Estudio Jurídico Arana & Asociados"

Estudio Jurídico Arana & Asociados" El Estudio Jurídico Arana & Asociados fue fundado por el reconocido Abogado Rubén Raphael Arana Rodríguez,
en la ciudad de Huaraz - Ancash- Perú.

El Estudio Jurídico Arana & Asociados ejerce profesionalmente la dirección, patrocinio y defensa de las partes en toda clase de procesos judiciales. Estando convencidos que una de las claves de nuestro éxito es el de brindar asesoría legal de óptima calidad, ofreciendo soluciones oportunas y efectivas. El Estudio Jurídico atiende y resuelve los distintos asuntos legales y etapas procedimentales

que pudieran surgir en cada caso, dando respuestas, soluciones eficientes, creativas y oportunas, lo que nos permite ofrecer servicios de alta calidad Jurídica. Defendemos enérgicamente los intereses de nuestros clientes, para ello ponemos a su disposición todos nuestros recursos, habilidades, conocimientos y un firme compromiso de honestidad y Deontología Profesional, que aunado a nuestra amplia experiencia profesional y constante formación, nos consolidan como una de las Firmas de Abogados con más poder, eficacia o virtud para resolver litigios, hallar solución o cerrar con éxito un negocio, transacción comercial o contingencia jurídica. Buscamos continuar por esta senda de éxito, reafirmando nuestro prestigio, estrechando vínculos duraderos con importantes clientes a nivel nacional e internacional, creando nuevas relaciones con personas que puedan beneficiarse de un servicio jurídico competitivo y de primera calidad. Las materias que atendemos son:

1.Derecho Penal y Procesal Penal: Lavado de Activos,Corrupción de funcionarios, Concusión, Peculado Delitos Financieros y Monetarios, Defraudación Tributaria, Apropiación Ilícita, Estafas, entre otros.

2. Derecho Civil y Procesal civil: Administrativo,
Aduanas y Comercio Exterior, Inmobiliario, Agroindustria


BRINDAMOS ASESORAMIENTO Y CONSEJO JURÍDICO. El Estudio Jurídico ayuda a sus clientes a eliminar los riesgos antes de la exposición y responder rápidamente en caso de que se requiera una acción legal. La prevención es la piedra angular del éxito jurídico.

📘𝗝𝗨𝗥𝗜𝗦𝗣𝗥𝗨𝗗𝗘𝗡𝗖𝗜𝗔 𝗣𝗥𝗢𝗖𝗘𝗦𝗔𝗟 𝗣𝗘𝗡𝗔𝗟: 𝗖𝗔𝗦𝗔𝗖𝗜𝗢́𝗡 𝗡.° 𝟮𝟯𝟮𝟭-𝟮𝟬𝟮𝟯, 𝗔𝗠𝗔𝗭𝗢𝗡𝗔𝗦 "𝗟𝗢𝗦 𝗟𝗜𝗠𝗜𝗧𝗘𝗦 𝗗𝗘 𝗟𝗔 𝗗𝗘𝗙𝗘𝗡𝗦𝗔 𝗗𝗘𝗟 𝗜𝗡𝗩𝗘𝗦𝗧𝗜𝗚𝗔𝗗𝗢 𝗬 𝗟𝗔 𝗖𝗢𝗥𝗥𝗘𝗖...
22/07/2026

📘𝗝𝗨𝗥𝗜𝗦𝗣𝗥𝗨𝗗𝗘𝗡𝗖𝗜𝗔 𝗣𝗥𝗢𝗖𝗘𝗦𝗔𝗟 𝗣𝗘𝗡𝗔𝗟: 𝗖𝗔𝗦𝗔𝗖𝗜𝗢́𝗡 𝗡.° 𝟮𝟯𝟮𝟭-𝟮𝟬𝟮𝟯, 𝗔𝗠𝗔𝗭𝗢𝗡𝗔𝗦 "𝗟𝗢𝗦 𝗟𝗜𝗠𝗜𝗧𝗘𝗦 𝗗𝗘 𝗟𝗔 𝗗𝗘𝗙𝗘𝗡𝗦𝗔 𝗗𝗘𝗟 𝗜𝗡𝗩𝗘𝗦𝗧𝗜𝗚𝗔𝗗𝗢 𝗬 𝗟𝗔 𝗖𝗢𝗥𝗥𝗘𝗖𝗧𝗔 𝗩𝗔𝗟𝗢𝗥𝗔𝗖𝗜𝗢́𝗡 𝗗𝗘 𝗟𝗔 𝗗𝗘𝗖𝗟𝗔𝗥𝗔𝗖𝗜𝗢́𝗡 𝗬 𝗟𝗔 𝗖𝗢𝗡𝗙𝗘𝗦𝗜𝗢́𝗡 𝗘𝗡 𝗘𝗟 𝗣𝗥𝗢𝗖𝗘𝗦𝗢 𝗣𝗘𝗡𝗔𝗟".

​INEXISTENCIA DEL "DERECHO A MENTIR": La Corte Suprema precisa que el ordenamiento jurídico no ampara ni reconoce un pretexto o "derecho a mentir" por parte del imputado. Lo que la Constitución y la ley protegen es el derecho a no autoincriminarse y a guardar silencio, más no la facultad de faltar a la verdad deliberadamente o desnaturalizar la investigación.

​AUTONOMÍA EN LA VALORACIÓN JUDICIAL: La apreciación de una confesión o declaración no depende de una calificación previa del Ministerio Público. Los jueces de instancia tienen la potestad —y la obligación— de valorar los dichos del investigado de manera independiente, rigiéndose estrictamente por los presupuestos del artículo 160 del Código Procesal Penal.

​EL TEST DE CERTEZA Y LA REALIDAD DE LA DECLARACIÓN: Dado que el investigado, en aras de proteger su interés o minimizar su responsabilidad, puede incurrir en ambigüedades, silencios parciales o falsedades, sus manifestaciones deben ser sometidas rigurosamente al test de certeza y a una posterior corroboración objetiva con otros elementos de prueba.

​PROHIBICIÓN DE INTERPRETACIONES SUBJETIVAS: La declaración que pretenda ser catalogada como confesión debe ser expresa, indubitable y espontánea. No cabe deducir una confesión a partir de interpretaciones ambiguas de lo expresado por el procesado.

​𝗖𝗢𝗡𝗖𝗟𝗨𝗦𝗜𝗢́𝗡 𝗗𝗘𝗟 𝗙𝗔𝗟𝗟𝗢:
​La Corte Suprema declaró infundado el recurso de casación, reafirmando que si bien el sistema procesal penal garantiza que el investigado no sea obligado a declarar contra sí mismo, esto no se traduce en una patente de corso para mentir impunemente, debiendo toda declaración ser examinada de forma estricta bajo los filtros de corroboración probatoria.

📘EL LINK 👇

https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/09/Casacion-2321-2023-Amazonas-LPDerecho.pdf

En reunión con los principales líderes de las comunidades campesinas de Ancash
13/03/2026

En reunión con los principales líderes de las comunidades campesinas de Ancash

15/01/2026

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Jr. José Larrea Y Loredo 764/Tercer Piso (OfiCalle 303/Ex RENIEC)
Huaraz
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Lunes 00:00 - 23:59
Martes 00:00 - 23:59
Miércoles 00:00 - 23:59
Jueves 00:00 - 23:59
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