01/06/2026
📢 ¿𝗦𝗲 𝗽𝗮𝗴𝗮 𝗮𝗹 𝘀𝘂𝗽𝗲𝗿𝘃𝗶𝘀𝗼𝗿 𝗱𝘂𝗿𝗮𝗻𝘁𝗲 𝗹𝗮 𝗿𝗲𝗰𝗲𝗽𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗼𝗯𝗿𝗮?
La Opinión N.° D000002-2025-OECE-DTN ha precisado un aspecto importante en los contratos de supervisión de obras bajo la anterior normativa de contrataciones del Estado.
✅ El supervisor tiene derecho al pago de la tarifa pactada por las actividades efectivamente realizadas durante la etapa de recepción de obra.
⚠️ Sin embargo, cuando el comité de recepción formula observaciones, las labores de supervisión vinculadas a la subsanación de dichas observaciones y la verificación posterior de su levantamiento no generan derecho a pago alguno.
📌 El criterio del OECE se sustenta en que la existencia de observaciones evidencia que la obra no se encontraba culminada conforme a las exigencias contractuales cuando el supervisor informó su culminación.
Una opinión que delimita claramente los alcances económicos de la supervisión en la fase final de ejecución de obras públicas y que resulta de especial interés para entidades, supervisores y contratistas.
💬 ¿Consideras que este criterio fortalece el control de calidad en la ejecución de obras públicas?
⚖️ 𝐁𝐄𝐈𝐙𝐀 𝐅𝐢𝐫𝐦𝐚 𝐝𝐞 𝐀𝐛𝐨𝐠𝐚𝐝𝐨𝐬
𝑬𝒔𝒕𝒓𝒂𝒕𝒆𝒈𝒊𝒂 𝒍𝒆𝒈𝒂𝒍. 𝑹𝒆𝒔𝒖𝒍𝒕𝒂𝒅𝒐𝒔 𝒒𝒖𝒆 𝒑𝒓𝒐𝒕𝒆𝒈𝒆𝒏.