Uriel Aramayo Cordero

Uriel Aramayo Cordero Doctor en Derecho

Hoy Martes 27-03-2018, en el Salón de Grados de la EUPG de la UNFV, ante el Jurado compuesto por: Dr. Uriel Aramayo Cord...
27/03/2018

Hoy Martes 27-03-2018, en el Salón de Grados de la EUPG de la UNFV, ante el Jurado compuesto por: Dr. Uriel Aramayo Cordero, Presidente; Dr. Gastón Quevedo Pereyra, miembro; Dr. Juan Miñano Lecaros, miembro, Dr. Efraín Guardia Huamani, Asesor del Trabajo; el Bachiller en Derecho, LUIS ALBERTO MERA CASAS, sustentó la Tesis “LA MEDIDA CAUTELAR INNECESARIA O MALICIOSA” optando el Grado académico de Maestro en DERECHO CIVIL Y COMERCIAL , el mismo que fue aprobado por Unanimidad.
El ahora Magíster, es un destacado miembro del Foro Nacional e importante Funcionario del Poder Judicial.
Felicitaciones Luis Alberto!

Hoy Viernes 09-03-2018, en el Salón de Grados de la EUPG de la UNFV, ante el Jurado compuesto por: Dr. Uriel Aramayo Cor...
09/03/2018

Hoy Viernes 09-03-2018, en el Salón de Grados de la EUPG de la UNFV, ante el Jurado compuesto por: Dr. Uriel Aramayo Cordero, Presidente; Dr. José Vigil Farías, miembro; Dr. Grimaldo Tomas Pebe Pebe, miembro, Dr. Wilson Aguilar, Asesor; la Bachiller en Derecho, MARIA CAROLINA ESPINOZA BURGOS, sustentó la Tesis “ACTUACION PROBATORIA EN LAS ACTUACIONES DE GARANTIA CONSTITUCIONAL” optando el Grado académico de Maestra en DERECHO CONSTITUCIONAL, luego de un prolongado debate, en el que la graduanda mostró sus aptitudes jurídicas fue aprobada por UNANIMIDAD.
La ahora Magister, es una connotada funcionaria Judicial de la Corte Suprema de la República.
Felicitaciones María Carolina!

Hoy miércoles 07 de Marzo, en el Salón de Grados de la EUPG de la UNFV, el distinguido Abogado JORGE LUÍS MONZÓN FERRER,...
09/03/2018

Hoy miércoles 07 de Marzo, en el Salón de Grados de la EUPG de la UNFV, el distinguido Abogado JORGE LUÍS MONZÓN FERRER, sustentó la Tesis “EL SICARIATO JUVENIL: SANCIONAR AL ADOLESCENTE COMO ADULTO” luego de una ardua sustentación y debate, el Colegiado, aprobó por UNANIMIDAD, optando el Grado Académico de MAESTRO EN DERECHO PENAL.
El Jurado compuesto por el Dr. Uriel Aramayo Cordero, Presidente, Dr. Wilson Aguilar del Águila, miembro, Dr. José Vigil Farías, miembro, y el Dr. Efraín Jaime Guardia Huamaní, Asesor.
El ahora Maestro en Derecho Penal, es un miembro prominente del foro jurídico limeño, destacado académico y universitario.
Felicitaciones Jorge, ¡enhorabuena!

08/03/2018
CUARENTA AÑOS DE ABOGADOUn 10 de Febrero de 1978, en el Salón de Grados de la Facultad de Derecho de la UPSM en ese ento...
09/02/2018

