16/05/2026
⚖️ 𝐃𝐄𝐌𝐀𝐍𝐃𝐀 𝐃𝐄 𝐏𝐄𝐍𝐒𝐈𝐎́𝐍 𝐀𝐋𝐈𝐌𝐄𝐍𝐓𝐈𝐂𝐈𝐀
Todo menor de edad tiene derecho a recibir alimentos, educación, salud, vivienda y lo necesario para su desarrollo integral. La pensión alimenticia no es un favor, es un derecho protegido por la ley peruana. 👨👩👧👦
📖 El Código Civil Peruano, en su artículo 472°, establece que:
“Se entiende por alimentos lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido, educación, instrucción y capacitación para el trabajo, asistencia médica y psicológica.”
Asimismo, el artículo 481° señala que los alimentos se regulan según las necesidades del menor y las posibilidades económicas del obligado. ⚖️
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⚖️ “Tu derecho, nuestra prioridad.”