Santa Cruz Abogados & Consultores Asociados

  • Casa
  • Peru
  • Lima
  • Santa Cruz Abogados & Consultores Asociados

Santa Cruz Abogados & Consultores Asociados Nuestro estudio está conformado por abogados con amplia experiencia en litigios, asesoría y soluc

Santa Cruz Abogados & Consultores Asociados queremos desearle un feliz cumpleaños a nuestro Fundador y Abogado Principal...
18/03/2026

Santa Cruz Abogados & Consultores Asociados queremos desearle un feliz cumpleaños a nuestro Fundador y Abogado Principal el Dr. Robinson Santa Cruz Ambrocio y desearle que tenga un excelente día junto a sus seres queridos. Robinson Santa Cruz Ambrocio🥳🥳

𝗖𝗔𝗦𝗢 𝗗𝗘 𝗘́𝗫𝗜𝗧𝗢 – 𝗣𝗥𝗢𝗣𝗜𝗘𝗗𝗔𝗗 𝗢𝗕𝗧𝗘𝗡𝗜𝗗𝗔 𝗣𝗢𝗥 𝗣𝗥𝗘𝗦𝗖𝗥𝗜𝗣𝗖𝗜𝗢́𝗡 𝗔𝗗𝗤𝗨𝗜𝗦𝗜𝗧𝗜𝗩𝗔 𝗗𝗘 𝗗𝗢𝗠𝗜𝗡𝗜𝗢La Sala Civil confirmó la sentencia favorabl...
23/02/2026

𝗖𝗔𝗦𝗢 𝗗𝗘 𝗘́𝗫𝗜𝗧𝗢 – 𝗣𝗥𝗢𝗣𝗜𝗘𝗗𝗔𝗗 𝗢𝗕𝗧𝗘𝗡𝗜𝗗𝗔 𝗣𝗢𝗥 𝗣𝗥𝗘𝗦𝗖𝗥𝗜𝗣𝗖𝗜𝗢́𝗡 𝗔𝗗𝗤𝗨𝗜𝗦𝗜𝗧𝗜𝗩𝗔 𝗗𝗘 𝗗𝗢𝗠𝗜𝗡𝗜𝗢

La Sala Civil confirmó la sentencia favorable obtenida por nuestro Estudio Jurídico, declarando propietario a nuestro patrocinado tras acreditarse:

✔ Más de 10 años de posesión
✔ Posesión pacífica
✔ Posesión pública
✔ Posesión continua
✔ Actuación como propietario (animus domini)

Defendemos derechos con estrategia, prueba sólida y resultados en segunda instancia.

📌 ¿Vives en un inmueble por más de 10 años y cumples con estos requisitos? Podrías convertirte en propietario.

📩 Escríbenos por interno y evaluamos tu caso.
972 653 644 - Av. Cayetano Heredia 494 - Jesús María

́xito

⚠️ Evita la suspensión de tu REINFO¿Aún no presentas tu declaración semestral?No declarar dentro del plazo de ley puede ...
26/01/2026

⚠️ Evita la suspensión de tu REINFO

¿Aún no presentas tu declaración semestral?

No declarar dentro del plazo de ley puede generar observaciones y la suspensión de tu inscripción en el REINFO.

👉 El plazo vence este 30 de enero.

Contamos con asesoría jurídica especializada en formalización minera para que declares tu producción correctamente y continúes operando de forma legal, segura y continua.

📲 Escríbenos al 972 653 644 y evita sanciones.

𝗗𝗘𝗖𝗥𝗘𝗧𝗢 𝗟𝗘𝗚𝗜𝗦𝗟𝗔𝗧𝗜𝗩𝗢 𝟭𝟲𝟵𝟲 - 𝗠𝗢𝗗𝗜𝗙𝗜𝗖𝗔𝗡 𝗖𝗢́𝗗𝗜𝗚𝗢 𝗣𝗘𝗡𝗔𝗟 𝗣𝗔𝗥𝗔 𝗙𝗢𝗥𝗧𝗔𝗟𝗘𝗖𝗘𝗥 𝗘𝗟 𝗣𝗥𝗜𝗡𝗖𝗜𝗣𝗜𝗢 𝗗𝗘 𝗔𝗨𝗧𝗢𝗥𝗜𝗗𝗔𝗗El Ejecutivo publicó el Decr...
21/01/2026

