08/04/2022
Hoy, 7 de abril, el gobierno decretó estado de emergencia en la Red Vial Nacional mediante el Decreto Supremo N° 35-2022-PCM.
El estado de emergencia durará 30 días calendario, regirá en toda la red vial nacional y se hará efectivo por la Policía Nacional con el apoyo de las Fuerzas Armadas, asimismo, quedan suspendidos (recortados más no completamente eliminados) los siguientes derechos:
• Libertad de tránsito
• Libertad de reunión
• No ser detenido salvo mandato judicial o delito flagrante
El estado de emergencia y la suspensión de derechos aplica únicamente a la red vial nacional.
El decreto supremo N° 17-2007-MTC desarrolla el concepto de red vial nacional y lo define de la siguiente manera:
“Corresponde a las carreteras de interés nacional conformada por los principales ejes longitudinales y transversales, que constituyen la base del Sistema Nacional de Carreteras (SINAC). Sirve como elemento receptor de las carreteras Departamentales o Regionales y de las carreteras Vecinales o Rurales”
Además, el precitado decreto anota que, son parte de la Red Vial Nacional, las carreteras que cumplan cualesquiera de los siguientes criterios:
1. Interconectar al país longitudinalmente o transversalmente, permitiendo la vinculación con los países vecinos.
2. Interconectar las capitales de departamento.
3. Soportar regularmente el tránsito de larga distancia nacional o internacional de personas y/o mercancías, facilitando el intercambio comercial interno o del comercio exterior.
4. Articular los puertos y/o aeropuertos de nivel nacional o internacional, así como las vías férreas nacionales.
5. Interconectar los principales centros de producción con los principales centros de consumo.”
Así las cosas, conviene tomar las precauciones del caso, entiendo que la mayor parte de la actividad policial y militar se dará en las carreteras tomadas.