IURIS PERÚ - Arbitraje, JPRD y Capacitaciones en Contrataciones Públicas

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IURIS PERÚ - Arbitraje, JPRD y Capacitaciones en Contrataciones Públicas Primera institución arbitral fuera de Lima y segunda a nivel nacional registrada en el REGAJU para administrar procesos sobre contratos de hasta 20,000 UIT.

Contamos con certificaciones internacionales ISO 9001 e ISO 37001.

🚨 ¿Te aprobaron una ampliación de plazo para tu primera entrega y crees que automáticamente se aplazan las demás? ¡Cuida...
22/07/2026

🚨 ¿Te aprobaron una ampliación de plazo para tu primera entrega y crees que automáticamente se aplazan las demás? ¡Cuidado, podrías caer en penalidad!

Ú𝙣𝙚𝙩𝙚 𝙖 𝙣𝙪𝙚𝙨𝙩𝙧𝙤 𝙘𝙖𝙣𝙖𝙡 𝙙𝙚 𝙒𝙝𝙖𝙩𝙨𝘼𝙥𝙥 𝙥𝙖𝙧𝙖 𝙢𝙖𝙣𝙩𝙚𝙣𝙚𝙧𝙩𝙚 𝙖𝙘𝙩𝙪𝙖𝙡𝙞𝙯𝙖𝙙𝙤:
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Hoy les compartimos un análisis clave de la Opinión N° D000025-2025-OSCE-DTN, un precedente fundamental para no confiarse con los cronogramas en contratos de ejecución periódica o entregas parciales.

💡 El Caso: Un contratista tiene a su cargo un servicio o suministro dividido en varias prestaciones o entregas en el tiempo. Sufre un retraso por causas ajenas a su voluntad en la primera entrega y solicita una ampliación de plazo. ¿Esa ampliación mueve las fechas futuras de las demás obligaciones?

💼 El Giro Legal: El OSCE aclara que la ampliación de una prestación parcial NO afecta automáticamente al resto. Todo depende de cómo se establecieron las entregas en el contrato: el plazo del resto solo se verá afectado si la entrega retrasada era una condición técnica o requisito indispensable para poder ejecutar la siguiente.

📑✨ ¿El resultado? Si las entregas son independientes (una no bloquea a la otra), la ampliación solo cubre la prestación afectada, y las fechas de las siguientes entregas se mantienen igual. Esta regla aplica tanto para contratos regulares como para Compras Corporativas con administración delegada (como las que realiza FONAFE). ¡Si te confías, te aplicarán penalidad por mora en tus próximas entregas!

📌 Lección clave para proveedores:

1️⃣ No asumas un aplazamiento general: Una ampliación de plazo en una entrega no salva el cronograma completo si las prestaciones son independientes.
2️⃣ Sustenta la dependencia: Si vas a pedir ampliación, demuestra técnicamente por qué el retraso de la entrega te imposibilita físicamente cumplir con la entrega
3️⃣ Manejo en Compras Corporativas: Las entidades tienen plenos derechos copara administrar y resolver estas ampliaciones de plazo usando las reglas generales.

👉 Desliza las imágenes para ver el resumen en láminas.

📌 ¡Explora el Tablero Normativo de Contrataciones Públicas!Ú𝙣𝙚𝙩𝙚 𝙖 𝙣𝙪𝙚𝙨𝙩𝙧𝙤 𝙘𝙖𝙣𝙖𝙡 𝙙𝙚 𝙒𝙝𝙖𝙩𝙨𝘼𝙥𝙥 𝙥𝙖𝙧𝙖 𝙢𝙖𝙣𝙩𝙚𝙣𝙚𝙧𝙩𝙚 𝙖𝙘𝙩𝙪𝙖𝙡𝙞𝙯𝙖𝙙𝙤...
14/07/2026

📌 ¡Explora el Tablero Normativo de Contrataciones Públicas!

Ú𝙣𝙚𝙩𝙚 𝙖 𝙣𝙪𝙚𝙨𝙩𝙧𝙤 𝙘𝙖𝙣𝙖𝙡 𝙙𝙚 𝙒𝙝𝙖𝙩𝙨𝘼𝙥𝙥 𝙥𝙖𝙧𝙖 𝙢𝙖𝙣𝙩𝙚𝙣𝙚𝙧𝙩𝙚 𝙖𝙘𝙩𝙪𝙖𝙡𝙞𝙯𝙖𝙙𝙤:
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El OECE ha puesto a disposición una excelente herramienta interactiva para consultar la normativa vigente. A través de este tablero, podrás acceder rápidamente, y con un solo clic, a todas las reglas de juego de la contratación pública.

