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Opinión que analiza los hechos generados respectro a las Elecciones generales del 12 de abril desde el ángulo normativo
24/04/2026

Opinión que analiza los hechos generados respectro a las Elecciones generales del 12 de abril desde el ángulo normativo

¿IMPUNIDAD FAMILIAR? 🚨 ¿Qué ocurriría con los padres de Adrián por "ayudar" a su hijo?El trágico caso de la campeona Liz...
04/03/2026

¿IMPUNIDAD FAMILIAR? 🚨 ¿Qué ocurriría con los padres de Adrián por "ayudar" a su hijo?

El trágico caso de la campeona Lizeth M. ha puesto bajo los reflectores no solo al conductor, sino a su círculo íntimo. Tras revelarse llamadas de madrugada y coordinaciones familiares tras el atropello, surge la pregunta: ¿Serán procesados los padres y la madrastra por encubrimiento? 🕵️‍♂️🔍

La respuesta legal es contundente quizá para muchos, no sea así pero nuestra opinión legal es: NO. 🚫⚖️
Fundamento:
1. El "Escudo" de la Excusa Absolutoria 🛡️
Aunque la Fiscalía detecte actos destinados a ocultar al investigado o dificultar la investigación, el Código Penal Peruano (Art. 406) establece una excepción de pena. La ley entiende que no se puede criminalizar el instinto de protección entre familiares directos.

2. ¿Quiénes están protegidos?
Este beneficio legal no es solo para los padres (consanguinidad). La ley es específica:

Padres y Madrastra: Al ser parientes directos (o por afinidad), están exentos de pena si ayudan a su familiar a eludir la justicia o a ocultar huellas del delito.

El fundamento: El Estado prioriza la unidad familiar sobre el deber de denunciar, reconociendo que exigir a un padre que entregue a su hijo es una "no exigibilidad de otra conducta".

3. ¿Cero consecuencias? 🤔
Ojo: Esta protección solo aplica para el delito de Encubrimiento (Art. 404 y 405). Si se comprueba que los familiares cometieron otros delitos independientes (como obstrucción a la justicia mediante violencia o fraude procesal activo), el escenario podría cambiar. Pero por el simple hecho de "ayudarlo a esconderse" o asesorarlo para no entregarse, la ley los declara impunes.

La indignación social es alta, pero el derecho penal es técnico: En el Perú, la sangre no está obligada a delatar a la sangre. 🩸⚖️

¿Crees que esta ley es justa o debería reformarse para casos de homicidio? 👇 Los leemos en los comentarios.


“Estados Unidos no juzgaría a Maduro como dictador, sino como presunto líder de una organización criminal transnacional ...
03/01/2026

“Estados Unidos no juzgaría a Maduro como dictador, sino como presunto líder de una organización criminal transnacional de existir suficientes medios probatorios”

Redacción textual de la Entrevista realizada al Doctor, Jorge Pedro Morales, Especialista en Derechos Fundamentales de la Universidad Carlos III de Madrid España, Director ejecutivo de la Consultora Morales & Asociados, especialista en Derecho Penal y Arbitraje; a razón de la intervención de Estados Unidos en Venezuela

Dr. Morales Estados Unidos podría juzgar a Nicolás Maduro. ¿Eso es jurídicamente posible?
Sí, jurídicamente es posible, pero con una precisión clave:
Estados Unidos no lo juzgaría como presidente ni por violaciones de derechos humanos, sino por delitos penales federales, como narcotráfico, narcoterrorismo y lavado de activos.

Entonces, ¿Estados Unidos no puede juzgarlo por crímenes de lesa humanidad?
Correcto.
Los crímenes de lesa humanidad no son competencia de los tribunales federales de EE. UU.
Ese tipo de delitos solo pueden ser juzgados por la Corte Penal Internacional (CPI), conforme al Estatuto de Roma.

¿Y por qué EE. UU. sí puede juzgarlo por narcotráfico si los hechos ocurrieron fuera de su territorio?

Porque el derecho penal estadounidense permite la jurisdicción extraterritorial cuando: La droga tiene como destino EE. UU, se usa el sistema financiero estadounidense, o se afecta su seguridad nacional.
En esos casos, no importa que el delito se haya cometido fuera del país.

