Cátedra Pariona

Cátedra Pariona Espacio académico impulsado por el equipo de la cátedra del Prof. Dr. Raúl Pariona Arana
www.linktr.ee/raulpariona Dr. iur. Raúl Pariona Arana. El Prof.

Esta es la plataforma digital de la Cátedra del Prof. El objetivo de esta página, impulsada por el equipo de la cátedra, es servir de medio para el intercambio de información con los estudiantes, abogados y profesores de todas las universidades del Perú y del mundo sobre los temas fundamentales del Derecho. Asimismo, está pagina tiene por finalidad brindar información sobre leyes, doctrina y juri

sprudencia y sobre las diversas actividades y eventos de los cursos materia de la cátedra. Raúl Pariona es profesor en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y Pontificia Universidad Católica del Perú.

  | ¿HASTA QUÉ HORA PUEDEN PRESENTARSE ESCRITOS POR MESA DE PARTES VIRTUAL?El Tribunal Constitucional, en la *Sentencia ...
24/08/2026

| ¿HASTA QUÉ HORA PUEDEN PRESENTARSE ESCRITOS POR MESA DE PARTES VIRTUAL?

El Tribunal Constitucional, en la *Sentencia recaída en el Expediente N.° 00697-2024-PA/TC*, ha precisado que los escritos remitidos a través de la *Mesa de Partes Virtual del Ministerio Público hasta las 23:59 horas deben considerarse válidamente presentados dentro del mismo día*.

En el fundamento jurídico 34, el Tribunal advierte que las restricciones horarias impuestas por la Fiscalía para la recepción de documentos mediante canales virtuales resultan arbitrarias y vulneran el *principio de legalidad*, pues no pueden establecer condiciones menos favorables para los administrados que aquellas previstas en la Ley N.° 27444.

De esta manera, el TC reafirma que la implementación de una mesa de partes virtual no puede traducirse en restricciones que limiten injustificadamente el ejercicio de los derechos de los ciudadanos.

⚖️ *Criterio relevante:* los escritos presentados virtualmente hasta las *23:59 horas* se consideran ingresados válidamente dentro del día correspondiente, prevaleciendo esta regla frente a cualquier restricción horaria interna establecida por el Ministerio Público.

23/08/2026

| ¿LA EXTRADICIÓN SUSPENDE LA PRESCRIPCIÓN DE LA PENA?

¿Puede prescribir una pena privativa de libertad cuando el condenado nunca fue detenido, pese a existir un procedimiento de extradición activo para ejecutar la sentencia?

En este video analizamos la **Sentencia 170/2026, recaída en el Expediente N.° 01771-2025-PHC/TC**, mediante la cual el Tribunal Constitucional aborda los alcances de la prescripción de la pena y su diferencia frente a la prescripción de la acción penal, a propósito del caso Utopía.

El Tribunal declaró fundada la demanda de hábeas corpus al considerar que las reglas de suspensión y el plazo extraordinario previstos para la prescripción de la acción penal no pueden trasladarse a la prescripción de la pena sin una base legal expresa.

Sin embargo, un voto singular plantea una cuestión especialmente relevante: si existe un procedimiento de extradición destinado precisamente a hacer efectiva una condena firme, ¿debe continuar transcurriendo el plazo de prescripción?

⚖️ ¿La legalidad penal impide extender los supuestos de suspensión de la prescripción de la pena o la extradición activa debería suspender su cómputo para evitar la impunidad y garantizar el derecho de las víctimas a la justicia?

¡Abramos el debate!

Después de transcurrido más de ocho años de la primera edición, acaba de publicarse la tercera edición de nuestro libro ...
23/08/2026

Después de transcurrido más de ocho años de la primera edición, acaba de publicarse la tercera edición de nuestro libro “El delito de colusión”. El libro aborda la amplia problemática penal que acompaña a la contratación pública en el Perú.
Todos tengan un buen domingo.

  | Cine y memoria se encuentran en el Callao 🎬En esta oportunidad compartimos la programación de la Muestra de Largomet...
21/08/2026

| Cine y memoria se encuentran en el Callao 🎬
En esta oportunidad compartimos la programación de la Muestra de Largometrajes FECC 2026, una propuesta que reúne historias que conectan épocas, identidades y lugares, y que nos invitan a descubrir nuevas formas de mirar el Callao.
📅 Viernes 21 de agosto
🎬 Viaje a Tombuctú — 5:30 p. m.
📍 Dirección Desconcentrada de Cultura del Callao, Jr. Salaverry 208.

📅 Sábado 22 de agosto
🎬 Viejos amigos — 4:00 p. m.
📍 Museo de Historia y Arte del Callao, Jr. Manco Cápac 182.

🎬 Pacífico. El retorno al océano — 6:00 p. m.
📍 Museo de Historia y Arte del Callao, Jr. Manco Cápac 182.

🎟️ Ingreso libre y gratuito.

Te invitamos a disfrutar de esta experiencia cinematográfica y descubrir historias que dialogan con la identidad y memoria del Callao. 🎥
Link: https://www.facebook.com/profile.php?id=61592924007608

Inicio de ciclo académico 2026-2 en la Pontificia Universidad Católica del Perú. Luego de la pausa, nos alegra retornar ...
19/08/2026

Inicio de ciclo académico 2026-2 en la Pontificia Universidad Católica del Perú. Luego de la pausa, nos alegra retornar a las aulas y reencontrarnos con los alumnos, en esta grata experiencia que significa la universidad y su quehacer en la formación de los futuros profesionales.

