S&E Consultores Legales

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Somos S&E Consultores Legales, una consultora integrada por profesionales multidisciplinarios y especializados en litigio, así como en las áreas del derecho laboral y gestión de recursos humanos, constitucional, civil, administrativo y arbitral. Asimismo, contamos con un reconocido equipo de profesionales en gestión pública y privada, proyectos de inversión - Asociaciones Público-Privadas y gestió

n de proyectos en el sector turismo; lo cual nos permite brindar un servicio integral y personalizado, acorde a las estrategias individuales o empresariales de nuestros clientes, brindándoles toda la información necesaria y fidedigna en la búsqueda de soluciones idóneas y eficaces. Nuestras premisas son profesionalismo, ética, eficiencia y confidencialidad, las cuales nos permiten abordar de forma energética y apasionada la práctica jurídica en nuestro país, que se traduce en una actitud proactiva y un enfoque de negocios que acompañan todos los requerimientos de nuestros clientes. Esta filosofía nos ha permitido crear una cartera de clientes estable y satisfecha, compuesta por personas y empresas de diferentes sectores, que nos dan la confianza, solvencia y reconocimiento que nos enorgullece y anima a seguir adelante.

04/07/2023
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15/01/2022

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La capacidad de decisión como elemento determinante y diferenciador entre el trabajador de confianza y el personal de Di...
04/04/2021

La capacidad de decisión como elemento determinante y diferenciador entre el trabajador de confianza y el personal de Dirección

En la sentencia recaída en el Expediente 3501-2006-PA/TC, el Tribunal Constitucional realizó un desarrollo de la definición del trabajador de confianza. Respecto a esto, especificó que existen dos clasificaciones derivadas: el personal de dirección y de confianza. De esta manera, ambas clasific...

📝💡¿Cuáles son las diferencias entre la intermediación y la tercerizacion laboral?
06/03/2021

📝💡¿Cuáles son las diferencias entre la intermediación y la tercerizacion laboral?

📢📢Recordemos las principales obligaciones (y las fuentes legales) de los empleadores:
10/02/2021

📢📢Recordemos las principales obligaciones (y las fuentes legales) de los empleadores:

Licencias con goce de haber📌Las licencias laborales son permisos otorgados por el empleador que dan paso a la suspensión...
26/08/2020

Licencias con goce de haber📌

Las licencias laborales son permisos otorgados por el empleador que dan paso a la suspensión imperfecta de labores, es decir, cesa temporalmente la obligación del trabajador de prestar servicios pero, continúa percibiendo su remuneración.

📌BENEFICIOS SOCIALES EN LAS MYPELuego de varias modificaciones, la norma vigente que regula las actividades económicas y...
19/08/2020

📌BENEFICIOS SOCIALES EN LAS MYPE

Luego de varias modificaciones, la norma vigente que regula las actividades económicas y beneficios sociales de los trabajadores de la micro y pequeña empresa es el Decreto Supremo 013-2013-PRODUCE, T.U.O de la Ley de Impulso al desarrollo productivo y al crecimiento empresarial, la cual fue promulgada el 28 de diciembre del 2013, derogando así al anterior DS 007-2008.

Así, el Estado, buscando que las micro y pequeñas empresas formalicen su situación jurídica, les ha otorgado ciertas “facilidades” sobre todo las relacionadas a las cargas sociales (beneficios laborales) que tienen que otorgar a sus colaboradores.

En ese sentido, resulta menester precisar que, las microempresas no tienen los mismos beneficios sociales reconocidos a comparación de las pequeñas empresas (ambas pertenecen al régimen especial), y éstas a su vez, no son iguales a los reconocidos en el régimen general de contratación laboral privado.

Tratamiento legal de las tardanzas⏳❗Nuestra legislación laboral prevé como causa justa de despido, la impuntualidad reit...
21/07/2020

Tratamiento legal de las tardanzas⏳❗

Nuestra legislación laboral prevé como causa justa de despido, la impuntualidad reiterada al centro de trabajo, estableciendo como condición necesaria que se hayan aplicado sanciones disciplinarias previas (amonestaciones y suspensiones) al trabajador por dicha conducta infractora.

Al respecto, las tardanzas reiteradas han sido materia de análisis por la Suprema Corte de nuestro país en la casación laboral N° 13768-2016-Lambaye, a través de la cual, se fijan pautas necesarias a seguir a efectos de proceder con un adecuado procedimiento de despido.

Así, a criterio del Supremo Tribunal, para la configuración de la impuntualidad o tardanza reiterada como falta grave y causal justificada de despido, establecida en el inciso h) del artículo 25° del T.U.O de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, se deben tener en cuenta tres elementos:

✅ Que exista falta del deber de diligencia del trabajador, el cual emana de la propia naturaleza del contrato de trabajo, por cuanto las tardanzas son consideradas faltas laborales producto del incumplimiento de aquel deber.

✅ Que exista reiterancia de la conducta de incumplimiento.

✅ Que la conducta reiterada haya sido objeto de sanciones previas por el empleador.

En ese sentido, no solo se requiere que las tardanzas sean continuas, sino que también se exige al empleador que las haya acusado y sancionado mediante amonestaciones escritas o suspensiones, a fin de que el trabajador proceda a corregir su conducta.

📌Comité de intervención contra el hostigamiento sexual Conforme a las modificaciones efectuadas en el Reglamento de la L...
13/07/2020

📌Comité de intervención contra el hostigamiento sexual

Conforme a las modificaciones efectuadas en el Reglamento de la Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2019-MIMP, y a lo establecido en el decreto legislativo N° 1410, se incorpora el delito de acoso sexual, chantaje sexual y difusión de imágenes o audios con contenido sexual al código penal.

Así, las empresas con menos de 20 trabajadores deberán de elegir un delegado contra el hostigamiento sexual; de contar con más de 20 trabajadores se deberá conformar un comité de intervención frente al hostigamiento sexual, el cual estará integrado por 04 miembros que respete la paridad de género, de los cuales 02 integrantes serán elegidos por los trabajadores y los dos restantes serán elegidos por el empleador (uno de la oficina de Recursos Humanos y el segundo a libre designación del empleador).

Cabe recordar que este Comité deberá de investigar las denuncias o quejas sobre hostigamiento sexual y emitir las recomendaciones de sanción y otras medidas adicionales para evitar nuevos casos, respetando los plazos máximos establecidos en el precitado Reglamento.

📌El Nuevo Régimen Único SimplificadoEl nuevo RUS es un régimen tributario creado para los pequeños comerciantes y produc...
11/07/2020

📌El Nuevo Régimen Único Simplificado

El nuevo RUS es un régimen tributario creado para los pequeños comerciantes y productores, el cual les permite el pago de una cuota mensual, fijada en función a sus compras y/o ingresos, con el que se reemplaza el pago de diversos tributos.

Características:

RUS:

✅ Solo se debe efectuar un pago al mes.

✅ No existe la obligación de presentar declaración mensual por el IGV ni por el Impuesto a la Renta, ni presentar declaración jurada anual por el Impuesto a la Renta por Tercera Categoría.

✅ No existe obligación de llevar libros contables.

✅ Quienes están en el RUS solo pueden emitir boletas o tickets.

📌ERRORES USUALES AL MOMENTO DE EFECTUAR UN DESPIDOA efectos de  llevar a cabo el despido de un trabajador de forma corre...
08/07/2020

📌ERRORES USUALES AL MOMENTO DE EFECTUAR UN DESPIDO

A efectos de llevar a cabo el despido de un trabajador de forma correcta, resulta de medular importancia observar el procedimiento de despido establecido por ley.

De no cumplir con todos los requisitos en un despido, el despido efectuado se convertiría en un DESPIDO ARBITRARIO, el cual conlleva al pago de una indemnización tarifada a favor del trabajador.

¿Qué es una falta grave? 🔎

La falta grave viene a ser la transgresión por parte del trabajador de los deberes esenciales del contrato de trabajo, conllevando generalmente al quebrantamiento de la buena fe laboral, lo cual implica que se haga irrazonable la subsistencia de la relación laboral.

El artículo 25° del T.U.O de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobada mediante D.S 003-97-TR, establece taxativamente las conductas constituyentes como falta grave.

¿Cuál es el procedimiento del despido?📃

✅ Inicio del despido (Carta de pre aviso)

Si un empleador ha identificado que un trabajador ha cometido una falta grave que amerite el despido, EL EMPLEADOR DEBERÁ NOTIFICAR AL TRABAJADOR UNA CARTA DE PRE AVISO, señalando en ésta, aquellas causas por las cuales se inicia un procedimiento de despido.

Cabe precisar que en esta fase, se deberá otorgar al trabajador un plazo de mínimo de 6 días naturales para que el trabajador presente sus descargos ante los hechos imputados.

✅ Durante el despido

Mientras dure el procedimiento de despido, el empleador puede exonerar al trabajador de su obligación de asistir al centro de trabajo, siempre que ello no perjudique su derecho de defensa y se le abone la remuneración y demás derechos y beneficios que pudieran corresponderle durante estos días. Dicha exoneracion deberá constar por escrito en la carta de pre aviso.

En caso que el empleador decida exonerar de la obligación de ir al centro trabajo al trabajador, debe indicarlo expresamente al trabajador por escrito y comúnmente se establece en la propia carta de preaviso de despido.

✅ Al final del despido
Luego del plazo otorgado, el empleador evaluará los descargos efectuados por el trabajador y decidirá si efectivamente existió una falta grave que amerite el despido.

En caso se verifique la comisión de la falta grave, se deberá cursar al trabajador una carta de despido, indicando la fecha de cese, y la justificación objetiva de tal decisión, señalando para tales efectos, de forma precisa, las causas que originaron el despido, valorando asimismo, los descargos efectuados por el trabajador.

¿Cuáles son los errores comunes en los que se incurre al momento de efectuar un despido❓

❌ No seguir el procedimiento de despido..

Ello conlleva a despedir verbalmente al trabajador, frente a la comisión de una falta grave, sin seguir ningún procedimiento.

❌ No tipificar las causas de despido

El procedimiento de despido, al ser la medida disciplinaria más gravosa que existe en una relación de trabajo, tiene una serie de requisitos, uno de ellos, es que debe de existir adecuada motivación del despido, señalando para ello, de forma clara y expresa, las circunstancias y conducta que sustenten la falta grave y que dicha circunstancia guarde coherencia con la tipificación establecida en el art. 25° del DS 003-97-TR.

❌ No respetar el plazo y no permitir ejercer el derecho de defensa

Una vez imputada la falta grave, resulta FUNDAMENTAL otorgar al trabajador un plazo mínimo y esencial de 6 días para la presentación de los descargos respectivos. Por ende, el despido producido antes de dicho plazo, invalida el procedimiento y da paso a un despido arbitrario.

Durante dicho plazo, el empleador deberá de brindar las facilidades pertinentes para que el trabajador implicado ejerza adecuadamente su derecho de defensa. Evitando así, toda obstrucción material.

❌ No tomar en cuenta la proporcionalidad existente entre la falta cometida y la medida adoptada

Al ser el despido la máxima sanción disciplinaria impuesta al trabajador, la falta cometida tendrá que ser de tal magnitud que amerite el despido.

Cabe señalar que nuestra jurisprudencia, señala de forma enfática la necesidad de efectuar un análisis de proporcionalidad al momento de examinar las circunstancias constituyentes del despido.

Así, en la casación 7394-2015-Arequipa, nuestra Suprema Corte recordó una serie de circunstancias a tomar en cuenta al momento de aplicar la proporcionalidad:

- La antigüedad del trabajador

- Reincidencia o antecedentes.

- Circunstancias personales al momento de la comisión de la falta imputada.

- Daño ocasionado.

Finalmente, cabe recordar que al constituir el despido, la medida disciplinaria más gravosa impuesta al trabajador, resulta fundamental seguir los pasos anteriormente descritos y prestar observancia asimismo, a nuestra jurisprudencia, la cual efectúa un análisis respecto a la correcta aplicación de esta figura legal.

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