Tirso Vargas Abogado Laboral

Tirso Vargas Abogado Laboral Abogado laboralista en Puno. Defiendo trabajadores y servidores públicos. Primera consulta gratis. Soy Tirso Vargas, abogado laboralista con base en Puno.

Ayudo a trabajadores del sector privado y servidores públicos (CAS, D.L. 728, D.L. 276) a recuperar lo que les corresponde por ley:

✓ Reposición por despido arbitrario
✓ Conclusión de contratos CAS sin causa real (Ley 32563)
✓ Beneficios sociales no pagados (CTS, gratificaciones, vacaciones)
✓ Reclamos administrativos contra entidades públicas
✓ Acoso laboral y hostigamiento

Experiencia previa e

n función pública: ex Diputado de la Nación, ex Regidor. Hoy dedicado al ejercicio del derecho laboral y al análisis político independiente. Si tu empleador te despidió, no te paga lo que debe, o concluyó tu contrato sin justificación — escríbeme. La primera consulta es sin costo.

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¿Te encargaron la jefatura, pero te sigue pagando tu sueldo de siempre? ¿Cumples 70 años este año y trabajas bajo el D. ...
24/07/2026

¿Te encargaron la jefatura, pero te sigue pagando tu sueldo de siempre?
¿Cumples 70 años este año y trabajas bajo el D. Leg. 276?
Si no presentas un documento antes de tu cumpleaños, la entidad puede cesarte igual.
Hoy, 23 de julio de 2026, se publicó el Decreto Supremo N° 112-2026-PCM, que modifica el Reglamento de la Carrera Administrativa (D.S. 005-90-PCM). Rige desde mañana.
Te explico lo que realmente te cambia:
1️⃣ Límite de edad: 70 años, pero con un trámite que antes no existía
Puedes seguir trabajando hasta el 31 de diciembre del año en que cumples 70. Pero el nuevo artículo 186-B exige que tú presentes la solicitud ante tu Oficina de Recursos Humanos ANTES de cumplir los 70, con declaración jurada de que estás apto y señalando expresamente hasta qué fecha vas a continuar.
La solicitud se aprueba desde que la presentas. Nadie tiene que autorizártela. Pero si no la presentas, no hay nada que aprobar.
2️⃣ Si eres contratado permanente y te encargaron una jefatura, te corresponde la remuneración de ese cargo
Los artículos 27 y 76 ahora lo dicen expreso: el derecho del literal o) del artículo 24 del D. Leg. 276 —percibir la remuneración del cargo de confianza o puesto de dirección— también asiste al servidor en condición de contrato permanente. No solo al nombrado.
Si asumiste una jefatura y te siguieron pagando tu escala de siempre, esto te interesa.
3️⃣ CUIDADO con aceptar una designación (artículo 77)
Si eres servidor de carrera, o tienes contrato permanente con más de 5 años continuos, al terminar la designación regresas a tu grupo ocupacional, nivel o plaza.
4️⃣ Licencia sin goce: hasta 3 años (y la letra chica que nadie te va a decir)
El artículo 115 ahora permite licencia sin goce hasta por 3 años continuos o discontinuos, dentro de un periodo de 5 años. Si la usas 3 años seguidos, para volver a pedirla debes trabajar 2 años continuos en la entidad.
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Tirso Vargas — Abogado Laboral

ATENCIÓN TRABAJADOR CAS‼️ ¿Trabajas bajo contrato CAS y llevan meses rotándote sin regresarte a tu puesto?Eso no es lega...
21/07/2026

ATENCIÓN TRABAJADOR CAS‼️
¿Trabajas bajo contrato CAS y llevan meses rotándote sin regresarte a tu puesto?
Eso no es legal.
SERVIR lo acaba de confirmar mediante el Informe Técnico N.° 000938-2025-SERVIR-GPGSC: la rotación es un desplazamiento temporal, y al vencer el plazo máximo la entidad tiene la obligación de reincorporarte a tu puesto de origen. Quedarse indefinidamente en el puesto de destino viola el principio de legalidad.
📌 Lo que debes saber:
1. La rotación CAS tiene un límite: máximo 90 días en toda la vigencia del contrato.
2. No genera ningún derecho a permanecer en el puesto al que te enviaron.
3. Vencido el plazo, la institución está obligada a regresarte.
4. Si te notificaron la rotación, tienes 15 días hábiles para impugnarla ante el TSC.
Si ya superaste los 90 días y tu entidad no te ha regresado, estás ante una irregularidad que se puede impugnar. Pero hay plazo y no se puede dejar correr.
Escríbeme antes de que venza el tuyo.