A través de este tablero podrás acceder a:
✅ La Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas.
✅ Su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-2025-EF.
✅ La normativa complementaria específica aprobada por los organismos competentes como la DGA, el OECE y PERÚ COMPRAS.
✅ Las Bases Estándar vigentes y la Línea de Tiempo de la nueva Ley N° 32069 y su Reglamento.

🔗 Accede aquí al tablero normativo:https://www.gob.pe/institucion/oece/informes-publicaciones/6782940-tablero-normativo-de-contrataciones-publicas

👉 Guarda este enlace entre tus favoritos, es una herramienta indispensable para todo residente, supervisor, funcionario y proveedor del Estado.

09/07/2026

🏗️ 𝗪𝗘𝗕𝗜𝗡𝗔𝗥: "𝗟𝗮 𝗴𝗲𝘀𝘁𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗿𝗶𝗲𝘀𝗴𝗼𝘀 𝗲𝗻 𝗹𝗮 𝗲𝗷𝗲𝗰𝘂𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗼𝗯𝗿𝗮𝘀 𝗽𝘂́𝗯𝗹𝗶𝗰𝗮𝘀"

🗓️ 𝐹𝑒𝑐ℎ𝑎: 25 𝑑𝑒 𝑗𝑢𝑛𝑖𝑜 𝑑𝑒 2026

🗣️ ¿𝐃𝐞 𝐪𝐮𝐞́ 𝐡𝐚𝐛𝐥𝐚𝐦𝐨𝐬?
La gestión de riesgos en obras públicas busca optimizar los proyectos a nivel nacional, pero en la práctica ha enfrentado severas ineficiencias. Analizamos cómo la normativa anterior convirtió este proceso en un formalismo o "letra mu**ta", y cómo la nueva Ley 32069 intenta rescatarlo exigiéndolo como un proceso dinámico, sistémico y obligatorio. Examinamos la problemática de la asignación inequitativa, donde a menudo se traslada el 100% de los riesgos al contratista, exigiendo responsabilidad sobre errores de diseño o geológicos no presupuestados. Y cuestionamos si estas matrices de riesgo son verdaderas herramientas operativas o si están repletas de elementos redundantes que solo causan paralizaciones y controversias.

💡 𝐋𝐨 𝐪𝐮𝐞 𝐪𝐮𝐞𝐝𝐨́ 𝐜𝐥𝐚𝐫𝐨:
✓ La gestión de riesgos debe dejar de ser un simple trámite burocrático para convertirse en una metodología de trabajo que requiere personal debidamente capacitado.
✓ La asignación injusta de riesgos hacia el contratista, especialmente respecto a deficiencias del expediente técnico, es una causa fundamental de la paralización de obras en el Perú.
✓ La Junta de Prevención y Resolución de Disputas (JPRD) cumple un rol vital y preventivo al verificar constantemente la matriz de riesgos directamente en las visitas de obra.
✓ Es imperativo implementar la recopilación de "lecciones aprendidas" y asegurar que los profesionales a cargo del diseño de riesgos tengan experiencia real de campo.

👏🏼 𝐀𝐠𝐫𝐚𝐝𝐞𝐜𝐢𝐦𝐢𝐞𝐧𝐭𝐨 𝐞𝐬𝐩𝐞𝐜𝐢𝐚𝐥:
👨🏻‍⚖️ 𝐷𝑟. 𝑀𝑎𝑟𝑡𝑖́𝑛 𝐶𝑎𝑏𝑟𝑒𝑟𝑎
👩🏻‍⚖️ 𝐷𝑟𝑎. 𝐺𝑟𝑎𝑐𝑒 𝐶𝑎𝑠𝑡𝑟𝑜 𝑅𝑜𝑗𝑎𝑠
👷🏻‍♂️ 𝐼𝑛𝑔. 𝐴𝑛𝑔𝑒𝑙𝑜 𝐷𝑢𝑎𝑟𝑡𝑒 𝐷𝑖 𝑅𝑜𝑠𝑎

🤝 A todos los que participaron y enviaron preguntas: esta conversación es de todos.



▶️ Mira el video completo en este post.

🚨 ¿Te estás atrasando en la ejecución de tu obra y el supervisor te exige un "Calendario Acelerado"? ¡Conoce las reglas ...
06/07/2026

🚨 ¿Te estás atrasando en la ejecución de tu obra y el supervisor te exige un "Calendario Acelerado"? ¡Conoce las reglas exactas para defenderte!

