Firma de Abogados Venturo SAC

Firma de Abogados Venturo SAC Somos una firma de abogados de primer nivel del Perú. Somos una Firma de abogados bien consolidado en el mundo jurídico.

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25/08/2026

⚖️ ¡𝗚𝗥𝗔𝗡 𝗖𝗔𝗠𝗣𝗔𝗡̃𝗔 𝗟𝗘𝗚𝗔𝗟 𝗚𝗥𝗔𝗧𝗨𝗜𝗧𝗔❗ ⚖️

La 𝗙𝗜𝗥𝗠𝗔 𝗗𝗘 𝗔𝗕𝗢𝗚𝗔𝗗𝗢𝗦 𝗩𝗘𝗡𝗧𝗨𝗥𝗢 lanza su campaña gratuita de apoyo legal para personas que necesitan iniciar su 𝗣𝗥𝗢𝗖𝗘𝗦𝗢 𝗗𝗘 𝗣𝗘𝗡𝗦𝗜𝗢́𝗡 𝗗𝗘 𝗔𝗟𝗜𝗠𝗘𝗡𝗧𝗢𝗦.

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23/08/2026

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Somos una firma altamente especializada en derecho penal económico, corporativo y financiero. Nuestro prestigio se funda...
22/08/2026

Somos una firma altamente especializada en derecho penal económico, corporativo y financiero. Nuestro prestigio se fundamenta en la discreción, el rigor técnico y una trayectoria impecable protegiendo los intereses, el patrimonio y la reputación de nuestros clientes.
Contamos con los mejores especialistas del sector en el análisis, prevención y defensa frente a 𝗱𝗲𝗹𝗶𝘁𝗼𝘀 𝗱𝗲 𝗟𝗮𝘃𝗮𝗱𝗼 𝗱𝗲 𝗔𝗰𝘁𝗶𝘃𝗼𝘀 𝘆 𝗕𝗹𝗮𝗻𝗾𝘂𝗲𝗼 𝗱𝗲 𝗖𝗮𝗽𝗶𝘁𝗮𝗹𝗲𝘀, ofreciendo una representación legal robusta y estratégica ante los escenarios legales más complejos.
Nuestro equipo multidisciplinario está preparado para intervenir en cada etapa del proceso legal y corporativo. En Firma Venturo, no hay casos imposibles. Nuestro compromiso es brindarle tranquilidad jurídica a través de un escudo legal impenetrable, asegurando que sus derechos y su patrimonio estén siempre en las mejores manos.

No dejes tu futuro al azar. ¡Déjalo en manos de expertos!

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15/08/2026

🏛️ FIRMA DE ABOGADOS VENTURO | Tu aliado estratégico en el mundo corporativo
Contamos con un staff de profesionales especialistas altamente calificados para brindarte soluciones legales integrales en materia societaria y M&A.
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Audicencia de recurso de apelacion ante el Supremo Tribunal Electoral de JNE.ANALISIS DEL CASO:El presente recurso de ap...
09/07/2026

Audicencia de recurso de apelacion ante el Supremo Tribunal Electoral de JNE.
ANALISIS DEL CASO:
El presente recurso de apelación se interpone contra la Resolución N° 01172-2026-JEE-HCYO/JNE, de fecha 24 de junio de 2026, mediante la cual el Jurado Electoral Especial de Huancayo declaró IMPROCEDENTE la inscripción del ciudadano ROMAN QUISPE, como candidato a Alcalde del Concejo Municipal Distrital de Chongos Alto, Provincia de Huancayo, Departamento de Junín.
La resolución impugnada fundamenta su decisión en la aplicación de los literales i) y j) del artículo 107° de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones (modificados por la Ley N° 30717), así como en el artículo 113° de la misma ley, sin realizar un análisis diferenciado de la naturaleza del delito cometido por el recurrente.

NUESTRO FUNDAMENTO:
El delito de Peligro Común (tenencia ilegal de arma de fuego) NO figura en el catálogo de delitos específicos del literal i): El legislador, de manera taxativa y expresa, enumeró los delitos que mantienen el impedimento aun con rehabilitación: terrorismo, apología al terrorismo, tráfico ilícito de dr**as y violación de la libertad sexual. La tenencia ilegal de arma de fuego es un delito contra la seguridad pública en su modalidad de peligro común, no vinculado a ninguno de estos tipos penales.
El literal j) NO es aplicable por ausencia de condición de funcionario público: El recurrente ROMAN QUISPE no era funcionario ni servidor público al momento de la comisión del delito, por lo que el literal j) resulta manifiestamente inaplicable a su caso.
La interpretación de la norma debe ser restrictiva: Conforme al principio de in dubio pro homine y al favor libertatis, cuando una norma establece impedimentos a derechos fundamentales, su interpretación debe ser restrictiva, no extensiva. El JEE Huancayo incurrió en un error de interpretación extensiva al aplicar mecánicamente la Resolución N° 0085-2026-JNE sin verificar la naturaleza específica del delito.