¿Ser presidente le da inmunidad frente a la justicia estadounidense?
No de manera absoluta.
Mientras esté en ejercicio y en su país, goza de inmunidad internacional.
Pero si pierde el cargo o es capturado, como ocurre en el presente caso, esa inmunidad no lo protege frente a un tribunal federal.
Esto ya ocurrió, con Manuel Noriega en Panamá.

¿Legalmente existe respaldo para la intervención de Estados Unidos?
No.
Una intervención militar para capturar a un jefe de Estado es ilegal bajo el derecho internacional, viola la soberanía de Venezuela y la Carta de la ONU.
Estados Unidos no tiene respaldo legal para la incursión, ni siquiera invocando a la Corte Penal Internacional. Esto lo digo legalmente, dejando claro que nunca estuve de acuerdo con el Gobierno de Maduro ni con el de su predecesor.

Entonces, ¿Qué es lo que realmente está ocurriendo?
Lo que existe es: Una acusación penal interna en EE. UU., órdenes de captura y recompensas, una estrategia de presión jurídica y política internacional y una incursión que ha generado la captura de Maduro. Quien será puesto a disposición de la justicia.

En términos simples, ¿Cómo se puede resumir todo esto?
Muy sencillo:
EE. UU. sí puede juzgar a Maduro, pero solo por delitos federales como narcotráfico, no por crímenes de lesa humanidad, y solo si está bajo custodia.
Lo demás pertenece más al discurso político que al derecho.

Finalmente, ¿qué tribunal sería el adecuado para juzgar las violaciones a los derechos humanos en Venezuela?
La Corte Penal Internacional.
Ese es el único tribunal con competencia legítima para juzgar crímenes de lesa humanidad, incluso contra un presidente en ejercicio.

“Estados Unidos no juzgaría a Maduro como dictador, sino como presunto líder de una organización criminal transnacional ...
03/01/2026

“Estados Unidos no juzgaría a Maduro como dictador, sino como presunto líder de una organización criminal transnacional de existir suficientes medios probatorios”

Redacción textual de la Entrevista realizada al Doctor, Jorge Pedro Morales, Especialista en Derechos Fundamentales de la Universidad Carlos III de Madrid España, Director ejecutivo de la Consultora Morales & Asociados, especialista en Derecho Penal y Arbitraje; a razón de la intervención de Estados Unidos en Venezuela

Dr. Morales Estados Unidos podría juzgar a Nicolás Maduro. ¿Eso es jurídicamente posible?
Sí, jurídicamente es posible, pero con una precisión clave:
Estados Unidos no lo juzgaría como presidente ni por violaciones de derechos humanos, sino por delitos penales federales, como narcotráfico, narcoterrorismo y lavado de activos.

Entonces, ¿Estados Unidos no puede juzgarlo por crímenes de lesa humanidad?
Correcto.
Los crímenes de lesa humanidad no son competencia de los tribunales federales de EE. UU.
Ese tipo de delitos solo pueden ser juzgados por la Corte Penal Internacional (CPI), conforme al Estatuto de Roma.

¿Y por qué EE. UU. sí puede juzgarlo por narcotráfico si los hechos ocurrieron fuera de su territorio?

Porque el derecho penal estadounidense permite la jurisdicción extraterritorial cuando: La droga tiene como destino EE. UU, se usa el sistema financiero estadounidense, o se afecta su seguridad nacional.
En esos casos, no importa que el delito se haya cometido fuera del país.

¿Ser presidente le da inmunidad frente a la justicia estadounidense?
No de manera absoluta.
Mientras esté en ejercicio y en su país, goza de inmunidad internacional.
Pero si pierde el cargo o es capturado, como ocurre en el presente caso, esa inmunidad no lo protege frente a un tribunal federal.
Esto ya ocurrió, con Manuel Noriega en Panamá.

¿Legalmente existe respaldo para la intervención de Estados Unidos?
No.
Una intervención militar para capturar a un jefe de Estado es ilegal bajo el derecho internacional, viola la soberanía de Venezuela y la Carta de la ONU.
Estados Unidos no tiene respaldo legal para la incursión, ni siquiera invocando a la Corte Penal Internacional. Esto lo digo legalmente, dejando claro que nunca estuve de acuerdo con el Gobierno de Maduro ni con el de su predecesor.

