Raúl Pariona - Abogado penalista

Raúl Pariona - Abogado penalista Abogado defensor. Profesor universitario
Socio Director en Pariona Abogados
Derecho penal empresarial
www.rpa.pe
www.linktr.ee/raulpariona Abogado penalista.
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Especialista en Derecho penal. Profesor universitario.

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22/05/2026

Estimada comunidad jurídica, los invitamos a formar parte de nuestro CANAL de Facebook. En este espacio compartimos información de interés jurídico, artículos especializados y jurisprudencia actualizada.

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SEGÚN EL CORTE SUPREMA, EL ASISTENTE DE FISCAL QUE ACTÚA POR ORDEN DE SU SUPERIOR NO COMETE COHECHO PASIVO [CASACIÓN N.°...
22/05/2026

SEGÚN EL CORTE SUPREMA, EL ASISTENTE DE FISCAL QUE ACTÚA POR ORDEN DE SU SUPERIOR NO COMETE COHECHO PASIVO [CASACIÓN N.° 695-2024/CALLAO]

Importante. La Corte Suprema, en la Casación N.° 695-2024/Callao, recalcó que para que un asistente de función fiscal pueda cometer el delito de cohecho pasivo específico, debe tener capacidad real para influir en un asunto sometido a su competencia. En este caso, el asistente de un fiscal elaboró un proyecto de disposición de archivo a cambio de ser incorporado como abogado en una empresa. Sin embargo, luego se comprobó que el acusado sólo actuó por encargo de su superior, pues el proyecto había sido ordenado por el fiscal provincial y ratificado por la Fiscalía Superior. Por lo tanto, no se le podía imputar el delito.

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SEGÚN LA CORTE SUPREMA, EL FUNCIONARIO QUE USA SU CARGO PARA FAVORECER A UN FAMILIAR DETENIDO COMETE PATROCINIO ILEGAL [...
21/05/2026

SEGÚN LA CORTE SUPREMA, EL FUNCIONARIO QUE USA SU CARGO PARA FAVORECER A UN FAMILIAR DETENIDO COMETE PATROCINIO ILEGAL [APELACIÓN N.º 354-2024/DEL SANTA]

Importante. La Corte Suprema, en la Apelación N.º 354-2024/Del Santa, precisó que el delito de patrocinio ilegal no exige una defensa formal en diligencias judiciales, sino que se configura en cualquier acto dirigido en mejorar la situación jurídica del patrocinado. En este caso, la Corte confirmó la condena de una fiscal adjunta que se valió de su cargo para apersonarse e intervenir indebidamente en la comisaría donde su sobrino se encontraba detenido por tocamientos indebidos. La fiscal llegó a opinar sobre una supuesta atipicidad en los hechos y le propuso a la agraviada “llegar a un acuerdo”, indicando que su caso no prosperaría.

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Imágenes de lo que fue el Conversatorio sobre corrupción y criminalidad organizada organizado por Foro Académico de la P...
21/05/2026

Imágenes de lo que fue el Conversatorio sobre corrupción y criminalidad organizada organizado por Foro Académico de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Gracias!

SEGÚN LA CORTE SUPREMA, LOS INFORMES DE SUNAT TIENEN VALOR DE PERICIA INSTITUCIONAL EN DELITOS TRIBUTARIOS [R. N. N.º 11...
20/05/2026

SEGÚN LA CORTE SUPREMA, LOS INFORMES DE SUNAT TIENEN VALOR DE PERICIA INSTITUCIONAL EN DELITOS TRIBUTARIOS [R. N. N.º 1179-2024/LIMA]

Importante. La Corte Suprema, en el Recurso de Nulidad N.º 1179/2024/Lima, precisó que los informes técnicos o contables emitidos por funcionarios de la SUNAT durante procedimiento de fiscalización tienen, para todo efecto legal, valor de pericia institucional (art. 194 del Código Tributario). Ello implica que, por imperio de la ley (sin necesidad de la intervención del juez), los auditores tributarios que los elaboran deben ser considerados peritos y sus informes, prueba pericial. Ello sin perjuicio de que el imputado pueda contradecirlos mediante pericia de parte o prueba documental alternativa, así como interrogar al auditor tributario en el juicio oral.

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SEGÚN LA CORTE SUPREMA, CONDENAR AL ABSUELTO EXIGE UN NUEVO JUICIO SOBRE HECHOS Y DERECHO [APELACIÓN N.º 353-2024/CAJAMA...
19/05/2026

SEGÚN LA CORTE SUPREMA, CONDENAR AL ABSUELTO EXIGE UN NUEVO JUICIO SOBRE HECHOS Y DERECHO [APELACIÓN N.º 353-2024/CAJAMARCA]

Importante. La Corte Suprema, en la Apelación N.º 353-2024/Cajamarca, ha precisado que revocar una absolución y condenar en segunda instancia no basta con realizar un juicio de revisión, exige desplegar nuevamente un juicio de hechos completo. Para ello, el Tribunal debe preguntar al absuelto si volverá a declarar y el Ministerio Público está obligado a solicitar la actuación de pruebas (reiteración o nueva prueba) a fin de preservar los principios de contradicción e inmediación.