🚨 ¿BASTA EL DESBALANCE PATRIMONIAL PARA CONDENAR POR LAVADO DE ACTIVOS?📄 Exp. N.º 04444-2024-PHC/TC Lima1️⃣ El Tribunal ...
28/04/2026

🚨 ¿BASTA EL DESBALANCE PATRIMONIAL PARA CONDENAR POR LAVADO DE ACTIVOS?
📄 Exp. N.º 04444-2024-PHC/TC Lima
1️⃣ El Tribunal Constitucional del Perú establece que el desbalance patrimonial por sí solo no basta: es indispensable acreditar el origen ilícito del dinero con una justificación razonada.
2️⃣ Debe verificarse una vinculación concreta con el delito fuente; no bastan antecedentes policiales o sospechas, especialmente si existen decisiones judiciales firmes que descartan ese delito previo.
3️⃣ La condena exige una motivación coherente y congruente, respetando el marco temporal de la imputación y de las pericias; de lo contrario, se incurre en deficiente motivación.
💬 Pregunta:
¿Este estándar fortalece la presunción de inocencia o dificulta la persecución del lavado de activos?
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  N.° 356-2024- SAN MARTÍN  | Validez del uso de las declaraciones previas | Confesión sincera: ¿Es posible aplicarla en...
28/04/2026

N.° 356-2024- SAN MARTÍN | Validez del uso de las declaraciones previas | Confesión sincera: ¿Es posible aplicarla en juicio con declaraciones preliminares.
Confesión sincera con... ¿declaraciones previas en juicio oral por negación o silencio del imputado?

1️⃣Valor probatorio de declaraciones preliminares:
Las declaraciones del imputado rendidas en etapa preliminar, con presencia del fiscal y defensa, pueden ser válidamente oralizadas en juicio y utilizadas como prueba de cargo, conforme al artículo...

2️⃣ Suficiencia probatoria basada en corroboración múltiple:
La responsabilidad penal puede acreditarse mediante la convergencia de prueba documental (necropsia, actas) y declaraciones incriminatorias, aun cuando existan ciertas discrepancias periféricas.

3️⃣ Inexistencia de vulneración del derecho de defensa:
No hay afectación al derecho de defensa cuando las diligencias preliminares y declaraciones cuentan con asistencia letrada y control fiscal, incluso si luego el imputado guarda silencio en juicio.

4️⃣ Criterio de irrelevancia de contradicciones no esenciales:
Las inconsistencias que no afectan el núcleo del hecho (por ejemplo, detalles específicos del mecanismo de muerte) no desvirtúan la imputación si el resultado y la participación están acreditados.

5️⃣ Confesión sincera: exigencia de coherencia procesal:
Para acceder al beneficio de confesión sincera, esta debe mantenerse de manera coherente a lo largo del proceso; si el imputado se retracta o guarda silencio en juicio, no corresponde su aplicación.

6️⃣ Confirmación de condena en segunda apelación:
El recurso será desestimado cuando los agravios no logren desvirtuar la valoración probatoria integral realizada por la Sala Superior

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🚨 𝐂𝐨𝐧𝐝𝐞𝐧𝐚𝐧 𝐚 𝐅𝐞𝐫𝐧𝐚𝐧𝐝𝐨 𝐑𝐨𝐬𝐩𝐢𝐠𝐥𝐢𝐨𝐬𝐢 𝐚 𝟗 𝐦𝐞𝐬𝐞𝐬 𝐝𝐞 𝐩𝐫𝐢𝐬𝐢𝐨́𝐧 𝐬𝐮𝐬𝐩𝐞𝐧𝐝𝐢𝐝𝐚 𝐩𝐨𝐫 𝐝𝐢𝐟𝐚𝐦𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐚𝐠𝐫𝐚𝐯𝐚𝐝𝐚El Poder Judicial declaró cul...
24/04/2026

🚨 𝐂𝐨𝐧𝐝𝐞𝐧𝐚𝐧 𝐚 𝐅𝐞𝐫𝐧𝐚𝐧𝐝𝐨 𝐑𝐨𝐬𝐩𝐢𝐠𝐥𝐢𝐨𝐬𝐢 𝐚 𝟗 𝐦𝐞𝐬𝐞𝐬 𝐝𝐞 𝐩𝐫𝐢𝐬𝐢𝐨́𝐧 𝐬𝐮𝐬𝐩𝐞𝐧𝐝𝐢𝐝𝐚 𝐩𝐨𝐫 𝐝𝐢𝐟𝐚𝐦𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐚𝐠𝐫𝐚𝐯𝐚𝐝𝐚
El Poder Judicial declaró culpable al presidente del Congreso, Fernando Rospigliosi, por el delito de difamación agravada en agravio de Delia Espinoza, quien en ese entonces se desempeñaba como Fiscal de la Nación.
Detalles de la sentencia (Juzgado Supremo Unipersonal de la Corte Suprema):