𝗗𝗘𝗖𝗥𝗘𝗧𝗢 𝗟𝗘𝗚𝗜𝗦𝗟𝗔𝗧𝗜𝗩𝗢 𝟭𝟲𝟵𝟲 - 𝗠𝗢𝗗𝗜𝗙𝗜𝗖𝗔𝗡 𝗖𝗢́𝗗𝗜𝗚𝗢 𝗣𝗘𝗡𝗔𝗟 𝗣𝗔𝗥𝗔 𝗙𝗢𝗥𝗧𝗔𝗟𝗘𝗖𝗘𝗥 𝗘𝗟 𝗣𝗥𝗜𝗡𝗖𝗜𝗣𝗜𝗢 𝗗𝗘 𝗔𝗨𝗧𝗢𝗥𝗜𝗗𝗔𝗗

El Ejecutivo publicó el Decreto Legislativo 1696, que modifica el Código Penal para fortalecer el principio de autoridad. La norma, emitida al amparo de las facultades delegadas por la Ley 32527, introduce cambios en los artículos 57 y 368.

El decreto endurece la sanción por el delito de resistencia o desobediencia a la autoridad (art. 368): quien desobedezca o se resista a una orden legal impartida por un funcionario público en ejercicio de sus funciones —salvo que se trate de la propia detención— será castigado con pena de 5 a 8 años de prisión.

Además, se ajustan las reglas para la suspensión de la ejecución de la pena (art. 57). Se mantiene como regla general que procede cuando la condena no supera 5 años, pero se incorpora una excepción para condenas de hasta 8 años si el condenado no tiene antecedentes penales y es menor de 25 años al momento del delito, bajo una exigencia de motivación reforzada. También se precisa que la suspensión es inaplicable para determinados delitos, incluyendo varios casos de corrupción, violencia y criminalidad organizada.

👷🏻 𝗗𝗘𝗖𝗥𝗘𝗧𝗢 𝗟𝗘𝗚𝗜𝗦𝗟𝗔𝗧𝗜𝗩𝗢 𝟭𝟲𝟵𝟱 - 𝗠𝗢𝗗𝗜𝗙𝗜𝗖𝗔𝗡 𝗖𝗢́𝗗𝗜𝗚𝗢 𝗣𝗘𝗡𝗔𝗟 𝗣𝗔𝗥𝗔 𝗖𝗢𝗠𝗕𝗔𝗧𝗜𝗥 𝗘𝗟 𝗗𝗘𝗟𝗜𝗧𝗢 𝗗𝗘 𝗠𝗜𝗡𝗘𝗥𝗜́𝗔 𝗜𝗟𝗘𝗚𝗔𝗟El Decreto Legislativo 1...
20/01/2026

👷🏻 𝗗𝗘𝗖𝗥𝗘𝗧𝗢 𝗟𝗘𝗚𝗜𝗦𝗟𝗔𝗧𝗜𝗩𝗢 𝟭𝟲𝟵𝟱 - 𝗠𝗢𝗗𝗜𝗙𝗜𝗖𝗔𝗡 𝗖𝗢́𝗗𝗜𝗚𝗢 𝗣𝗘𝗡𝗔𝗟 𝗣𝗔𝗥𝗔 𝗖𝗢𝗠𝗕𝗔𝗧𝗜𝗥 𝗘𝗟 𝗗𝗘𝗟𝗜𝗧𝗢 𝗗𝗘 𝗠𝗜𝗡𝗘𝗥𝗜́𝗔 𝗜𝗟𝗘𝗚𝗔𝗟

El Decreto Legislativo 1695 se publicó este martes en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, tras ser aprobado por el Consejo de Ministros hace unos días.

La norma modifica los artículos 307-A, 307-E y 307-F e incorpora el artículo 307-G al Código Penal, Decreto Legislativo Nº 635.

Se incorpora en el delito de minería ilegal a quienes obtengan algún tipo de beneficio o efectúen alguna otra actividad minera, según la ley que regula dicha actividad.

