARA EL PAGO DE TU CTS? ¡NO DEJES QUE TE DESCUENTEN DE MÁS! 🏦⚖️

¡Hola, comunidad! 👋 Desde LABORALISTAS Abogados Perú sabemos que al momento de calcular la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), muchas empresas "olvidan" incluir ciertos días en los que no estuviste físicamente en tu puesto de trabajo.

¡Que no te engañen! La ley laboral peruana establece claramente que existen días de inasistencia justificada que son 100% computables (es decir, cuentan como si los hubieras trabajado) para el cálculo de tu CTS. Aquí te explicamos cuáles son: 👇

🏖️ 1. Vacaciones y Licencias Pagadas

Todos los días que estés gozando de tus vacaciones o cualquier día de suspensión de labores donde el empleador te haya pagado tu remuneración, entran al cálculo completo.

🏥 2. Descansos Médicos (Enfermedad o Accidente)

Si faltaste por un accidente de trabajo, enfermedad profesional o una enfermedad común debidamente comprobada, ¡esos días sí cuentan! La ley establece un límite de hasta 60 días al año (contabilizados entre el 1 de noviembre y el 31 de octubre del año siguiente).

🤰 3. Descanso por Maternidad (Pre y Postnatal)

¡Tus derechos como madre están protegidos! Los días de descanso pre y postnatal son totalmente computables para tu CTS, con un límite legal de hasta 98 días al año.

🪧 4. Días de Huelga

Si participaste en una huelga, esos días suman para tu CTS, SIEMPRE Y CUANDO la huelga no haya sido declarada como improcedente o ilegal por el Ministerio de Trabajo.

👨‍⚖️ 5. Días de un Despido Nulo

Si te despidieron injustamente, demandaste, y el juez ordenó tu reposición con el pago de tus sueldos caídos (remuneraciones devengadas), ¡todo ese tiempo que estuviste fuera en pleno juicio suma para tu CTS!

⚠️ ¡EL DATO CLAVE QUE DEBES SABER!

Si bien la ley te protege en estos 5 casos excepcionales, ten mucho cuidado con las faltas injustificadas. Por cada día que faltes sin justificación (o días de suspensión sin goce de haber), tu empleador tiene el derecho de descontarte un treintavo (1/30) de tu tiempo de servicios, reduciendo el monto final de tu CTS. 📉

🛠️ ¡QUE NO TE ROBEN NI UN DÍA DE TU ESFUERZO!

¿Sientes que tu empresa te hizo un mal cálculo en tu liquidación o en tus depósitos de mayo y noviembre? ¿Te descontaron tu CTS por estar con descanso médico o de maternidad? ¡No te quedes de brazos cruzados! En LABORALISTAS Abogados Perú hacemos el recálculo exacto de tus beneficios y exigimos que te paguen lo justo. 🛡️🤝

Contáctanos hoy mismo para evaluar tus liquidaciones y boletas:

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