22/06/2026
📌 El Poder Ejecutivo aprobó un procedimiento excepcional y temporal que permitirá evaluar la conmutación de la pena de personas condenadas por el delito de omisión de prestación de alimentos, con el objetivo de incentivar el pago de las deudas alimentarias y contribuir a reducir la sobrepoblación en los establecimientos penitenciarios del país. La medida fue oficializada mediante el Decreto Supremo N.° 010-2026-JUS.
De acuerdo con la norma, la Comisión de Gracias Presidenciales podrá recomendar la reducción de la pena de los internos sentenciados por este delito siempre que cumplan determinados requisitos. Entre ellos, encontrarse en un régimen cerrado ordinario, no registrar más de una condena efectiva ni procesos penales pendientes con mandato de detención y haber cancelado como mínimo el 70 % de la deuda alimenticia establecida en la sentencia condenatoria.
Según el Ejecutivo, la medida responde al incremento de personas privadas de libertad por omisión de prestación de alimentos. El decreto señala que el número de internos condenados por este delito pasó de 442 en abril de 2022 a 1.831 en abril de 2026, lo que representa un aumento de 314,25 %. Esta situación, agrega la norma, tiene incidencia directa en los niveles de hacinamiento y sobrepoblación penitenciaria.
La finalidad de la disposición, según el decreto, es promover que los condenados regularicen sus obligaciones alimentarias y garantizar que los recursos lleguen efectivamente a los beneficiarios de las pensiones, sin dejar de atender la problemática penitenciaria.
La norma tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2028. Además, establece que las solicitudes de conmutación en trámite podrán adecuarse a las nuevas disposiciones y que los pagos efectuados antes de la entrada en vigor del decreto también podrán ser considerados para acceder al beneficio.
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