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23/01/2026

¿Sabías que tu tristeza o tu reputación tienen un valor legal?

A veces pensamos que si no perdimos dinero, no podemos demandar. ¡Error! La tesis 1a. LI/2014 reconoce el Daño Extrapatrimonial (daño moral).

Jurídicamente, el daño moral ocurre cuando alguien lesiona tus:
✅ Sentimientos y afecciones: El dolor por una pérdida.
✅ Honor y reputación: Lo que los demás piensan de ti.
✅ Integridad física o psíquica: Secuelas emocionales tras un accidente.

No es un "pago por sufrir", es una reparación justa por haber invadido injustamente tu esfera más íntima. ¡Haz valer tu integridad! 🏛️✨

📌 Fuente: SCJN. Registro: 2005532. Tesis: 1a. LI/2014 (10a.).

23/01/2026

¿Cuándo alguien debe pagarte por un daño causado? ⚖️ No basta con que "algo malo pasó", se necesitan tres elementos clave según la Suprema Corte.

En la tesis 1a. LI/2014, la Primera Sala define el Hecho Ilícito. Para que exista, debe haber:
1️⃣ Antijuridicidad: Que se rompa una ley o el deber de respetar a otros.
2️⃣ Culpa: Que haya negligencia o falta de cuidado.
3️⃣ Daño: Un menoscabo real, ya sea en tus bienes o en tu moral (sentimientos, honor o salud).

Si alguien lesiona injustamente tu esfera jurídica con estos elementos, ¡está obligado a reparar el daño!

📌 Fuente: SCJN. Registro: 2005532. Tesis: 1a. LI/2014 (10a.).

23/01/2026
23/01/2026

¿Qué es el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva? (artículo I del Título Preliminar del Código Procesal Civil)

23/01/2026

DELITO DE VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD: ERROR DE TIPO VENCIBLE EXCLUYE DE RESPONSABILIDAD PENAL [R. N. N.º 368-2025/LIMA SUR]

La Corte Suprema, mediante Recurso de Nulidad N.º 368-2025-Lima Sur, ha indicado que de configurarse en un supuesto un error de tipo vencible, el cual recae sobre un elemento constitutivo del tipo penal, será punible solo en caso esté prevista en su forma culposa. En el caso concreto, el acusado tenía un conocimiento errado de la edad de la víctima de 15 años cuando en verdad tenía 13 años. De los hechos se desprende que el acusado tenía la posibilidad de salir de ese error inducido por la víctima; sin embargo, ello no sucedió por la conducta negligente del acusado. Por lo tanto, debido a que el delito imputado no admite la modalidad culposa, dicho error de tipo, tiene por consecuencia la exclusión de responsabilidad penal.

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23/01/2026

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