Gracias a todo el Equipo de la Cátedra por su contribución en la preparación y organización del programa académico. El cumplimiento de los objetivos encargados por universidad sólo es posible gracias al apoyo de ustedes. El esfuerzo y dedicación es siempre en pro de nuestros alumnos.

Todos tengan un bonito día!
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  | EL DELITO DE RECEPTACIÓNEl delito de receptación se configura cuando un agente adquiere, recibe en donación o en pre...
18/08/2026

| EL DELITO DE RECEPTACIÓN

El delito de receptación se configura cuando un agente adquiere, recibe en donación o en prenda, guarda, esconde, vende o ayuda a comercializar un bien, conociendo o debiendo presumir que este proviene de la comisión de un delito previo. Este ilícito se encuentra regulado en el artículo 194 de nuestro Código Penal.

A diferencia de otras figuras penales, los bienes involucrados en la receptación mantienen su forma e identidad original. Por ello, el legislador sanciona esta conducta para frenar el mercado negro y evitar que terceros se aprovechen económicamente de las consecuencias de un delito anterior.

  | APARATOS ORGANIZADOS DE PODER: ¿FUNGIBILIDAD DEL «AUTOR MEDIATO»?Autor: Raúl Ernesto Martínez HuamánEn esta oportuni...
17/08/2026

| APARATOS ORGANIZADOS DE PODER: ¿FUNGIBILIDAD DEL «AUTOR MEDIATO»?

Autor: Raúl Ernesto Martínez Huamán
En esta oportunidad recomendamos la lectura de «Aparatos organizados de poder: ¿fungibilidad del "autor mediato"?», artículo publicado como capítulo dentro del libro Perspectivas críticas sobre los fundamentos del derecho penal (Palestra Editores, 2025), obra colectiva editada por el Dr. Raúl Pariona Arana. El trabajo revisa la teoría del dominio de la voluntad a través de aparatos organizados de poder, formulada originalmente por Claus Roxin para explicar la responsabilidad penal del "hombre de atrás" en estructuras criminales jerarquizadas, desde el Estado hasta organizaciones no gubernamentales. El autor recorre los antecedentes de la figura, delimita el concepto de autoría mediata y examina con detalle sus tres elementos configuradores: el dominio sobre el aparato de poder, la desvinculación del derecho (rechtsgelöstheit) del ejecutor, y, sobre todo, la fungibilidad, es decir, la intercambiabilidad de los ejecutores como fundamento del dominio del hecho por parte de quien imparte la orden sin ejecutarla materialmente.
¿Por qué leerlo? Porque pone en cuestión uno de los presupuestos más discutidos y más criticados de la construcción dogmática de Roxin: si la fungibilidad del ejecutor realmente sostiene el dominio del hecho del autor mediato, o si, como sugiere un sector de la doctrina, ese argumento termina jugando en contra de la autoría mediata y a favor de calificar la conducta del "hombre de atrás" como inducción. Se trata de una discusión con enorme relevancia práctica en el derecho penal peruano y comparado, pues de su resolución depende cómo se atribuye responsabilidad penal a quienes dirigen aparatos de poder estatales, empresariales o criminales sin intervenir directamente en la ejecución del delito, un debate central en casos de macrocriminalidad, violaciones a derechos humanos y crimen organizado.

12/08/2026

I Apelación N.º 316-2025/Suprema – El agraviado puede interponer tutela de derechos

Recientemente, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia estableció la posibilidad de que el agraviado interponga tutela de derechos, aun cuando no se haya constituido como actor civil, privilegiando la vigencia del derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, a la pluralidad de instancias y al principio de igualdad de armas. Con esta decisión, a través del método del overruling, el supremo tribunal se aparta de la interpretación literal del artículo 71 del Código Procesal Penal, bajo la cual concebía a la tutela de derechos como un recurso limitado al imputado.

¿Consideras que este criterio garantiza los derechos fundamentales del agraviado? o ¿Se debe circunscribir el acceso a la tutela de derechos al imputado?

¡Abramos el debate!

   I ¿ES ESTAFA SI LA VÍCTIMA PUDO EVITAR EL ENGAÑO REVISANDO REGISTROS PÚBLICOS? - RECURSO DE NULIDAD N.° 2504-2015, LI...
12/08/2026

I ¿ES ESTAFA SI LA VÍCTIMA PUDO EVITAR EL ENGAÑO REVISANDO REGISTROS PÚBLICOS? - RECURSO DE NULIDAD N.° 2504-2015, LIMA
La Corte Suprema ha señalado que (...) Al momento de analizar la tipicidad en los procesos por estafa, el juez penal no debe preguntarse "¿Quién causó el error de la víctima? sino ¿Quién es competente por el déficit de conocimientos -error- de la víctima?" (...) Ahora bien ¿Qué criterio orienta el reparto de incumbencias respecto a la averiguación de la información? (...) Es el criterio de accesibilidad normativa el que permite delimitar los ámbitos de competencia respecto de la superación del déficit de información (...) Hay accesibilidad normativa cuando el disponente tiene, por una parte acceso a la información que necesita para tomar su decisión de disposición y goza, por otra, de los conocimientos necesarios para descrifrarla. en caso de que haya accesibilidad normativa de la información para el disponente, incumbe a este último averiguarla.

  | SOBRE LA VIDEOVIGILANCIAEl empleo de aeronaves no tripuladas y técnicas especiales de observación representa un gran...
11/08/2026

| SOBRE LA VIDEOVIGILANCIA

El empleo de aeronaves no tripuladas y técnicas especiales de observación representa un gran avance en la persecución penal, pero exige estrictos controles constitucionales. Analizamos los pronunciamientos clave sobre facultades policiales, obtención de pruebas y la protección de la privacidad frente a la tecnología.



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