01/09/2025
¿Es posible sancionar disciplinariamente a un trabajador por mantener una relación sentimental con un compañero de trabajo?
En una reciente y relevante sentencia, el Tribunal Constitucional ha precisado que no, ya que un vínculo afectivo no constituye, por sí mismo, una conducta indebida. Sin embargo, aun es posible sancionar otros actos derivados de dicha relación.
Adjunto la sentencia para su consulta.
https://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2025/04667-2022-AA.pdf