CUARENTA AÑOS DE ABOGADO
Un 10 de Febrero de 1978, en el Salón de Grados de la Facultad de Derecho de la UPSM en ese entonces, en la cuadra 5 de la Avenida Javier Prado San Isidro Lima, luego de una ardua sustentación ante el Jurado presidido por el Maestro Luis Bramont Arias, opté el Título Profesional de Abogado, que he ejercido ininterrumpidamente con valentía y pundonor, sobre todo con mucha honra y lealtad a mis patrocinados.
Son numerosas e importantes las personas, a quienes he defendido legalmente, incluso Magistrados Supremos y de todo nivel, hasta los mediáticos que vemos en prensa diaria.
Enfrentándonos con entes poderosos, como el Ministerio Público, incluso contra el Poder Judicial, la PCM, Ministerio de Economía y Finanzas, Fuero Policial Militar y muchas Etcs. con la gracia de Dios, todos con resultado favorable.
Igualmente distintas Empresas y Entidades Públicas y Privadas, con quien mantenemos estrechos vínculos profesionales y ahora, sociales.
La carrera profesional me ha deparado grandes satisfacciones, básicamente la de sentirme útil, servir a nuestro prójimo y a la comunidad.
En nuestro Estudio Profesional los casos de Alimentos y de Familia, siempre han sido gratuitos a favor del menor, el alimentista o la persona vulnerada.
Nuestra vocación social, es la inicial, en correspondencia al lema de nuestro querido e Ilustre Colegio de Abogados de Lima “ Orabunt causas Melius” ( Defender causas mejores).
La hoja limpia de trayectoria de vida en el CAL así lo evidencia.

Hoy miércoles 07 de Febrero, en el Salón de Grados de la EUPG de la UNFV, el Maestro LIZANDRO RICARDO ZAPATA CORRALES, s...
07/02/2018

Hoy miércoles 07 de Febrero, en el Salón de Grados de la EUPG de la UNFV, el Maestro LIZANDRO RICARDO ZAPATA CORRALES, sustentó la Tesis “EL MINISTERIO PÚBLICO EN EL PROCESO DE COLABORACIÓN EFICAZ” aprobado por UNANIMIDAD, optando el Grado Académico de DOCTOR EN DERECHO.
El Jurado estuvo compuesto por el Dr. Uriel Aramayo Cordero, Presidente y Dr. Wilson Aguilar del Águila , miembro y Dr. Gastón Quevedo Pereyra miembro, así como el asesor del trabajo Dr. Efraín Guardia Huamaní.
El ahora Doctor en Derecho, es un destacado Magistrado del Ministerio Público

Hoy Miércoles 27-12-2017, en el Salón de Grados de la EUPG de la UNFV, ante el Jurado compuesto por: Dr. Uriel Aramayo C...
27/12/2017

Hoy Miércoles 27-12-2017, en el Salón de Grados de la EUPG de la UNFV, ante el Jurado compuesto por: Dr. Uriel Aramayo Cordero, Presidente; Dr. Gastón Quevedo Pereyra, miembro; Dra. Edith Pacora Grados, miembro, y el Dr. José Vigil Farías, Asesor; Don Miguel Ángel Vegas Vaccaro, sustentó la Tesis “Justificación de la Aplicación del Principio de Oportunidad frente al Principio de Legalidad” optando el Grado académico de Maestro en Derecho Penal, luego de un prolongado debate, en el que el graduando mostró sus aptitudes jurídicas como Magistrado del Ministerio Público y Presidente de la Junta de Fiscales Superiores de Lima, siendo aprobado por unanimidad con Excelencia.
Felicitaciones Miguel!

TERAPIA DE GRUPO DEL CMFB XV LIMAAyer Jueves 26 de Octubre, en un Restaurant de San Borja, reunidos los integrantes de l...
27/10/2017

TERAPIA DE GRUPO DEL CMFB XV LIMA
Ayer Jueves 26 de Octubre, en un Restaurant de San Borja, reunidos los integrantes de la Sede Lima CMFB, continuamos con la terapia de grupo, con la importante participación de: , , , , , , , , , , , , .
Ad portas de nuestras Bodas de Oro en Junio del 2018, a celebrarse en Arequipa, en la propia sede de nuestro querido Colegio Militar Francisco Bolognesi.

PUCHA… LA CHINA RAFO LEÓN(A raíz de su artículo de Caretas de 12.10.17)I. La Condena por ofensa a la moral pública y a l...
17/10/2017