Ú𝙣𝙚𝙩𝙚 𝙖 𝙣𝙪𝙚𝙨𝙩𝙧𝙤 𝙘𝙖𝙣𝙖𝙡 𝙙𝙚 𝙒𝙝𝙖𝙩𝙨𝘼𝙥𝙥 𝙥𝙖𝙧𝙖 𝙢𝙖𝙣𝙩𝙚𝙣𝙚𝙧𝙩𝙚 𝙖𝙘𝙩𝙪𝙖𝙡𝙞𝙯𝙖𝙙𝙤:
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Hoy les compartimos un análisis clave basado en la reciente Opinión N° D000060-2026-OECE-DTN del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes, un precedente fundamental para los contratistas y residentes de obra.

💡 El Caso: Durante la ejecución, si se presenta un retraso injustificado, el supervisor te obligará a presentar un nuevo Programa de Ejecución Acelerado y un nuevo calendario valorizado, anotando este hecho en el cuaderno de incidencias. Pero, ¿cómo se mide exactamente este atraso?

💼 El Giro Legal: El OECE ha aclarado que la medición del supervisor no se hace solo evaluando el mes en curso, sino que comprende el resultado acumulado de las valorizaciones hasta ese momento. La exigencia aplica si ese acumulado baja del 80% de lo programado, o si te atrasas en una actividad de la ruta crítica (incluyendo aquellas que se volvieron críticas por superar su holgura).

📑✨ ¿El resultado? La Opinión ratifica que el retraso solo se considera "injustificado" si, tras la evaluación de la supervisión, resulta atribuible al contratista ejecutor. Además, establece que, si la Entidad te observa los nuevos documentos, aunque la normativa no fije un plazo exacto para subsanar, deberás hacerlo de manera oportuna para no afectar el monitoreo del plazo contractual.

📌 Lecciones clave para proveedores:
1️⃣ Controla tu acumulado histórico: No basta con salvar el mes actual; el supervisor evaluará si tu valorización acumulada total cae por debajo del 80%.
2️⃣ Cuidado con los tiempos de holgura (Ruta Crítica): Una actividad inofensiva puede volverse crítica si supera su holgura; si la atrasas por tu culpa, afectarás el plazo total.
3️⃣ Justifica de inmediato: Si la afectación deriva de causas no imputables a ti, gestiónalo rápidamente para que no sea catalogado como un retraso "injustificado".

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🚨 ¿PERDISTE UNA LICITACIÓN PORQUE LE DIERON PUNTAJES EXAGERADOS A TU COMPETENCIA EN LAS "MEJORAS"? ¡CUIDADO, LAS REGLAS ...
30/06/2026

🚨 ¿PERDISTE UNA LICITACIÓN PORQUE LE DIERON PUNTAJES EXAGERADOS A TU COMPETENCIA EN LAS "MEJORAS"? ¡CUIDADO, LAS REGLAS DE LA ENTIDAD PODRÍAN SER ILEGALES!

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Hoy les compartimos un análisis clave basado en la reciente Resolución N° 06258-2026-TCP-S4 del Tribunal de Contrataciones Públicas, un precedente fundamental para no dejarse engañar con bases mal formuladas.

💡El Caso: En un Concurso Público para el servicio de seguridad y vigilancia, la Entidad estructuró sus factores de evaluación otorgando hasta 30 y 25 puntos por diversas "Mejoras a los términos de referencia". ¡Llegaron a sumar un exorbitante total de 85 puntos solo en ese rubro!

💼 El Giro Legal: ¡Esto constituye un vicio sustancial! El Tribunal detectó de oficio que la Entidad se apartó de las Bases Estándar aplicables, las cuales dictan claramente que solo se puede otorgar un máximo de 10 puntos por cada mejora. Aunque la Entidad intentó defenderse argumentando que "todos fueron evaluados igual" y que nadie observó el error a tiempo, el Tribunal aclaró que una regla contraria a la normativa de obligatorio cumplimiento no se puede convalidar mediante el silencio.

📑✨ ¿El resultado? El Tribunal no dudó y declaró la NULIDAD total del procedimiento de selección de oficio por contravenir las normas legales. Ordenó retrotraer todo el proceso hasta la etapa de convocatoria y obligó a la Entidad a reformular las bases respetando los límites legales vigentes.

📌 Lecciones clave para proveedores:

1️⃣ Las Bases Estándar son tu escudo: Ninguna entidad puede inventar metodologías de puntaje que superen los límites máximos establecidos legalmente (10 puntos por mejora).

2️⃣ La preclusión no salva lo ilegal: Aunque nadie haya observado el error en la etapa de formulación de consultas, las reglas contrarias a la normativa son nulas de pleno derecho.

