Ricardo Noriega Licham Abogado

Ricardo Noriega Licham Abogado Equipo profesional de consultoría,asesoría y gestión de intereses para personas naturales y jurídicas

Hace poco más de 14 años, nuestra personería surge ante la necesidad de interactuar tanto la asesoría legal con la consultoría en proyectos de inversión y gestión de intereses. Nuestro staff con experiencia en el ámbito público y privado otorga a nuestros patrocinados el Know How para responder eficientemente ante sus necesidades e intereses

En el área judicial nuestros socios estratégicos a niv

el nacional son expertos litigantes, eficientes planteando las estrategias adecuadas en su defensa respondiendo tácticamente en el proceso para lograr la aplicación de la Ley y la Justicia

13/07/2026

🇯🇵 ¡JAPÓN ACABA DE HACER HISTORIA EN EL ESPACIO! 🚀

Por primera vez, la humanidad logró producir electricidad fuera de nuestro planeta y enviarla directamente de vuelta a la Tierra. 🌍⚡

Aquí te dejo los detalles de este increíble hito tecnológico:

📡 La hazaña: La agencia espacial japonesa (JAXA) completó el experimento con éxito utilizando tecnología de microondas desde la órbita baja terrestre.
🔋 La gran ventaja: Se trata de energía continua sin cables, sin interrupciones y completamente inmune a los problemas del clima de nuestro planeta.

Para muchísimos expertos y fanáticos de la ciencia, esto marca el inicio oficial de una nueva era energética. El futuro de la electricidad y de la humanidad ya no está limitado al suelo, ahora también está en las estrellas. ✨

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19/06/2026

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🚨 ¡El título de COFOPRI es nulo! Revisa aquí que dijo la Corte Suprema.

Una mujer sostuvo que había adquirido un lote en una asociación de vivienda desde 1998, que venía poseyéndolo, pagando autovalúos y que incluso había construido una vivienda donde vivía con sus hijos.

Sin embargo, años después, COFOPRI emitió un título de saneamiento de propiedad a favor de otra persona, quien luego demandó la reivindicación del predio y pidió que se le restituya la posesión.

📍 En primera instancia, el juez rechazó la demanda de nulidad.

Consideró que el título emitido por COFOPRI no era un acto jurídico, sino un acto administrativo. Bajo esa lógica, sostuvo que no podía cuestionarse mediante una demanda civil de nulidad de acto jurídico.

Además, declaró fundada la reivindicación a favor del titular inscrito y ordenó que la ocupante entregue el predio, incluso disponiendo la demolición de las construcciones realizadas.

⚖️ La Sala Superior confirmó esa decisión.

Insistió en que el título de saneamiento expedido por COFOPRI debía ser cuestionado en la vía contencioso administrativa, no en un proceso civil.

🚨 Pero la Corte Suprema corrigió ese razonamiento.

Señaló que negar la posibilidad de cuestionar judicialmente un título de COFOPRI puede afectar el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, sobre todo cuando un tercero afirma que dicho título vulnera su derecho de propiedad o posesión.

La Corte recordó que los títulos emitidos por COFOPRI sí pueden ser impugnados en la vía civil cuando se invoca la nulidad prevista en el artículo 219 inciso 8 del Código Civil, es decir, cuando se denuncia una nulidad por contravención a normas imperativas o de orden público.

También tomó en cuenta que la propia normativa de COFOPRI y la jurisprudencia sobre acción popular ya habían descartado que estos títulos sean intocables o que solo pueda pedirse una indemnización.

📌 Por eso, la Corte Suprema declaró fundado el recurso de casación, anuló la sentencia de vista y dejó sin efecto la sentencia de primera instancia, ordenando que el juez emita un nuevo pronunciamiento.

💡 La enseñanza es clara: un título otorgado por COFOPRI no queda blindado frente a cualquier cuestionamiento. Si una persona sostiene que ese título afectó derechos previos o se emitió vulnerando normas legales, puede pedir su nulidad en la vía civil

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