PUCHA… LA CHINA RAFO LEÓN
(A raíz de su artículo de Caretas de 12.10.17)
I. La Condena por ofensa a la moral pública y a las buenas costumbres.-
Francia: Palacio de Justicia, Paris, 29 de Enero de 1857, se realiza un largo alegato contra “Madame Bovary” de Gustave Flaubert, acusándola de obscenidad, luego de más de medio año el mismo abogado imperial Ernest Pinard, la emprende contra “Las Flores del mal”, de Charles Baudelaire.
Los ahora, autores más clásicos de la Literatura Francesa, soportaron acusaciones por ofensas a la moral religiosa y moral pública, por lascivos y excesivamente eróticos, media docena de poemas de Las Flores del Mal, se les acusó de “cantar la carne sin amarla”, destilando un veneno embriagante y abyecto, como en “Lesbos”.
La Justicia Francesa, hizo comparecer aparte de los autores, al editor y los distribuidores, dichas obras no obstante de recibir los lauros generalizados de los hombres de letras de toda Europa, fue cuestionada acremente, comparada con El Quijote, Hamlet o Anna Karenina.
La dilucidación del abogado acusador, señalaba que la labor de Flaubert era encomiable, que mostraba gran talento pero “Execrable desde lo moral” el Fiscal, evidenciaba como argumento en contra “el efecto que podía producir la lectura de la obra en el público femenino” Flaubert, a su vez señalaba que “no escribo para muchachitas, escribo para el hombre culto” inútilmente el Abogado de la Defensa, Sénard, pedía que absuelvan a su defendido porque escribía bien, así lo señaló el Tribunal, estableciendo que “la novela carecía de severidad en el lenguaje como para condenar a su he***na, conduciría a un realismo que sería la negación de lo bello y de lo bueno …”
Finalmente se menciona que Flaubert “cometió el error de perder de vista las normas que todo escritor que se respete, nunca debe violar” no obstante, el autor fue absuelto del delito imputado.
Por otro lado, la defensa de Baudelaire “las Flores del Mal” arguyó elementos análogos “que el mal que se pinta, es el mal que se condena” dando lectura a los poemas incriminados, los autores de la época como Balzac, Musset y Béranger, ya habían salido en defensa de su colega, otros señalaban, que existían una antología de fragmentos tan o más obscenos que Las Flores del Mal, en especial, sus poemas “Lesbos” y “Mujeres condenadas”, los más incriminados para el Tribunal Francés, sin embargo, desde el punto de vista poético, los del más alto elogio.
El Tribunal, emitió una Sentencia condenatoria, no por la ofensa a la moral religiosa (que si fueron las Rockeras Rusas, P***y Riot, a prisión efectiva) siendo encontrado culpable por graves ofensas a la moral pública y a las buenas costumbres, Baudelaire, fue sentenciado además, a suprimir seis poemas de su libro y a pagar una multa de trescientos Francos; según la Sentencia su obra “conducía a la excitación de los sentidos, mediante un realismo grosero y ofensivo para el pudor”.
Aparte de la pésima defensa de los dos autores, luego de la sentencia, se inaugura una nueva etapa, lo que Ranciere, llama política de la Literatura “una nueva circulación de lo sensible, democracia de la Literatura, el novelista, fue juzgado, pero finalmente fue absuelto, el poeta si fue condenado.
II. Los adjetivos calificativos de Rafo León en Caretas 12.10.17.-
Este jueves 12 de Octubre, Rafo León, en Caretas, su artículo “Pucha…. ¡ahora se lo pelean! “, emprende contra tirios y troyanos, con una serie de epítetos y adjetivos calificativos, denostando a tres estratos sociales y al Perú en general.
1. Los Pobres y los Provincianos: “cholita con las chapas rojas, la pobre, abrazando su llamita en un cerro de Chuchumarca …” “Maritú… cambió todo por productos sedal y jabones antibacteriales de esos que usan los mineros ilegales”, “ han alquilado una casa horrenda por el Campo de Marte a doscientos soles el mes”, “se va a sentir regio en un cuchitril con las paredes llenas de lamparones de humedad, los pisos de pisopak, yo sé que tú me entiendes, focos de luz colgando sin pantalla ni nada”.
2. A la mujer y a los que tienen otra opción: repite el término ma***ón en sentido ofensivo “ ma***ón farsante” y de todo el texto, parece que el llamado “Periodista” es misógino “turba de gordas Fujimoristas”, “ me tiene con una teta hinchada y la otra por reventar”, tiene aversión por la mujer, olvidando que nació de una de ellas.