Entonces, ¿Qué es lo que realmente está ocurriendo?
Lo que existe es: Una acusación penal interna en EE. UU., órdenes de captura y recompensas, una estrategia de presión jurídica y política internacional y una incursión que ha generado la captura de Maduro. Quien será puesto a disposición de la justicia.

En términos simples, ¿Cómo se puede resumir todo esto?
Muy sencillo:
EE. UU. sí puede juzgar a Maduro, pero solo por delitos federales como narcotráfico, no por crímenes de lesa humanidad, y solo si está bajo custodia.
Lo demás pertenece más al discurso político que al derecho.

Finalmente, ¿qué tribunal sería el adecuado para juzgar las violaciones a los derechos humanos en Venezuela?
La Corte Penal Internacional.
Ese es el único tribunal con competencia legítima para juzgar crímenes de lesa humanidad, incluso contra un presidente en ejercicio.

“Estados Unidos no juzgaría a Maduro como dictador, sino como presunto líder de una organización criminal transnacional ...
03/01/2026

“Estados Unidos no juzgaría a Maduro como dictador, sino como presunto líder de una organización criminal transnacional de existir suficientes medios probatorios”

Redacción textual de la Entrevista realizada al Doctor, Jorge Pedro Morales, Especialista en Derechos Funamentales de la Universidad Carlos III de Madrid España, Director ejecutivo de la Consultora Morales & Asociados, a razón de la intervención de Estados Unidos en Venezuela

Dr. Morales Estados Unidos podría juzgar a Nicolás Maduro. ¿Eso es jurídicamente posible?
Sí, jurídicamente es posible, pero con una precisión clave:
Estados Unidos no lo juzgaría como presidente ni por violaciones de derechos humanos, sino por delitos penales federales, como narcotráfico, narcoterrorismo y lavado de activos.

Entonces, ¿Estados Unidos no puede juzgarlo por crímenes de lesa humanidad?
Correcto.
Los crímenes de lesa humanidad no son competencia de los tribunales federales de EE. UU.
Ese tipo de delitos solo pueden ser juzgados por la Corte Penal Internacional (CPI), conforme al Estatuto de Roma.

¿Y por qué EE. UU. sí puede juzgarlo por narcotráfico si los hechos ocurrieron fuera de su territorio?

Porque el derecho penal estadounidense permite la jurisdicción extraterritorial cuando: La droga tiene como destino EE. UU, se usa el sistema financiero estadounidense, o se afecta su seguridad nacional.
En esos casos, no importa que el delito se haya cometido fuera del país.

¿Ser presidente le da inmunidad frente a la justicia estadounidense?
No de manera absoluta.
Mientras esté en ejercicio y en su país, goza de inmunidad internacional.
Pero si pierde el cargo o es capturado, como ocurre en el presente caso, esa inmunidad no lo protege frente a un tribunal federal.
Esto ya ocurrió, con Manuel Noriega en Panamá.

¿Legalmente existe respaldo para la intervención de Estados Unidos?
No.
Una intervención militar para capturar a un jefe de Estado es ilegal bajo el derecho internacional, viola la soberanía de Venezuela y la Carta de la ONU.
Estados Unidos no tiene respaldo legal para la incursión, ni siquiera invocando a la Corte Penal Internacional. Esto lo digo legalmente, dejando claro que nunca estuve de acuerdo con el Gobierno de Maduro ni con el de su predecesor.

Entonces, ¿Qué es lo que realmente está ocurriendo?
Lo que existe es: Una acusación penal interna en EE. UU., órdenes de captura y recompensas, una estrategia de presión jurídica y política internacional y una incursión que ha generado la captura de Maduro. Quien será puesto a disposición de la justicia.

En términos simples, ¿Cómo se puede resumir todo esto?
Muy sencillo:
EE. UU. sí puede juzgar a Maduro, pero solo por delitos federales como narcotráfico, no por crímenes de lesa humanidad, y solo si está bajo custodia.
Lo demás pertenece más al discurso político que al derecho.

Finalmente, ¿qué tribunal sería el adecuado para juzgar las violaciones a los derechos humanos en Venezuela?
La Corte Penal Internacional.
Ese es el único tribunal con competencia legítima para juzgar crímenes de lesa humanidad, incluso contra un presidente en ejercicio.

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