25/04/2023
PERMISO DE VIAJE PARA MENOR.
Para salir del Perú, ya sea solos, en compañía de uno de sus padres o acompañados de otro adulto, los menores de edad requieren una autorización de viaje, documento que permitirá al menor pasar los controles migratorios.
Cuando el menor viaja con ambos padres no se necesita tramitar la autorización, pero si viaja solo con uno de ellos, se necesita el permiso del progenitor que no viaja. En caso viaje solo o acompañado de otro adulto, ambos padres deben firmar la autorización.
Los tipos de autorización de viaje dependen de las circunstancias del viaje del menor:
* Si el menor de edad va a viajar fuera del Perú solamente con uno de sus padres, acompañado de otro adulto o sin compañía, los progenitores deben ir a una notaría para tramitar una Autorización de Viaje Notarial.
* Si el menor de edad va a viajar fuera del Perú y faltan ambos padres, uno de los padres está ausente o no está de acuerdo con el viaje (hay disentimiento), un juez del Juzgado de Familia puede permitirlo con una Autorización de Viaje Judicial.
* Si uno o ambos padres se encuentran en el extranjero se debe tramitar una Autorización de Viaje Consular en alguna representación consular peruana, la misma que debe legalizarse en el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú.
Autorización Notarial
Es un documento certificado notarialmente por el cual los padres autorizan el viaje de su hijo menor de edad dentro o fuera del territorio peruano, para que viaje solo, acompañado por uno de ellos o por otro adulto.
El documento debe tener la firma del notario y también:
Dentro del país
* Si el menor viaja solo: la firma de uno de los padres.
* Si el menor viaja con uno de los padres dentro del país: no necesita permiso.
Fuera del país
* Si el menor viaja solo: la firma de ambos padres.
* Si el menor viaja con uno de los padres: la firma del padre o madre que no lo acompaña.
* Si el menor viaja con un tercero: la firma de ambos padres.
Esta autorización tiene una vigencia de 90 días y debes entregarla a la autoridad migratoria peruana para que permita la salida del país del menor y es válida solo por una vez.
Requisitos
Dentro del país
* Partida de nacimiento original y actualizada del menor.
* DNI del menor de edad.
* DNI del padre o de la madre.
* En caso de fallecimiento de uno de los padres o si el hijo está reconocido solo por uno de ellos, bastará el consentimiento del padre que sobreviva o de aquel que efectuó el reconocimiento (el permiso notarial debe constar haber tenido a la vista la partida de defunción o la de nacimiento correspondiente).
Fuera del país
* Partida de nacimiento original y copia del menor de edad.
* DNI/Pasaporte del menor de edad.
* DNI/Pasaporte de los padres.
* En el caso de padres extranjeros: el documento de identidad o pasaporte que lo identifique.
* Cuando solo uno de sus padres ha reconocido al menor: basta con el consentimiento de este.
* Cuando uno de los padres ha fallecido: copia del acta de defunción.
* Si el menor tiene un apoderado: poder y otros documentos que lo acrediten como tal.
* Si uno de los padres se encuentra en el extranjero: Autorización de Viaje Consular y luego legalizarla en el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú.
* Si el menor cuyo padre o madre está en el extranjero va a viajar con una tercera persona: Autorización de Viaje Consular otorgada por el padre que está fuera del país, legalizada en el Ministerio de Relaciones Exteriores, y la Autorización de Viaje Notarial del padre que permanece en el Perú (el padre que está en el Perú y viajará con el menor solo necesita la Autorización de Viaje Consular legalizada para salir del país con su hijo).
Es importante que los datos del documento del menor coincidan con los documentos presentados por los padres.
Autorización Judicial
Se puede solicitar al Juzgado de Familia la Autorización de Viaje Judicial para un menor de edad cuando no hay acuerdo entre los padres para el viaje del menor, cuando uno de los padres está ausente/desaparecido o cuando la situación no aplica para obtener la Autorización de Viaje Notarial, entre otros casos.
Esta autorización es válida solo por una vez y debe ser entregada a la autoridad migratoria peruana con la sentencia y la firma del Juez de Familia para que permita la salida del país del menor.
Requisitos
* Partida de nacimiento del menor original y copia. (Si el menor tuviera partida extranjera, debe estar traducida al castellano.)
* Copia del documento de identidad del solicitante.
* Otros documentos pueden ser solicitados que dependerán del caso específico del que se trate.
Autorización Judicial
Hazlo en 4 pasos
1 . Realiza el pago:
Paga la tasa judicial de S/ 70.00 por cada menor, en una agencia o agente del Banco de la Nación u otras entidades y/o plataformas financieras autorizadas.
2 . Presenta los documentos
El responsable del menor debe presentar la documentación en la mesa de partes del Juzgado de Familia. El mismo día de la presentación del documento el solicitante pasará una entrevista en compañía del menor para la toma de declaraciones.
3 . Evaluación
Luego de evaluar los documentos y pruebas, el Juzgado de Familia puede extender la Autorización de Viaje Judicial.
En caso el padre o madre se encuentre con paradero desconocido, el Juzgado ordenará que se le notifique mediante la publicación de edictos en el portal del Poder Judicial, periódico, boletines oficiales y tablón de anuncios del juzgado. Para responder a los edictos, el padre o madre tendrá un plazo de 15 días si está en el país y de 30 días si está en el extranjero. Asimismo, el Juzgado puede solicitar a Migraciones el movimiento migratorio del padre o madre ausente.
4 . Recibe la autorización
Finalmente recibirás la autorización con la sentencia y la firma del Juez de Familia . Recuerda que es válida solo por una vez y debe ser entregada a la autoridad migratoria peruana para que permita la salida del país del menor.
(FUENTE: Migración, Turismo y Viajes).