3. A los Políticos o Fujimoristas, “dictador piojoso”, “Asesino Maloliente”, “Criminal Pestífero” “Sátrapa Potoapestante”, “para que pinte sus huevadas” “facineroso malandrín”.
La Ley vigente en el Perú.-
La Normatividad actual en el CP art. 130 y siguientes, DELITOS CONTRA EL HONOR, tipifica los delitos de Injuria, Calumnia y Difamación; “el que ofende o ultraja a una persona con palabras, gestos o vías de hecho: Injuria”. “El que atribuye falsamente a otro un delito: Calumnia”. “El que ante varias personas reunidas o separadas, pero de manera que pueda difundirse la noticia, atribuye a una persona, un hecho, una cualidad o una conducta que pueda perjudicar su honor o reputación… Difamación”.
Dicho articulado concordado, con el Acuerdo Plenario Supremo N° 3-2006-CJ-116 (publicado el 29.12.2006) que extensamente desarrolla el Derecho Constitucional a la Libertad de Expresión y de Información, en vinculación con la Sentencia de la Corte Interamericana (CIDH) en la Sentencia Herrera Ulloa vs Costa Rica del 02.07.2004, precisando que el Derecho de Expresión y de Pensamiento, no es absoluto, deben contener tres requisitos:
a. Estar expresamente señalado en la Ley.
b. Estar destinadas a proteger los Derechos o la Reputación de los demás, la protección de la seguridad Nacional, el orden público o la salud moral o pública.
c. Deben ser necesarios en una sociedad democrática.
El Considerando N°10 de dicho Pleno, es Precedente Vinculante y de obligatorio cumplimiento por todos los Jueces de la República, especifica que “ la naturaleza pública de las libertades de información y expresión, vinculadas a la formación de la opinión ciudadana, exige que las expresiones incidan en la esfera pública, no en la intimidad de las personas, ni en la intimidad familiar o en el interés legítimo del público, para su conocimiento; el Considerando N° 11 señala que no están amparadas ( no son legítimas ) las frases injuriosas, los insultos, las insinuaciones insidiosas y vejaciones, con independencia de la verdad”.
Resulta impertinente la idea que exprese y materialice un desprecio por la personalidad ajena, ya que ello está desconectado de su finalidad crítica o informativa, por lo tanto, emplear adjetivos calificativos evidencia menosprecio o animosidad- por la persona- .
Finalmente el Considerando N°13, proscribe las expresiones ultrajantes u ofensivas, sin fundamento y formuladas de mala Fe, que puedan molestar, inquietar o disgustar a quien se dirige.
Si sometiéramos el texto de Rafo León, a la Justicia Francesa de 1857, este sería condenado impíamente (a la guillotina?) a pesar que este, no es ni el taco del zapato de Baudelaire o Flaubert.
Si los agraviados, en el Perú de hoy, sometieran a Proceso por Difamación Agravada (valiéndose de un medio de prensa) al dizque Periodista, obviamente también sería condenado.
La verdad, Rafo León, ya ha sido sentenciado, por sus propios colegas, por la población en general, por las mujeres a quienes repudia, por los pobres del cual hace burla insana, por los políticos a quienes menosprecia vulgarmente, por los Peruanos que saben que la vida y la dignidad son los valores superlativos que consignan la Carta Magna en su primer artículo.
Rafo León, repetitivamente señala “maloliente, pestífero, potoapestante, ma***ón farsante, desgraciado monrero, Etc.” A todas luces necesita frotadas diarias de piedra alumbre por todo el cuerpo, que además de funciones antisépticas, también es usado como desodorante para controlar el olor corporal.
“En los ojos buscaba de su pálida víctima el canto mudo que entona el placer, y esa gratitud infinita y sublime que sale de los párpados cual un largo suspiro” (del poema Mujeres Condenadas, uno de los poemas sentenciados de las Flores del Mal de Baudelaire).
Señor Rafo León, parafraseando su artículo, al final “veamos quien gana, si la República Aristocrática o la Pezuña Popular”.
Los Aristócratas cuentan un dígito, los más, somos la Plebe, el Pueblo, los ciudadanos comunes, la pezuña popular ¿ganamos?
http://caretas.pe/china_tudela/80465-pucha______ahora_se_lo_pelean_
http://www.20minutos.es/noticia/1565743/0/pussy-riot/culpables/delito/

