22/07/2025
🛑 Las materias que NO atendemos en casos CIVILES ⚖️
En La Paz de Dios – Centro de Conciliación Pacífica, queremos que tomes decisiones informadas y conozcas los límites del proceso conciliatorio.
Por eso, te compartimos las materias civiles que no pueden ser tratadas en conciliación, ya que por ley requieren resolución judicial o arbitral:
🔹 Derecho de Propiedad y Posesión: Se necesita declaración judicial.
🔹 Rescisión: Debe ser declarada judicialmente.
🔹 La Accesión: Requiere pronunciamiento de un Juez.
🔹 Rendición de Cuentas: Es un derecho elemental y permanente, no negociable.
🔹 Reconocimiento de acreedor preferente: Solo el órgano judicial puede determinarlo.
🔹 Administración Judicial de Bienes: Se tramita únicamente por la vía judicial.
🔹 Laudo Arbitral: Es definitivo, inapelable y obligatorio, no es conciliable.
🔹 Deslindes de Tierras de Comunidades Campesinas: No es conciliable.
🔹 Suscripción de Contrato de Arrendamiento: No es materia conciliable.
🔹 Prueba Anticipada: Se tramita judicialmente.
📌 Estas materias requieren procesos judiciales y no pueden ser solucionadas por conciliación.
💡 ¿No estás seguro si tu caso es conciliable? Contáctanos antes de iniciar cualquier trámite. Nuestro equipo está para orientarte con claridad y compromiso.
📍 Calle Zarumilla #224 – 2do piso (Frente a la unidad vecinal)
📲 950 206 328 / 994 478 217