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Brindamos asesoria especializada desde el nacimiento de tu empresa, hasta el desarrollo y crecimiento, contamos con un grupo de profesionales especializados en el trabajo de micro y pequeña empresa, dispuestos a servirte en la mejor asesoría preventiva y dar la mejor solución para tus problemas administrativos, contables, legales, entre otros.

🔔ATENCION EMPRENDEDORES🔔🚨Empleador debe verificar que trabajadores no permanezcan en instalaciones más allá del horario ...
01/12/2022

🔔ATENCION EMPRENDEDORES🔔
🚨Empleador debe verificar que trabajadores no permanezcan en instalaciones más allá del horario de trabajo
🎯Resolución 631-2021-SUNAFIL/TF
🔝“Fundamento destacado: 6.12 Sobre la base de la normativa antes señalada, es claro que el trabajo en sobretiempo se puede realizar con la autorización expresa o tácita del empleador. Sin embargo, si la autorización es tácita, el solo hecho de que el trabajador acredite haberse quedado a laborar más allá de la hora de salida del centro de labores, genera la presunción de que ha realizado trabajo sobretiempo con autorización del empleador, correspondiendo a este último la carga probatoria de demostrar que el trabajador permaneció en las instalaciones de la empresa por cualquier otra razón distinta a la de ejecutar trabajo adicional, de acuerdo a lo señalado por la Corte Suprema en la Casación Laboral N° 17885-2017-DEL SANTA, pues corresponde a los empleadores fiscalizar que sus trabajadores no permanezcan en el centro laboral luego de su hora de salida, ya que, de ocurrir ello, se presumirá que dicha permanencia ha sido acordada con el empleador y que, por ende, debe ser remunerada como trabajo en sobretiempo.


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🚨ATENCION CIUDADANIA🚨🎯¿Empiezas a notar un ambiente hostil en el trabajo o que tus opiniones ya no son tomadas en cuenta...
01/12/2022

🚨ATENCION CIUDADANIA🚨
🎯¿Empiezas a notar un ambiente hostil en el trabajo o que tus opiniones ya no son tomadas en cuenta? , ¿La tensa situación en la oficina te hace sospechar que en cualquier momento tu jefe o el personal de Recursos Humanos te comunicará que tus días en la empresa tiene fecha de caducidad?, ¿Qué puedes hacer si crees que te van a despedir?
✔Estas son algunas de las interrogantes que atribulan a los trabajadores a menudo. Por eso, te explicamos paso a paso qué hacer si la empresa llega a prescindir de tus servicios.
✔Un despido no es una buena noticia para nadie, pero si tienes indicios de que eso sucederá, es mejor que tengas un plan B y lo pongas en marcha cuanto antes. En Gestión te damos algunas recomendaciones.
🔔1. Pregunta por tu situación
🔔2. Busca trabajo
🔔3. Reduce gastos
🔔4. Piensa en trabajar como freelance
🔔5. Infórmate sobre tus derechos
🔔6. Trabaja bien hasta tu salida

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🔔ATENCION EMPRENDEDORES🔔🚨¿COMO RENUNCIAR A TU TRABAJO?🎯Existen 2 tipos de renuncias: ✔En la renuncia simple, el trabajad...
30/11/2022

🔔ATENCION EMPRENDEDORES🔔
🚨¿COMO RENUNCIAR A TU TRABAJO?
🎯Existen 2 tipos de renuncias:
✔En la renuncia simple, el trabajador debe comunicar a su empleador con 30 días de anticipación y teniendo claro que esos días ejercerá su trabajo con normalidad hasta la fecha prevista.
✔En la renuncia con exoneración, el trabajador comunica a su empleador que por distintas razones no puede esperar los 30 días que la ley menciona, en lo cual pide lo exonere de ello. Una vez presentada la carta el trabajador debe esperar 3 días hábiles, donde vera si su renuncia fue acepta o rechazada.