Además, se sanciona con pena privativa de la libertad no menor de seis años ni mayor de nueve años y con 100 a 600 días-multa a quienes incurran en el delito de tráfico ilícito de insumos químicos y maquinarias destinados a minería ilegal.

De igual modo, se endurecen las p***s por tráfico ilícito de recursos minerales provenientes de la minería ilegal. Este se reprimirá también con pena privativa de la libertad no menor de seis años ni mayor de nueve años y con 100 a 600 días-multa.

Se precisa que el delito de tráfico ilícito aplicará para aquellos recursos minerales provenientes de actividades mineras que se encuentren fuera del proceso de formalización minera integral o que no cuente con las autorizaciones administrativas correspondientes.

En tanto, el artículo 307-G incorpora la pena de inhabilitación para obtener concesiones mineras, la cual se aplicará a quienes incurran en cualquiera de los delitos antes mencionados, por el mismo periodo de la pena principal.

La norma lleva la firma del presidente José Jerí, con el refrendo del jefe del Gabinete, Ernesto Álvarez, y los ministros del Interior y de Justicia y Derechos Humanos.

𝗗𝗘𝗖𝗥𝗘𝗧𝗢 𝗦𝗨𝗣𝗥𝗘𝗠𝗢 𝗡.° 𝟬𝟬𝟯-𝟮𝟬𝟮𝟲-𝗠𝗧𝗖 - 𝗖𝗥𝗘𝗔𝗡 𝗥𝗘́𝗚𝗜𝗠𝗘𝗡 𝗧𝗘𝗠𝗣𝗢𝗥𝗔𝗟 𝗘𝗫𝗖𝗘𝗣𝗖𝗜𝗢𝗡𝗔𝗟 𝗣𝗔𝗥𝗔 𝗣𝗥𝗢𝗠𝗢𝗩𝗘𝗥 𝗟𝗔 𝗣𝗥𝗢𝗙𝗘𝗦𝗜𝗢𝗡𝗔𝗟𝗜𝗭𝗔𝗖𝗜𝗢́𝗡 𝗗𝗘 𝗖𝗢𝗡𝗗𝗨𝗖𝗧𝗢𝗥...
19/01/2026

𝗗𝗘𝗖𝗥𝗘𝗧𝗢 𝗦𝗨𝗣𝗥𝗘𝗠𝗢 𝗡.° 𝟬𝟬𝟯-𝟮𝟬𝟮𝟲-𝗠𝗧𝗖 - 𝗖𝗥𝗘𝗔𝗡 𝗥𝗘́𝗚𝗜𝗠𝗘𝗡 𝗧𝗘𝗠𝗣𝗢𝗥𝗔𝗟 𝗘𝗫𝗖𝗘𝗣𝗖𝗜𝗢𝗡𝗔𝗟 𝗣𝗔𝗥𝗔 𝗣𝗥𝗢𝗠𝗢𝗩𝗘𝗥 𝗟𝗔 𝗣𝗥𝗢𝗙𝗘𝗦𝗜𝗢𝗡𝗔𝗟𝗜𝗭𝗔𝗖𝗜𝗢́𝗡 𝗗𝗘 𝗖𝗢𝗡𝗗𝗨𝗖𝗧𝗢𝗥𝗘𝗦

Según el Decreto Supremo Nº 003-2026-MTC, publicado en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, la medida tiene carácter voluntario, excepcional y sin fines de lucro, y estará vigente por un periodo de dos años.

De acuerdo con la nota de prensa, la capacitación será desarrollada por las empresas de transporte terrestre, durante el proceso de otorgamiento de licencias de conducir, y estará dirigida a postulantes a licencias profesionales de la clase A, en las categorías III-a, III-b y III-c.

Estos programas funcionarán como alternativa a los requisitos tradicionales de experiencia, con el objetivo de facilitar la incorporación progresiva de conductores profesionales al servicio público.

Las empresas de transporte pueden brindar la capacitación tras inscribirse en el Registro de Empresas de Transporte del Programa de Entrenamiento en la Conducción, previo cumplimiento de requisitos como contar con autorización vigente e infraestructura para el entrenamiento o su equivalente.