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SEGÚN LA CORTE SUPREMA, SE PUEDE CONFIGURAR LA TENTATIVA DE FEMINICIDIO INCLUSO CON LA AUSENCIA DE LESIONES GRAVES [R. N...
18/05/2026

SEGÚN LA CORTE SUPREMA, SE PUEDE CONFIGURAR LA TENTATIVA DE FEMINICIDIO INCLUSO CON LA AUSENCIA DE LESIONES GRAVES [R. N. N.º 281-2025/VENTANILLA]

Importante. La Corte Suprema, en el Recurso de Nulidad N.º 281-2025/Ventanilla, precisó que, en los casos de tentativa de feminicidio, no es necesario que se hayan producido lesiones graves en la víctima (como fracturas o hemorragias) para considerarlo como tal. Lo relevante es la valoración conjunta que permita inferir el ánimo homicida del agente como el medio empleado (objeto contundente) y la zona del ataque (zona vital del cuerpo). En este caso, el uso de un ma****lo dirigido a la cabeza de la expareja permitió inferir razonablemente que el imputado buscaba acabar con su vida.

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📌CASO PPK: EL LAVADO DE ACTIVOS EXIGE QUE SE DIFICULTE LA IDENTIFICACIÓN DEL ORIGEN ILÍCITO DEL BIEN [EXP. N.° 54-2019-3...
15/05/2026

📌CASO PPK: EL LAVADO DE ACTIVOS EXIGE QUE SE DIFICULTE LA IDENTIFICACIÓN DEL ORIGEN ILÍCITO DEL BIEN [EXP. N.° 54-2019-36-5001-JR-PE01]

El Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional declaró fundada la excepción de improcedencia de acción presentada por la defensa del expresidente Pedro Pablo Kuczynski. El juzgado determinó que el delito de lavado de activos (artículos 1 y 2 de la Ley N.° 27765, modificada por el D. Leg. N.° 986) es un delito de resultado. Esto significa que no basta con realizar actos de conversión, transferencia, ocultamiento y tenencia de dinero de origen delictivo; se requiere además que dichas conductas hayan dificultado el rastreo de su origen, incautación o decomiso. Sin ese resultado, no se consuma el ilícito.

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SEGÚN LA CORTE SUPREMA, OPONER RESISTENCIA NO DESVIRTÚA LA AMENAZA O VIOLENCIA EN EL ROBO AGRAVADO [CASACIÓN N.° 2301-20...
15/05/2026

SEGÚN LA CORTE SUPREMA, OPONER RESISTENCIA NO DESVIRTÚA LA AMENAZA O VIOLENCIA EN EL ROBO AGRAVADO [CASACIÓN N.° 2301-2022/AREQUIPA]

Importante. La Corte Suprema, en la Casación N.° 2301-2022/Arequipa, precisó que para configurar el robo agravado no se requiere que la violencia o amenaza venzan totalmente la oposición de la víctima. El hecho de que esta grite, pida auxilio o forcejee no desnaturaliza la existencia de amenaza (vis compulsiva) ni de violencia (vis absoluta) ejercidas por el agente para apoderarse de los bienes. En el caso, las víctimas resistieron activamente, pero ello no impidió acreditar ambas conductas. En consecuencia, se desestimó la alegación del procesado de que la amenaza era inidónea por la resistencia de la víctima.

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No se debe sancionar a una persona dos veces por el mismo hecho.  El "ne bis in idem" como principio jurídico busca raci...
15/05/2026

No se debe sancionar a una persona dos veces por el mismo hecho. El "ne bis in idem" como principio jurídico busca racionalizar la respuesta penal; y, evitar así sanciones desproporcionadas.

Amigos, aquí compartimos una selección de jurisprudencias relevantes sobre éste tema. Para acceder a las Resoluciones en PDF únete a nuestras comunidades. El LINK pueden encontrarlo en el primer comentario.

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SEGÚN LA CORTE SUPREMA, OMITIR EL ANÁLISIS DE LA DECLARACIÓN EXCULPANTE NO VICIA DE MOTIVACIÓN LA SENTENCIA [R. N. N.° 8...
14/05/2026

SEGÚN LA CORTE SUPREMA, OMITIR EL ANÁLISIS DE LA DECLARACIÓN EXCULPANTE NO VICIA DE MOTIVACIÓN LA SENTENCIA [R. N. N.° 803-2025/LIMA SUR]

Importante. La Corte Suprema, en el Recurso de Nulidad N.° 803-2025/Lima Sur, precisó que omitir en la sentencia el análisis de la declaración no corroborada del imputado no vicia de motivación ni invalida la condena. Se señaló que la declaración exculpante del acusado es solo un acto de defensa, por lo que, si carece de corroboración periférica, no puede generar duda razonable. En este caso, la declaración del acusado no contaba con respaldo probatorio, en contraste al testimonio de los agraviados. Por ello, la Corte declaró no haber nulidad y ratificó la condena.

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/ / / / exculpatoria / /

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