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Constitución Registral, Exoneración de la Renta, Perceptor de Donaciones y otros para su institución religiosa, educativa o benéfica.
1. LEGAL.- Constitución de Persona Jurídica
2. TRIBUTARIO.- RUC con Exoneración
3. DONACIONES.- Entidad Perceptora de Donaciones
VENTAJAS DEL SERVICIO
· Formalización como Institución Religiosa legal.
· Exoneración de la renta.
· Podrá tener anexos en todo el Perú.
· Adjudicar propiedades muebles e inmuebles a nombre de su institución.
· Coberturar a otras iglesias cristianas.
· Realizar convenios religiosos, sociales, culturales y educativos.
· Inscripción en el MINJUS (en 7 años de acuerdo a ley).
· Calificar como entidad perceptora de donaciones.
· Recibir donaciones en Perú y del extranjero, ayudando a creyentes en necesidad.
· La creación del Cuerpo Ministerial en su Estatuto como apoyo al ministerio pastoral.
· Actualización de Directivos o Modificación de Estatutos sin mayores problemas.
· Desarrollar el Reglamento o Manual de Organización y Funciones (ROF).