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🔔ATENCION CIUDADANIA🔔🚨¿Cuándo prescribe el delito de omisión de asistencia familiar? 🎯RN 1372-2018, Callao🔝Fundamento de...
28/11/2022

🔔ATENCION CIUDADANIA🔔
🚨¿Cuándo prescribe el delito de omisión de asistencia familiar?
🎯RN 1372-2018, Callao

🔝Fundamento destacado: Para los efectos de la prescripción en relación al delito de incumplimiento de obligación alimentaria, establecido en el primer párrafo del artículo ciento cuarenta y nueve del Código Penal, se debe tomar en cuenta, que se trata de un delito de comisión instantánea pero de efectos permanentes; para ello, conforme se verifica de los actuados el delito atribuido a Félix Minaya Bisso, se consumó cuando este tomó conocimiento de la resolución por la cual se le requiere el pago de las pensiones alimenticias devengadas, bajo apercibimiento de remitirse las copias correspondientes al Ministerio Público.”


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🔔ATENCION EMPRENDEDORES🔔🚨Mejor derecho de propiedad: entre un título de propiedad adquirido por prescripción adquisitiva...
11/10/2022

🔔ATENCION EMPRENDEDORES🔔
🚨Mejor derecho de propiedad: entre un título de propiedad adquirido por prescripción adquisitiva y otro adquirido por compraventa prevalece el primero
🎯Casación 2063-2018, Huaura

🔝“Se acredita el mejor derecho de propiedad de la parte demandada, al haberse establecido a su favor mediante sentencia judicial, la propiedad por prescripción adquisitiva del predio de litis, la misma que es consentida, más aún si se considera que la parte demandante tuvo conocimiento oportuno de dicho proceso de prescripción, no realizando actos procesales para su incorporación al mismo”.


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🔔ATENCION EMPRENDEDORES🔔🚨FALTAS EN EL AMBITO LABORAL🚨🔝¿QUÉ DEBE HACER LA EMPRESA CUANDO EL TRABAJADOR COMETE UNA FALTA?E...
26/09/2022

🔔ATENCION EMPRENDEDORES🔔
🚨FALTAS EN EL AMBITO LABORAL🚨

🔝¿QUÉ DEBE HACER LA EMPRESA CUANDO EL TRABAJADOR COMETE UNA FALTA?
El principio de inmediatez nos señala que debe existir un plazo breve entre el hecho por el cual se motive aplicar una sanción y la aplicación de la sanción misma.

🔝¿Qué sucedería si no se aplica este principio?
De no existir una proximidad entre la aplicación de la sanción y el conocimiento de la hecho o falta, se podría sobreentender un situación de “perdón tácito” lo cual implicaría la no existencia de una infracción.

🔝¿Debe la empresa entonces sancionar rápidamente?
No, las empresas ante todo deben garantizar el correcto procedimiento de investigación y sanción (informe de auditoría, requerimiento de información, pericias y otros) para determinar la configuración de la falta y que el trabajador pueda ejercer su derecho de defensa.

🔝¿Hay pronunciamiento del Tribunal Constitucional sobre este principio?
En la reciente Casación Laboral N° 4799-2019-La Libertad nos indica que no se vulnera el principio de inmediatez si transcurre un año entre el conocimiento de la falta y la aplicación del despido, pues este plazo puede ser razonable si existió un procedimiento de investigación con el cual se emitió un informe el cual sustente las irregularidades del detectadas por el empleador.


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🚨Atención EMPRESARIOS EMPRENDEDORES🚨📌Precedente Sunafil: hechos constatados durante la fiscalización prevalecen sobre do...
21/09/2022

🚨Atención EMPRESARIOS EMPRENDEDORES🚨
📌Precedente Sunafil: hechos constatados durante la fiscalización prevalecen sobre documentos presentados por la empresa inspeccionada
🎯[Res. 006-2022-Sunafil/TLF]

Se ESTABLECE como precedentes administrativos de observancia obligatoria los criterios expuestos en los fundamentos 6.22, 6.23 y 6.24.

6.22 En tal sentido, el principio de primacía de realidad tiene la virtud de proporcionar al órgano administrativo, dentro de un procedimiento sancionador, una importante herramienta conceptual, orientada a superar formalidades con las que eventualmente se hubiere revestido un acto jurídico laboral para encontrar el trasfondo de la verdadera naturaleza de la relación laboral entre el sujeto inspeccionado y el trabajador o trabajadores afectados; descartando de esta manera las actitudes que en fraude a la ley hubieren podido consumarse, incluso con aceptación del trabajador.