3️⃣ El Tribunal vigila: Si detectan un vicio sustancial en las bases durante un recurso de apelación, anularán el proceso de oficio para garantizar la transparencia, la legalidad y la igualdad de trato en las contrataciones.

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25/06/2026

Lo invitamos a participar en nuestro webinar gratuito:
🔹 "LA GESTIÓN DE RIESGOS EN LA EJECUCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS"
📅 Fecha: Jueves 25 de junio de 2026
🕕 Hora: 6:00 p. m. (Hora de Perú)
📡 Modalidad: Transmisión en vivo por Facebook Live y sala privada en Google Meet.
👥 Nuestro Panel de Expertos:
Dr. Martín Cabrera Marchán | Presidente del Consejo Superior — IURIS PERÚ.
Mg. Grace Castro Rojas | Abogada, PMP®️. Especialista en Contratos de Construcción, Gestión de Contratos NEC y Solución de Controversias.
Mg. Angelo Duarte Di Rosa | Ingeniero Civil y Abogado, PMP®️. Especialista en Gestión Contractual de Obras y Reclamaciones.
📜 Certificación Opcional:
El evento cuenta con el respaldo y aval académico del Colegio de Ingenieros del Perú - C.D. Ayacucho.
Inversión del certificado: S/ 20.00
📌 ¿Cómo participar?
Asegure su vacante y siga las instrucciones de registro en el siguiente enlace:
🔗 https://forms.gle/qacbUGiy4zuDcNHZ7
⚠️ Nota Importante: Las preguntas y la interacción directa con los ponentes se llevará a cabo de manera exclusiva en la sala privada de Google Meet. ¡Los participantes inscritos con certificado tendrán este acceso preferencial!

Lo invitamos a participar en nuestro webinar gratuito:🔹 "LA GESTIÓN DE RIESGOS EN LA EJECUCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS"📅 Fecha...
23/06/2026

Lo invitamos a participar en nuestro webinar gratuito:
🔹 "LA GESTIÓN DE RIESGOS EN LA EJECUCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS"

📅 Fecha: Jueves 25 de junio de 2026
🕕 Hora: 6:00 p. m. (Hora de Perú)
📡 Modalidad: Transmisión en vivo por Facebook Live y sala privada en Google Meet.

👥 Nuestro Panel de Expertos:

Dr. Martín Cabrera Marchán | Presidente del Consejo Superior — IURIS PERÚ.

Mg. Grace Castro Rojas | Abogada, PMP®️. Especialista en Contratos de Construcción, Gestión de Contratos NEC y Solución de Controversias.

Mg. Angelo Duarte Di Rosa | Ingeniero Civil y Abogado, PMP®️. Especialista en Gestión Contractual de Obras y Reclamaciones.

📜 Certificación Opcional:
El evento cuenta con el respaldo y aval académico del Colegio de Ingenieros del Perú - C.D. Ayacucho.

Inversión del certificado: S/ 20.00

📌 ¿Cómo participar?
Asegure su vacante y siga las instrucciones de registro en el siguiente enlace:
🔗 https://forms.gle/qacbUGiy4zuDcNHZ7

⚠️ Nota Importante: Las preguntas y la interacción directa con los ponentes se llevará a cabo de manera exclusiva en la sala privada de Google Meet. ¡Los participantes inscritos con certificado tendrán este acceso preferencial!

🛠️ ¿Sabías que actualizar el cronograma de tu obra NO ES LO MISMO que modificar el contrato?Ú𝙣𝙚𝙩𝙚 𝙖 𝙣𝙪𝙚𝙨𝙩𝙧𝙖 𝙘𝙖𝙣𝙖𝙡 𝙙𝙚 𝙒𝙝𝙖...
16/06/2026

🛠️ ¿Sabías que actualizar el cronograma de tu obra NO ES LO MISMO que modificar el contrato?

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Muchos residentes y contratistas de obra confunden dos conceptos clave: la actualización del Programa de Ejecución de Obra (PEO) y la modificación contractual. Esta confusión genera trámites innecesarios para unos, y abusos de control para otros.

Hoy analizamos la Opinión N° D000050-2026-OECE-DTN, que aclara este punto de forma definitiva.

🏗️ ¿Qué dice la Opinión?

El PEO es la hoja de ruta de tu obra: marca cuándo se ejecuta cada actividad. Cuando, por causas que NO SON TU CULPA, este cronograma deja de reflejar la realidad del avance, puedes pedir su actualización. pero hay reglas claras:

Solo el supervisor o inspector puede autorizarla (no la Entidad directamente). El retraso no debe ser imputable a ti. La ruta crítica no debe verse afectada.

⚖️ ