30/12/2024
En un hospedaje de la ciudad de Iquitos, Juan P. se encontraba desnudo con dos de sus alumnas menores de edad. Días antes, estas menores lo habían citado a dicho lugar a fin de mantener relaciones sexuales. Antes de que iniciara el acto, la policía ingresó a la habitación y lo detuvo. En su poder encontraron dos videos en donde se le observaba mientras mantenía relaciones con sus alumnas. Meses después, ya en la etapa intermedia, mi persona asumió el caso. Desde el primer momento me planteé una interrogante: si la libertad sexual implica mantener relaciones de la manera en que uno decida, ¿por qué esa misma libertad sexual no permitiría grabar el acto sexual en soporte fílmico?
Si deseas saber como se logró el sobreseimiento del proceso, te invito al II taller de resolución de casos.