El seguimiento del régimen temporal excepcional se llevará a cabo mediante reportes mensuales y un informe técnico semestral a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con el fin de evaluar sus resultados y determinar si se mantiene, modifica o concluye su vigencia.

𝐃𝐞𝐜𝐫𝐞𝐭𝐨 𝐒𝐮𝐩𝐫𝐞𝐦𝐨 𝐍° 𝟎𝟎𝟏-𝟐𝟎𝟐𝟔-𝐌𝐓𝐂- 𝐌𝐓𝐂 𝐩𝐞𝐫𝐦𝐢𝐭𝐞 𝐫𝐞𝐝𝐮𝐜𝐢𝐫 𝐩𝐮𝐧𝐭𝐨𝐬 𝐜𝐨𝐧 𝐧𝐮𝐞𝐯𝐨 𝐞𝐬𝐪𝐮𝐞𝐦𝐚 𝐝𝐞 𝐜𝐚𝐩𝐚𝐜𝐢𝐭𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐯𝐢𝐚𝐥.El Ministerio de Tra...
12/01/2026

𝐃𝐞𝐜𝐫𝐞𝐭𝐨 𝐒𝐮𝐩𝐫𝐞𝐦𝐨 𝐍° 𝟎𝟎𝟏-𝟐𝟎𝟐𝟔-𝐌𝐓𝐂- 𝐌𝐓𝐂 𝐩𝐞𝐫𝐦𝐢𝐭𝐞 𝐫𝐞𝐝𝐮𝐜𝐢𝐫 𝐩𝐮𝐧𝐭𝐨𝐬 𝐜𝐨𝐧 𝐧𝐮𝐞𝐯𝐨 𝐞𝐬𝐪𝐮𝐞𝐦𝐚 𝐝𝐞 𝐜𝐚𝐩𝐚𝐜𝐢𝐭𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐯𝐢𝐚𝐥.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó el Decreto Supremo N° 001-2026-MTC, mediante el cual se modifica el Reglamento del Sistema de Control de Licencias de Conducir por Puntos, con el objetivo de fortalecer la capacitación y reeducación de los conductores en el país.

La norma introduce un nuevo esquema diferenciado de descuento de puntos por la aprobación del Curso de Seguridad Vial para Conductores, considerando la modalidad en que se realice. Modalidad virtual: descuento de 40 puntos y modalidad presencial: descuento de 50 puntos.

En caso el conductor tenga menos puntos acumulados que los señalados, se eliminará el total del puntaje existente, sin generar saldo a favor.

Con esta modificación, el MTC busca revalorizar el Curso de Seguridad Vial como una herramienta efectiva de capacitación, promoviendo especialmente la participación en la modalidad presencial.

El decreto establece que en un plazo de 5 días calendario, el MTC adecuará las plataformas informáticas del Sistema de Licencias por Puntos y se actualizará la Directiva del Curso de Seguridad Vial mediante Resolución Directoral.

De manera excepcional, durante 45 días hábiles, los conductores que tengan entre 100 y 149 puntos acumulados y que no tengan suspensión o cancelación de licencia, podrán acceder al curso para reducir su puntaje.

No obstante, si el conductor es sancionado antes de que se registre el descuento de puntos, pierde automáticamente el beneficio.

El MTC reafirma su compromiso con la seguridad vial y la mejora del comportamiento de los conductores, promoviendo una cultura de respeto a las normas de tránsito y reduciendo los riesgos en las vías del país.

𝐋𝐄𝐘 𝐍º 𝟑𝟐𝟓𝟓𝟏 - 𝐂𝐎𝐍𝐆𝐑𝐄𝐒𝐎 𝐏𝐑𝐎𝐌𝐔𝐋𝐆𝐀 𝐋𝐄𝐘 𝐐𝐔𝐄 𝐏𝐄𝐑𝐌𝐈𝐓𝐄 𝐀 𝐃𝐎𝐂𝐄𝐍𝐓𝐄𝐒 𝐒𝐈𝐍 𝐌𝐀𝐄𝐒𝐓𝐑𝐈́𝐀 𝐍𝐈 𝐃𝐎𝐂𝐓𝐎𝐑𝐀𝐃𝐎 𝐒𝐄𝐆𝐔𝐈𝐑 𝐃𝐈𝐂𝐓𝐀𝐍𝐃𝐎 𝐂𝐋𝐀𝐒𝐄𝐒 𝐄𝐍 𝐔𝐍𝐈𝐕𝐄𝐑𝐒...
12/01/2026

