14/04/2026
El Poder Judicial viene dejando un mensaje claro: el período de prueba no autoriza a despedir por razones personales, subjetivas o ajenas al trabajo.
Es decir, si el cese no se basa en el desempeño laboral, la empresa podría terminar asumiendo responsabilidades legales. ⚖️
💡 Muchas empresas piensan que, por estar dentro del período de prueba, tienen libertad total para cesar. Pero no es así. La decisión debe estar vinculada al rendimiento, adaptación al puesto o cumplimiento de funciones, no a temas personales como deudas o problemas extralaborales.
📌 Este criterio marca un punto clave para empleadores, gerencias y RR.HH.
👉 Haz clic en el enlace y revisa la nota completa para conocer qué dijo el Poder Judicial y qué debes tomar en cuenta para evitar contingencias laborales.
https://www.ribeiroymdl.pe/despido-periodo-prueba-motivo-no-laboral-peru/
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¿Se puede despedir en período de prueba por motivos personales? Conoce el criterio del Poder Judicial en Perú y los riesgos legales para la empresa si el cese no está vinculado al desempeño laboral.