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⚖️ "El trabajador que no reclama a tiempo, pierde el derecho. No es por falta de razón, es por falta de información."Muc...
20/07/2026

⚖️ "El trabajador que no reclama a tiempo, pierde el derecho. No es por falta de razón, es por falta de información."
Muchos trabajadores llegan a nuestro estudio jurídico cuando ya perdieron el plazo o firmaron algo que no debían.
No porque no tuvieran razón. Sino porque nadie les explicó a tiempo.
La información es tu primera defensa.
👉 Si tienes dudas sobre tu situación laboral, escríbeme. La primera consulta es gratuita.
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¿Trabajas y te diagnosticaron Cáncer? ¿Sabías que la empresa está obligada a adaptar tu puesto sin bajarte el sueldo?"​​...
18/07/2026

¿Trabajas y te diagnosticaron Cáncer? ¿Sabías que la empresa está obligada a adaptar tu puesto sin bajarte el sueldo?"

​​Recibir una noticia médica difícil ya es un proceso suficientemente duro. No permitas que el desconocimiento permita que tu empleador vulnere tus derechos.
​Según la Ley N° 32431 y la reciente guía aprobada por la R.M. N° 183-2026-TR, el Estado Peruano garantiza tu estabilidad laboral mediante tres pilares fundamentales que todo trabajador debe conocer:
​1️⃣ DESPIDO NULO: Es absolutamente ilegal que te despidan por tu diagnóstico, por estar en tratamiento o por los efectos de la enfermedad.
2️⃣ ADAPTACIÓN RAZONABLE: Si por tu condición no puedes realizar el mismo esfuerzo de antes, la empresa ESTÁ OBLIGADA a adaptar tus funciones, tu horario o tu entorno (como darte teletrabajo o cambiarte a tareas más ligeras).
3️⃣ SUELDO INTOCABLE: ¡Ojo aquí! Aunque te cambien a un puesto de menor impacto físico, tu empleador NO PUEDE reducir tu remuneración.
​Tu salud es primero, y tu estabilidad económica también. No renuncies ni firmes ningún documento de cese sin antes asesorarte.
​🗣️ ¿Estás pasando por esta situación o conoces a un trabajador afectado? Comparte este post y guárdalo para tener la ley de tu lado.
​📲 Contáctanos para agendar una consulta virtual o presencial. Evaluaremos tu caso y exigiremos el respeto de tus derechos laborales.
​📍 Te esperamos en nuestra oficina: Jr. Cajamarca 249, Puno.
​⚖️ Tirso Vargas ABOGADOS LABORALES
🚀 Justicia Laboral 2.0

‼️ ¿Te despidieron y te depositaron una indemnización que no pediste?Casación Laboral N.° 6287-2024 - La Libertad. Si te...
14/07/2026

‼️ ¿Te despidieron y te depositaron una indemnización que no pediste?
Casación Laboral N.° 6287-2024
- La Libertad.
Si te despiden sin causa justa y te depositan en una cuenta tu indemnización que no pediste, responde con una carta notarial dejando constancia de tu rechazo, ello puede ser la diferencia entre perder tu caso o recuperar tu trabajo.
Si te despidieron sin causa justa y no sabes qué hacer con el dinero depositado, escríbeme. Primera consulta siempre gratuita.
Tirso Vargas ABOGADOS LABORALES
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"¿TE DIJERON QUE ERAS PERSONAL DE CONFIANZA Y POR ESO TE DESPIDIERON? Casación Laboral N.° 33748-2023, Lima 📌 Muchos tra...
11/07/2026

"¿TE DIJERON QUE ERAS PERSONAL DE CONFIANZA Y POR ESO TE DESPIDIERON?
Casación Laboral N.° 33748-2023, Lima
📌 Muchos trabajadores creen que si su contrato dice "cargo de confianza", su empleador puede despedirlos cuando quiera, sin dar mayores explicaciones. Eso NO es así.
⚖️ La Corte Suprema fue tajante: la sola denominación del cargo, o que el empleador "invoque" la confianza, no basta. Si no se prueban TODOS los requisitos, el retiro de confianza no puede usarse como causa válida de despido.
💬 Si a ti te despidieron invocando "confianza" pero en tu día a día hacías lo mismo de siempre, sin manejar información reservada, sin trato directo con la gerencia, es momento de revisar tu caso.
📲 Escríbeme por WhatsApp y lo conversamos sin compromiso.
953 761 976 — primera consulta siempre gratuita.
Visitamos al Jr Cajamarca 249 ciudad de Puno.

