17/01/2023
CONTRATOS INMOBILIARIOS
¿Es necesario elevar a Escritura Pública e inscribir en Registros Públicos los contratos que recaen sobre mi inmueble?
SÍ.
Primero, es importante reconocer que un contrato bien redactado, que incluya cada una de las cláusulas de hecho y de derecho, siempre será un documento que resguardará tus intereses. Por ende, principalmente será importante contar con la asesoría adecuada para conseguirlo.
Segundo, SOLO una vez que cuentes con un contrato que cumpla con los requisitos necesarios para poder cuidar tus intereses personales, será necesario que busques una Notaría de confianza para poder elevarlo a Escritura Pública y posteriormente, inscribirlo en Registros Públicos. Por un lado, la Escritura Pública hará que tu contrato privado pase a ser un documento público y tenga mayor carácter de veracidad frente a futuras disputas e inconvenientes. Por otro lado, Registros será aquella entidad que se encargue de publicar y proteger tu derecho frente a los terceros que estén interesados de alguna forma en lo que te pertenece o posees.
Tercero, ¿Dr. entonces mi contrato privado no es válido? Es completamente válido. El punto importante de elevarlo a Escritura Pública es que muchas de las cláusulas legales, según norma, para sus efectos y validez tienen como requisito el deber de estar en un documento como la Escritura Pública. Esto significa que, solo una vez que tu contrato privado pase a ser un documento público las cláusulas que contiene podrán tener efecto, tales como: la cláusula de allanamiento a futuro que solo es válida si consta redactada en Escritura Pública.
Cuarto, tener en consideración los puntos anteriormente mencionados podrán evitarte un dolor de cabeza posterior frente a inquilinos morosos o compradores incumplidos en los pagos. Por ello, buscar la mejor asesoría en todo tu proceso de adquisición, arrendamiento u otro derecho sobre tu propiedad siempre te traerá mayores beneficios personales y ganancias económicas.
Finalmente, la parte más interesante de los proyectos es cuando se cierran los tratos y solo cabe la satisfacción por otro trabajo culminado de manera positiva.
Kevin S. Mateus
Asesor legal
Tlf. 991631163