20/01/2023
Si dentro de 3 meses, un padre no pasa la Pensión de Alimentos, deberá realizar esto:
1. Se envía la propuesta de liquidación correspondientes al periodo devengado.
2. El mencionado Juzgado dará la orden de una liquidación de devengados. Con ello, el deudor deberá pagar el tiempo que no cumplió con pasar la pensión.
3. Si tras la orden del Juzgado, este sigue sin cumplir con pasar la pensión, se deberá solicitar al Juzgado que ordene registrarlo en el Redam (Registro de Deudores Alimentarios Morosos)
4. Si la situación no llega a una solución, se le puede denunciar PENALMENTE al deudor y un juez puede ordenar cárcel efectiva para el mal padre.
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