6.23 Por lo anotado, en caso de discordancia entre los hechos constatados en la fiscalización y los documentos o acuerdos formales establecidos por el sujeto inspeccionado, debe darse preferencia a los primeros. (...)

6.24 Debe precisarse que la aplicación del principio de primacía de la realidad, por parte de la autoridad administrativa, debe estar debidamente motivado y sustentado en lo actuado en el procedimiento fiscalizador y en el procedimiento administrativo sancionador. En cada ámbito, se debe analizar si existe un correcto examen de los hechos y de su verificación; toda vez que la invocación a este principio debe estar justificada en la comprobación directa o indirecta de la infracción imputada.


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🚨Atención Ciudadanía🚨📌Sunarp: cómo inscribir el cambio de características de tu vehículo📌🔝Uno de los trámites más demand...
21/09/2022

🚨Atención Ciudadanía🚨
📌Sunarp: cómo inscribir el cambio de características de tu vehículo📌
🔝Uno de los trámites más demandados por quienes acuden al Registro Vehicular es el de la inscripción del cambio de características de un vehículo. Si estás pensando en cambiar el color, motor o sistema de combustible de tu automóvil, debes registrarlo obligatoriamente en la Sunarp, pues circular con características diferentes a las señaladas en la Tarjeta de Identificación Vehicular (TIV o TIVe) constituye una infracción grave y podrías ser multado, además de la retención de tu vehículo.

Los cambios que deben registrarse obligatoriamente ante la Sunarp son los siguientes:

🔔Color
🔔Tipo de combustible
🔔Motor
Para el cambio de motor, se deberá presentar los documentos que acrediten la adquisición legal del nuevo motor (boleta o factura de adquisición en donde conste el nombre del propietario del vehículo). En caso el cambio de motor modifique la cilindrada, potencia y/o tipo de combustible, será necesaria la presentación de un certificado de conformidad de modificación expedido por una entidad autorizada por el Ministerio de Trasportes y Comunicaciones.
En el área de caja debes cancelar la tasa registral (S/ 41.00).

🔔Para solicitar la inscripción de los cambios, el titular registral o su representante debidamente facultado deberá acudir a una oficina registral y presentar el formato de la Sunarp, debidamente llenado, además de los documentos que correspondan según el cambio realizado. Luego, mediante el uso del sistema de verificación biométrica por comparación de huella dactilar del Reniec, se comprobará su identidad. En este caso, también se ha suprimido la exigencia de la certificación notarial de firma.


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🚨Atención CIUDADANIA🚨📌NUEVO BONO YANAPAY alimentario de S/ 270¿QUIÉNES SERÁN BENEFICIADOS CON EL BONO?🔔El bono está diri...
19/09/2022

🚨Atención CIUDADANIA🚨
📌NUEVO BONO YANAPAY alimentario de S/ 270

¿QUIÉNES SERÁN BENEFICIADOS CON EL BONO?
🔔El bono está dirigido a más de 4 millones de personas mayores de edad en situación de vulnerabilidad económica ante el incremento de precios de los alimentos. Estos son los potenciales beneficiarios.
🔔Deben tener condición de pobreza y pobreza extrema, de acuerdo con el Padrón General de Hogares (PGH) del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH),
Estar en el Registro Nacional para medidas COVID-19 en el marco de la Emergencia Sanitaria (Registro Nacional),
🔔El ingreso mensual de sus hogares no debe superar el monto de la remuneración mínima vital de S/1,025.00.
🔔No deben estar registrados en planilla pública y privada, exceptuándose a los pensionistas, sobrevivientes y a la modalidad formativa.
Pertenecer a hogares de los programas Juntos, Contigo y Pensión 65 que no hayan recibido la subvención adicional extraordinaria que se viene entregando desde agosto último.
¿CUÁNDO PAGARÁN EL BONO ALIMENTARIO?
🔔El Ministerio de Desarrollo en Inclusión Social (Midis) informó que el 23 de septiembre tendrían el padrón de los beneficiarios por lo que se estima que el pago se empezaría a efectuar en el mes de octubre.