Condición: 9 meses de prisión suspendida
Reparación civil: S/ 200,000 a favor de la agraviada
Sanción adicional: 100 días-multa a favor del Estado
Reglas de conducta por 1 año:
• No cambiar de domicilio
• No salir de la ciudad sin autorización judicial
• Presentarse cada 60 días ante control biométrico
• No cometer nuevos delitos dolosos
• Pagar la reparación civil

La jueza Norma Carbajal Chávez determinó que Rospigliosi utilizó expresiones difamatorias contra la exfiscal de la Nación, configurando el delito contra el honor previsto en el artículo 132 del Código Penal.
Tras conocerse el fallo, el congresista cuestionó públicamente la decisión judicial.
descarga la sentencia AQUI: https://t.me/FirmaDeAbogadosVenturo_canal

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24/04/2026

🚨 ¿𝗧𝗘 𝗣𝗨𝗘𝗗𝗘𝗡 𝗖𝗔𝗠𝗕𝗜𝗔𝗥 𝗘𝗟 𝗗𝗘𝗟𝗜𝗧𝗢 𝗘𝗡 𝗠𝗘𝗗𝗜𝗢 𝗗𝗘𝗟 𝗣𝗥𝗢𝗖𝗘𝗦𝗢❓
📄 𝗙𝗮𝗹𝗹𝗼 𝗰𝗹𝗮𝘃𝗲 𝗱𝗲𝗹 𝗧𝗿𝗶𝗯𝘂𝗻𝗮𝗹 𝗖𝗼𝗻𝘀𝘁𝗶𝘁𝘂𝗰𝗶𝗼𝗻𝗮𝗹 𝗘𝘅𝗽. 𝗡.º 𝟬𝟭𝟬𝟬𝟮-𝟮𝟬𝟮𝟰-𝗣𝗛𝗖/𝗧𝗖
El Tribunal Constitucional del Perú resolvió un tema de gran importancia para todo proceso penal:
1️⃣ El principio de congruencia es un límite al poder de juzgar. El imputado debe conocer con claridad los cargos desde el inicio para poder defenderse adecuadamente.
2️⃣ SÍ es constitucional variar la calificación jurídica (el “tipo penal”) entre la formalización de la investigación y la acusación fiscal… siempre que los hechos imputados y las personas investigadas NO cambien.
3️⃣ Por lo tanto, no se viola el debido proceso ni el derecho de defensa cuando se modifica el delito, siempre y cuando el núcleo fáctico (los hechos) permanezca inalterado.
✅ Conclusión del TC: La variación de la calificación jurídica es válida y no afecta la congruencia entre acusación y sentencia.
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💬 Pregunta para el debate:
¿𝐋𝐚 𝐩𝐨𝐬𝐢𝐛𝐢𝐥𝐢𝐝𝐚𝐝 𝐝𝐞 𝐜𝐚𝐦𝐛𝐢𝐚𝐫 𝐥𝐚 𝐜𝐚𝐥𝐢𝐟𝐢𝐜𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐣𝐮𝐫𝐢́𝐝𝐢𝐜𝐚 𝐟𝐨𝐫𝐭𝐚𝐥𝐞𝐜𝐞 𝐥𝐚 𝐣𝐮𝐬𝐭𝐢𝐜𝐢𝐚 𝐦𝐚𝐭𝐞𝐫𝐢𝐚𝐥 𝐨 𝐠𝐞𝐧𝐞𝐫𝐚 𝐫𝐢𝐞𝐬𝐠𝐨𝐬 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐞𝐥 𝐝𝐞𝐫𝐞𝐜𝐡𝐨 𝐝𝐞 𝐝𝐞𝐟𝐞𝐧𝐬𝐚 𝐝𝐞𝐥 𝐢𝐦𝐩𝐮𝐭𝐚𝐝𝐨❓

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31/03/2026

En Firma de Abogados Venturo estamos ampliando nuestra red de atención jurídica internacional. 📌 Requisitos: Oficina física operativa en su país Ejercicio profesional activo Capacidad de atención directa a clientes Compromiso con estándares de calidad jurídica 📌 Beneficios: Derivación constante de clientes potenciales Posicionamiento a nivel nacional e internacional Oportunidades de crecimiento profesional 📌 Modalidad: Trabajo colaborativo bajo esquema de partner/franquisia 👉 Regístrate ahora: https://forms.gle/Qv7cxXALw2fxmbFY6


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Huancayo
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