JUSTICIA CAOTICALa población se llena de ira, estupor y de incredulidad contra todo lo que acontece en el Poder Judicial...
03/10/2017

JUSTICIA CAOTICA
La población se llena de ira, estupor y de incredulidad contra todo lo que acontece en el Poder Judicial.
Ayer un Juzgado de Tránsito de Lima, liberó al Reo Guillermo Riera , denunciado por varios delitos, entre ellos, por homicidio, matar a tres personas, no haberlas auxiliado apenas se produjo el suceso, evadir el dosaje etílico (obviamente se encontraba en estado de ebriedad) inmediatamente fugarse a los Estados Unidos, para evitar su responsabilidad.
Largo es el camino, pero aprehendido, purgaba prisión provisional, sin embargo, el PJ de Lima, lo ha liberado, señalando que debe enfrentar el Proceso con calidad de Comparecencia; esto es en libertad.
A la señora Buscaglia, por un manotazo al casco de un Policía, por un berrinche tonto, se le condenó a más de seis años de prisión y purgó carcelería por siete meses, requirió un Indulto del entonces Presidente Humala para salir de prisión.
Existen miles de presos sin condena, que después de largos años son absueltos, lo peor de ello, incriminados por delitos de bagatela, de poca m***a, delitos menores. Los omisos a la obligación alimentaria, suman varios miles en las prisiones del país, horror del Estado de Derecho, que priva a los hijos de su padre y los inutiliza para laborar y cumplir de alguna manera con su deber de cubrir alimentos a sus vástagos.
En el Perú de hoy, jueces y fiscales escamotean la Ley, a su mejor albedrio, señalan en sus instrumentos antojadizamente el texto legal que les conviene, total en este Reino del Señor, Perú país de las maravillas, para todos los gustos hay, al escoger y según su interés.
Falta de liderazgo del PJ y el MP, mano fuerte ausente contra los Magistrados que violan sistemática y ominosamente la Ley, que no conocen lo que es control, total, los órganos de control interno del PJ y del MP están pintados en la pared.
El CNM nombra Jueces, a los peores candidatos, que producen Fallos como el del Reo Guillermo Riera, regresamos al dicho de nuestro Maestro San Marquino, Francisco Rojas Espinoza “Hay que destituir a quien lo nombró”.
El Juez del Primer Juzgado de Tránsito, que ilegalmente liberó a Riera, no desconoce la Ley, está preparado para ser Juez, tiene los estudios necesarios, sabe de la gravedad del hecho y del Derecho aplicable, entonces ¿porque ordenó su libertad? Obviamente hay otro tipo de motivaciones nada cristianas, el PJ, el MP y sus órganos de control deben actuar inmediatamente de oficio, la población se encuentra enardecida por este tipo de Fallos que desprestigian más aun al alicaído Poder Judicial.
El FN que tiene el monopolio de la denuncia contra los Magistrados de la República, hace rato, debió tomar acción inmediata, tanto como contra los fiscales que fundamentan sus resoluciones de lavado de activos con la ejecutoria del Juez Hinostroza, que precisamente el FN impugnó dando lugar al pleno Casatorio en giro, acaso, el MP no es un órgano jerárquicamente organizado?
En esa vieja pugna del Derecho Público, versus Derecho Privado, según Rawls, se privilegia al Derecho privado, así lo establece nuestra Carta Magna, el fundamento de la sociedad y del Estado, es la persona humana, su vida y su dignidad.
Todo ello, lo ha pisoteado el Juez del Primer Juzgado de Tránsito de Lima, quien además se ha abocado indebidamente al caso , el Fiscal y la parte civil, deben tacharlo por incompetente, el llamado por Ley es un Fiscal Penal, ya que los delitos execrables de Riera, son Homicidio ( Por los menos preterintencional) omisión de ayuda a persona en peligro, delito de violencia y resistencia a la autoridad, entre otros, lo que acrecienta su gravedad y lo hace pasible de una larga, muy larga prisión.
En el Perú, entonces matar 3 personas, conducir en ebriedad, evadir su responsabilidad, no pasar el dosaje etílico adrede, fugarse al extranjero, no tiene mayor culpa, solamente hay que tener presente cuánto dinero tenemos para afrontar esa responsabilidad.
http://elcomercio.pe/lima/judiciales/guillermo-riera-empresario-causo-muerte-3-jovenes-costa-verde-sera-liberado-noticia-462584

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