𝐋𝐄𝐘 𝐍º 𝟑𝟐𝟓𝟓𝟏 - 𝐂𝐎𝐍𝐆𝐑𝐄𝐒𝐎 𝐏𝐑𝐎𝐌𝐔𝐋𝐆𝐀 𝐋𝐄𝐘 𝐐𝐔𝐄 𝐏𝐄𝐑𝐌𝐈𝐓𝐄 𝐀 𝐃𝐎𝐂𝐄𝐍𝐓𝐄𝐒 𝐒𝐈𝐍 𝐌𝐀𝐄𝐒𝐓𝐑𝐈́𝐀 𝐍𝐈 𝐃𝐎𝐂𝐓𝐎𝐑𝐀𝐃𝐎 𝐒𝐄𝐆𝐔𝐈𝐑 𝐃𝐈𝐂𝐓𝐀𝐍𝐃𝐎 𝐂𝐋𝐀𝐒𝐄𝐒 𝐄𝐍 𝐔𝐍𝐈𝐕𝐄𝐑𝐒𝐈𝐃𝐀𝐃𝐄𝐒

Para los catedráticos que ingresaron a la docencia durante y hasta la vigencia de la Ley 23733, derogada en 2014, es opcional poseer los grados académicos establecidos en el artículo 82. "Diario El Comercio. Todos los derechos reservados."

Artículo único. Incorporación de la disposición complementaria final décima cuarta a la Ley 30220, Ley Universitaria

Se incorpora la disposición complementaria final décima cuarta a la Ley 30220, Ley Universitaria, en los siguientes términos:

“DÉCIMA CUARTA. Excepcionalidad de requisitos para el ejercicio de la docencia y para la admisión y promoción en la carrera de docente universitario

Para los docentes universitarios que ingresaron a la docencia durante y hasta la vigencia de la Ley 23733 es opcional poseer los grados académicos establecidos en el artículo 82, asimismo, están exonerados de los requisitos establecidos en el artículo 83.

La obligatoriedad de poseer los referidos grados académicos abarca solamente a los docentes que ingresen a la docencia universitaria a partir de la entrada en vigor de la presente ley”.

24/12/2025

𝐅𝐄𝐋𝐈𝐙 𝐍𝐀𝐕𝐈𝐃𝐀𝐃 🎅🏻🎄

Nuestro Estudio Jurídico Santa Cruz Abogados & Consultores Asociados les desea una Feliz Navidad a todos nuestros clientes y familiares.

Que la Navidad les brinde lo mejor de la vida: salud, amor y mucha felicidad. En este tiempo de Navidad, que sus corazones estén lleno de esperanza y alegría. Les deseamos una Navidad llena de buenos momentos, abrazos y risas compartidas. Que la luz de la Navidad los guíe siempre, llenando tu vida de paz y amor

𝐀𝐃𝐎𝐋𝐄𝐒𝐂𝐄𝐍𝐓𝐄𝐒 𝐃𝐄 𝟏𝟔 𝐘 𝟏𝟕 𝐒𝐄𝐑𝐀́𝐍 𝐏𝐑𝐎𝐂𝐄𝐒𝐀𝐃𝐎𝐒 𝐂𝐎𝐌𝐎 𝐀𝐃𝐔𝐋𝐓𝐎𝐒𝗗𝗲𝗰𝗿𝗲𝘁𝗼 𝗦𝘂𝗽𝗿𝗲𝗺𝗼 𝗡.º 𝟬𝟮𝟯-𝟮𝟬𝟮𝟱-𝗝𝗨𝗦Artículo 3.- Incorporación del art...
06/11/2025

𝐀𝐃𝐎𝐋𝐄𝐒𝐂𝐄𝐍𝐓𝐄𝐒 𝐃𝐄 𝟏𝟔 𝐘 𝟏𝟕 𝐒𝐄𝐑𝐀́𝐍 𝐏𝐑𝐎𝐂𝐄𝐒𝐀𝐃𝐎𝐒 𝐂𝐎𝐌𝐎 𝐀𝐃𝐔𝐋𝐓𝐎𝐒
𝗗𝗲𝗰𝗿𝗲𝘁𝗼 𝗦𝘂𝗽𝗿𝗲𝗺𝗼 𝗡.º 𝟬𝟮𝟯-𝟮𝟬𝟮𝟱-𝗝𝗨𝗦

Artículo 3.- Incorporación del artículo 4-A al
Reglamento del Código de Responsabilidad Penal de
Adolescentes, aprobado mediante Decreto Legislativo
Nº 1348, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2018-
JUS.

