Abg. José Carlos Sandoval Flores

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➡️CASACION N°1207-2022/PIURA - 📍TENTATIVA DE FEMINICIDIO Y OTROS:🤓COMBINACIÓN DE PRUEBA DIRECTA CON LA PRUEBA INDICIARIA...
12/06/2026

➡️CASACION N°1207-2022/PIURA -

📍TENTATIVA DE FEMINICIDIO Y OTROS:

🤓COMBINACIÓN DE PRUEBA DIRECTA CON LA PRUEBA INDICIARIA PARA ENERVAR LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA / TIPOS DE INDICIO: DE OPORTUNIDAD ANTECEDENTE – CONCOMITANTE – SUBSECUENTE.

1️⃣Hechos:

✔️El acusado llegó en moto a la casa de la víctima, donde discutieron y él disparó contra ella, causándole una herida en la cabeza.

✔️La intervención policial evidenció que el arma utilizada fue un revólver con municiones, y se encontró droga y objetos relacionados en su mochila

2️⃣Fundamentos relevantes de la Casación:

✅️SEXTO: (…) VALORACIÓN DE LA PRUEBA DIRECTA, la sala identificó ciertos testimonios (como la testimonial de la agraviada Sánchez Feria y de los efectivos policiales Diaz Orrego y Román Balarezo) que constituyen prueba directa, cuyo análisis conjunto conllevan a acreditar que el imputado apuntó a la agraviada con su arma de fuego que estaba operativa y abastecida de municiones.

✅️SEPTIMO: (…) VALORACIÓN DE LA PRUEBA INDICIARIA, para establecer aspectos que no son evidentes por observación directa, como la intención de matar y el origen de la lesión de la víctima. Consideró como hecho base: la permanencia del agresor con la víctima en la parte exterior de su vivienda. Como hecho consecuencia: dar muerte a la mujer. Y, como conexión o inferencia lógica: el sujeto internalizó que el hallazgo de dr**as en su mochila lo conduciría al internamiento carcelario y pretendió frustrar la intervención adoptando la conducta de reacción-apuntar y disparar a su exenamorada.

✅️OCTAVO: (…) La Corte Suprema para dotar de racionalidad a la condena, desarrolla tres tipos de indicios:
(a) indicio de oportunidad antecedente: el imputado apuntó con un arma de fuego abastecida de municiones a la agraviada.

(b) Indicio concomitante: basado en la pericia balística que confirma que el arma fue disparada y que uno de los disparos fue dirigido a la agraviada, desvirtuando la versión del acusado de que solo disparó para "probar" el arma.

(c) Indicio subsecuente: la lesión en la región occipital de la víctima. La sala razona que, debido a la trayectoria de abajo hacia arriba y de derecha a izquierda y la posición fetal de la víctima, el proyectil rozó su cabeza, lo cual es compatible con los disparos efectuados por el imputado y no por la policía.

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JC ABOGADOS ASOCIADOS ⚖️⚖️⚖️Recurso de Apelación N°234-2024/Cusco✔️AFECTACIÓN AL PRINCIPIO DE CONGRUENCIA RECURSAL Y DER...
12/06/2026

JC ABOGADOS ASOCIADOS

⚖️⚖️⚖️
Recurso de Apelación N°234-2024/Cusco

✔️AFECTACIÓN AL PRINCIPIO DE CONGRUENCIA RECURSAL Y DERECHO DE DEFENSA.

CONTEXTO DEL CASO:

- Los acusados fueron absueltos por el delito de estafa agravada en primera instancia. Fiscalia interpone recurso de Apelación y como pretensión impugnatoria solicita que "Se revoque la
decisión asumida y reformándola declare la nulidad del juicio oral y disponga la realización de un nuevo juicio oral por otro juzgado”.

❌️En la sentencia que resuelve la apelación la Sala Penal de Apelaciones en el acapite "Pretensión Impugnatoria" consignaron que el fiscal en el escrito de apelación peticionó que "Se revoque la sentencia y condene a los acusados";
❌️Además advierten, que en el juicio oral en la etapa alegatos de clausura el RMP concluye solicitando que se "revoque la absolutoria y se condene a los imputados absueltos a 6 años y 4 meses de PPL, así como 160 días multa".

🧐 Fundamento relevante:
✅️19.3.- La Corte Suprema advierte que la Sala Penal incurrio en un relevante error de lectura del recurso, ya que en ningún extremo del escrito de apelación se detecta que la pretensión haya sido la de revocación y condena.

✅️Asimismo, la CS detecta también que tal error trajo consigo que se le haya permitido al fiscal superior incorporar en sus alegatos de apelación una pretensión distinta a la que era objeto en el recurso. Ello, notoriamente, no solo ha infraccionado el principio de congruencia recursal en los términos del numeral 1 del artículo 409
del CPP y el literal b) del inciso 3 del artículo 425 del mismo texto adjetivo, sino también el derecho de defensa de los procesados que acudieron a la audiencia de apelación preparados a rebatir una pretensión nulificante.

⬇️Descarga la resolución:
https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/c6aaa30048da050982acdaeaff7e6022/Apelaci%C3%B3n+232-2024+Cusco.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=c6aaa30048da050982acdaeaff7e6022

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JC Abogados Asociados ⚖️⚖️🏛🏛Audiencia de Vista de la Causa.Sustentación de Informe Oral de apelación de sentencia ante e...
12/06/2026

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Audiencia de Vista de la Causa.
Sustentación de Informe Oral de apelación de sentencia ante el la Primera Sala Civil de Chiclayo.

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