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🚨Atención EMPRESARIOS EMPRENDEDORES🚨📌CONOZCA LAS PRINCIPALES DIFERENCIAS ENTRE EL TRABAJO REMOTO Y EL TELETRABAJO.      ...
13/09/2022

🚨Atención EMPRESARIOS EMPRENDEDORES🚨
📌CONOZCA LAS PRINCIPALES DIFERENCIAS ENTRE EL TRABAJO REMOTO Y EL TELETRABAJO.


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🚨Atención Ciudadanía🚨📌Empleadores pagarán recibos de internet de empleados en teletrabajo📌🔝Congreso aprobó por insistenc...
12/09/2022

🚨Atención Ciudadanía🚨
📌Empleadores pagarán recibos de internet de empleados en teletrabajo📌
🔝Congreso aprobó por insistencia ley de teletrabajo

Ni bien se implemente la norma, los trabajadores tendrán la obligación de no solo pagar el salario de sus trabajadores, también deberán pagar los gastos por el uso de internet y energía eléctrica por parte de sus colaboradores.

🎯Con el TELETRABAJO, el empleador tendrá tres opciones. La primera es que la empresa entregue equipos tecnológicos y asuma el gasto de los servicios, pero también el trabajador podrá utilizar sus equipos y asumir el costo de luz e internet, a cambio de una compensación mensual de su contratante.

Sin embargo, habrá casos excepcionales donde el trabajador tendrá que asumir los costos del teletrabajo. Además, el laboralista aclaró que el empleador no será responsable por labores hechas en espacios coworking o fuera del hogar.

🎯¿Cómo será la compensación al trabajador?

Si es una empresa privada, la compensación será mensual, mientras que el Estado tendrá que realizar el pago de acuerdo a la disponibilidad presupuestal. Solo las medianas y pequeñas empresas no asumirán el costo del teletrabajo.

🎯¿Cuándo empezará a aplicar el teletrabajo?

La ley deberá ser publicada en el diario oficial El Peruano, luego de eso, las empresas tendrán 60 días para implementarlo, lo que quiere decir que estos pagos tendrían que adecuarse a principio de noviembre.


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🚨Atención Ciudadanía🚨📌Trabajadores estatales: estos son los requisitos para acceder a créditos hipotecarios del BN🔝🚨Tasa...
04/05/2022

🚨Atención Ciudadanía🚨
📌Trabajadores estatales: estos son los requisitos para acceder a créditos hipotecarios del BN
🔝🚨Tasa preferencial puede bajar hasta 5.5%. También se puede acceder a traslado de deuda hipotecaria.🔝🚨
✔El Banco de la Nación impulsa una campaña de otorgamiento de créditos hipotecarios con tasas de interés preferenciales a los trabajadores del sector público, para que hagan realidad el sueño de la casa propia.
Pero ¿ cuáles son los requisitos para acceder a una evaluación y conseguir el crédito hipotecario del Banco de la Nación? A continuación, les detallamos algunos:
• Ser trabajador público nombrado, con contrato a plazo indeterminado o pensionista con una cuenta de ahorros en el Banco de la Nación para el depósito de sus ingresos.
• Un año de antigüedad laboral.
• Percibir ingresos mensuales mayores a 800 soles.
• Tener entre 18 y 65 años.
El jefe de créditos hipotecarios del Banco de la Nación, Piero Flores, destacó que en el caso de los trabajadores de “primera línea” (Fuerzas Armadas, Policía Nacional, sectores Educación y Salud) podrán acceder a una tasa de interés efectiva anual (TEA) fija de 5.5% para cualquier modalidad de crédito hipotecario: compra o mejoramiento, ampliación y/o remodelación de vivienda.

“Además, los trabajadores del sector público y pensionistas podrán acceder a créditos hipotecarios con plazos hasta 25 años a una tasa interés efectiva anual desde 5.5%, lo que comparativamente representará una cuota mensual más baja y un alivio financiero para obtener una mejor calidad de vida”, indicó.
La entidad también impulsa una fuerte campaña de traslado de deuda hipotecaria para todo el sector público con una TEA de 5.5% anual, una TCEA especial, y a un plazo de hasta 25 años.


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