Se incorpora el artículo 4-A al Reglamento del
Decreto Legislativo N° 1348, que aprueba el Código de
Responsabilidad Penal de Adolescentes, aprobado por
Decreto Supremo Nº 004-2018-JUS, en los siguientes
términos:

“Artículo 4-A. Competencia de la justicia penal
ordinaria"
El adolescente que tenga entre dieciséis (16) y menos
de dieciocho (18) años que comete los delitos señalados
en el numeral 2 del artículo 20 del Código Penal se
encuentra sometido a la competencia de la justicia penal
ordinaria.

𝐆𝐨𝐛𝐢𝐞𝐫𝐧𝐨 𝐃𝐞𝐜𝐥𝐚𝐫𝐚 𝐄𝐬𝐭𝐚𝐝𝐨 𝐝𝐞 𝐄𝐦𝐞𝐫𝐠𝐞𝐧𝐜𝐢𝐚 𝐞𝐧 𝐋𝐢𝐦𝐚 𝐲 𝐂𝐚𝐥𝐥𝐚𝐨 𝐩𝐨𝐫 𝟑𝟎 𝐝𝐢́𝐚𝐬 - 𝐃𝐞𝐜𝐫𝐞𝐭𝐨 𝐒𝐮𝐩𝐫𝐞𝐦𝐨 𝟏𝟐𝟒-𝟐𝟎𝟐𝟓-𝐏𝐂𝐌🔴 𝐌𝐄𝐃𝐈𝐃𝐀𝐒 𝐂𝐎𝐌𝐏𝐋𝐄𝐌𝐄𝐍𝐓𝐀𝐑...
22/10/2025

𝐆𝐨𝐛𝐢𝐞𝐫𝐧𝐨 𝐃𝐞𝐜𝐥𝐚𝐫𝐚 𝐄𝐬𝐭𝐚𝐝𝐨 𝐝𝐞 𝐄𝐦𝐞𝐫𝐠𝐞𝐧𝐜𝐢𝐚 𝐞𝐧 𝐋𝐢𝐦𝐚 𝐲 𝐂𝐚𝐥𝐥𝐚𝐨 𝐩𝐨𝐫 𝟑𝟎 𝐝𝐢́𝐚𝐬 - 𝐃𝐞𝐜𝐫𝐞𝐭𝐨 𝐒𝐮𝐩𝐫𝐞𝐦𝐨 𝟏𝟐𝟒-𝟐𝟎𝟐𝟓-𝐏𝐂𝐌

🔴 𝐌𝐄𝐃𝐈𝐃𝐀𝐒 𝐂𝐎𝐌𝐏𝐋𝐄𝐌𝐄𝐍𝐓𝐀𝐑𝐈𝐀𝐒 𝐀𝐋 𝐄𝐒𝐓𝐀𝐃𝐎 𝐃𝐄 𝐄𝐌𝐄𝐑𝐆𝐄𝐍𝐂𝐈𝐀

📌 Restricción de visitas en penales
📌 Corte de energía eléctrica en centros penitenciarios
📌 Eliminación de antenas cercanas a penales
📌 Prohibido circular dos personas en una moto
📌 Patrullaje militar, policial y de serenazgo en zonas críticas
📌 Operativos y control de identida

Dirección

Avenida Cayetano Heredia N. º 494, Jesús María 15072
Lima

Horario de Apertura

Lunes 09:00 - 17:00
Martes 09:00 - 05:00
Miércoles 09:00 - 17:00
Jueves 09:00 - 17:00
Viernes 09:00 - 17:00

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Santa Cruz Abogados & Consultores Asociados publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Compartir