08/08/2025
3887-2024 | ¿Cuál es el plazo para apelar una sentencia en el proceso inmediato?: ¿3 días o en el acto de la audiencia?
2. Regla procesal aplicable
El art. 401.4 CPP distingue dos supuestos:
Si el acusado concurre a la audiencia de lectura de sentencia: debe interponerse oralmente en ese acto, sin necesidad de formalización escrita.
Si no concurre: tiene tres días para interponerlo (art. 414.1.c CPP).
Interpretación distinta (dar plazo adicional al que asiste) vaciaría de sentido la norma y vulneraría la naturaleza célere del proceso inmediato.
4. Caso concreto
MP y actor civil interpusieron apelación, pero no fundamentaron en la audiencia, sino por escrito días después. Al no cumplir la exigencia del art. 401.4 CPP, la apelación fue inadmisible y, en consecuencia, improcedentes las nulidades posteriores.
5. Decisión
Declara infundado el recurso de casación del MP y se confirma q, en proceso inmediato, la fundamentación de la apelación debe hacerse oralmente en el acto.