‼️ ATENCIÓN PERSONAL DE SALUD ¿Estás destacado en salud hace más de un año? La Ley 32719 es para ti.Se publicó la Ley N°...
09/07/2026

‼️ ATENCIÓN PERSONAL DE SALUD ¿Estás destacado en salud hace más de un año? La Ley 32719 es para ti.
Se publicó la Ley N° 32719 y abre una nueva oportunidad real para el personal de salud que lleva años fuera de su plaza de origen.
① ¿Quiénes pueden acceder?
Profesionales, técnicos y auxiliares asistenciales de salud que al 31 de julio de 2025 estén destacados en su entidad de destino por un período continuo no menor de 1 año, o discontinuo mayor de 2 años.
② ¿En cuánto tiempo se ejecuta?
La reasignación debe realizarse en un plazo máximo de 2 años calendario, respetando el orden de prelación por antigüedad.
③ ¿Qué obliga a las entidades?
Identificar y transparentar las plazas vacantes. Reconvertir, recategorizar o crear plazas para cubrir al personal que cumpla los requisitos. Tu puesto de origen no puede quedar desierto — debe ser cubierto por otro profesional con el mismo perfil.
④ ¿Qué sigue ahora?
Esta norma no debe quedar en el papel. El Poder Ejecutivo debe adecuar el reglamento, y las GERESAS, DIRESAS y unidades ejecutoras están obligadas a implementarla de manera real, ordenada y oportuna.
Ley N° 32719 — modifica la Ley N° 31553.
¿Cumples los requisitos y tu entidad no está aplicando la ley? Escríbeme — te oriento.
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¿Trabajas de pie más de 3 horas seguidas?Desde hoy, eso tiene que cambiar. Acaba de promulgarse la Ley N° 32721.① Tu emp...
09/07/2026

¿Trabajas de pie más de 3 horas seguidas?
Desde hoy, eso tiene que cambiar. Acaba de promulgarse la Ley N° 32721.
① Tu empleador está obligado a darte una silla
Si permaneces de pie 3 horas continuas o más durante tu jornada, tu empleador debe proveerte sillas o asientos con respaldo y condiciones ergonómicas adecuadas.
② El descanso sentado es parte de tu jornada
No te pueden descontar ese tiempo. El derecho al descanso sentado forma parte de la jornada laboral.
③ Aplica a empresas públicas y privadas
Cajeras, vendedores, operarios, personal de atención al público — todos están cubiertos.
④ Si no cumplen, hay sanción
SUNAFIL es la autoridad que fiscaliza el cumplimiento. El incumplimiento genera sanciones para el empleador.
Ley N° 32721 — El Peruano, 8 de julio de 2026.
¿Tu empleador no te da las condiciones mínimas para trabajar? Escríbeme.
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‼️ ATENCIÓN TRABAJADOR CAS¿Tu entidad dispuso tu rotación con un simple memorando?Ese memorando puede ser nulo. El Tribu...
05/07/2026

‼️ ATENCIÓN TRABAJADOR CAS
¿Tu entidad dispuso tu rotación con un simple memorando?
Ese memorando puede ser nulo. El Tribunal del Servicio Civil lo ha confirmado.
Rotar a un servidor CAS sin expresar razones objetivas debidamente justificadas viola el principio de legalidad y el debido procedimiento administrativo. No basta con decir "por necesidades del servicio", la entidad debe explicar concretamente por qué.
Lo que tu entidad está obligada a hacer antes de rotarte:
① Motivar el acto con razones objetivas concretas
Un memorando genérico sin fundamento fáctico y jurídico no cumple el requisito de motivación. Es nulo de pleno derecho.
② Respetar el límite de 90 días
La rotación CAS tiene un máximo de 90 días calendario en toda la vigencia de tu vínculo laboral. No por año — en todo el tiempo que llevas en esa entidad.
③ No pueden rotarte fuera de tu provincia ni a otra entidad
Eso requiere un nuevo contrato y nuevo proceso de selección.
¿Qué puedes hacer?
Interponer recurso de apelación ante tu entidad dentro de los 15 días hábiles de notificado el acto. Tu entidad lo eleva al Tribunal del Servicio Civil, que resuelve en segunda y última instancia administrativa.

IT N° 001020-2026-SERVIR-GPGSC · IT N° 938-2025-SERVIR-GPGSC

¿Te rotaron sin explicación válida? Escríbeme — revisamos tu caso.

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⚠️ Te presionaron para que renunciaras.Eso tiene nombre legal — y tiene solución.① La renuncia bajo presión puede ser in...
02/07/2026

⚠️ Te presionaron para que renunciaras.

Eso tiene nombre legal — y tiene solución.

① La renuncia bajo presión puede ser ineficaz
Si firmaste por intimidación, coacción o engaño, esa renuncia puede impugnarse. No es lo mismo que renunciar libremente.

② Recontratarte no borra lo que pasó
Si renunciaste y te reincorporaron bajo CAS días después, son dos vínculos distintos — el primero terminó con tus derechos acumulados.

⚠️ Solo tienes 30 días para actuar
El plazo para demandar no se interrumpe ni se negocia. Cada día que pasa puede cerrar una puerta legal.

No firmes nada sin consultarme antes.
Y si ya firmaste — escríbeme hoy.

📌 Cas. Lab. N° 42595-2022, Lima · Corte Suprema

📲 953 761 976
📲 991 309 919 (oficina, horario hábil)

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