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16/08/2026

🚨¿SE PUEDE ADQUIRIR POR PRESCRIPCIÓN UN INMUEBLE QUE NO ESTÁ INSCRITO EN REGISTROS PÚBLICOS?

📄 CASACIÓN N.° 214-2014/ICA

1️⃣ La falta de inscripción registral no impide la usucapión. Exigir que el inmueble se encuentre previamente inscrito significaría incorporar un requisito que el ordenamiento jurídico no contempla y desnaturalizar la prescripción adquisitiva.

2️⃣ Lo determinante es la posesión cualificada. La prescripción adquisitiva tiene como elemento primordial la posesión; por ello, corresponde verificar que esta sea continua, pacífica, pública y como propietario durante el plazo establecido por ley.

3️⃣ Usucapir un inmueble no inscrito no constituye un imposible jurídico. La Corte Suprema precisó que el ordenamiento jurídico no prohíbe demandar la prescripción adquisitiva de un bien no inscrito registralmente.

🔎 ¿La inscripción registral debería ser determinante para adquirir por usucapión?

https://drive.google.com/file/d/1_APxjKkzEOrE0892ngPANhIoX-eLmHEG/view?usp=drivesdk

29/07/2026
22/07/2026
10/06/2026

1. Casación 1465-2018, La Libertad: No se consuma el delito de extorsión si la entrega del dinero a los extorsionadores es organizada por la PNP, pues realmente no hubo un desprendimiento económico.https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/07/Casacion-1465-2018-La-Libertad-LP.pdf

2. Casación 145-2010, Lambayeque: Obligar a una persona a que haga retiros bancarios no constituye el delito de robo, sino de extorsión.https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/06/Casacion-145-2010-Lambayeque-LP.pdf

3. RN 91-2020, Pasco: Policías que intervienen ilegalmente para exigir dinero cometen extorsión y no concusión porque no actuaron en el ejercicio de sus funciones.https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/01/Recurso-nulidad-91-2020-Pasco-LPDerecho.pdf

4. RN 1464-2018, Lima Este Persona que «facilita» su cuenta para el depósito ilícito es cómplice secundario. https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/RN-1464-2018-Lima-Este-LPDerecho.pdf

5. RN 1295-2012, Lima Si el agente no llega a obtener beneficio económico y la víctima no sufre el detrimento de su patrimonio, el delito queda en tentativa.https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/RN-1295-2012-Lima-LPDerecho.pdf

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