12/01/2026
La pensión de alimentos no empieza con el nacimiento.
Empieza desde la concepción.
En derecho de familia, el hijo por nacer ya es sujeto de derechos.
Eso significa que la ley protege su sustento durante el embarazo, el parto y el postparto.
👉 Los gastos médicos, alimentación, vivienda y cuidado de la madre sí pueden reclamarse antes de que el bebé nazca.
👉 Esperar “a ver qué pasa” suele traducirse en derechos perdidos.
La protección legal existe.
La diferencia está en saber usarla a tiempo.
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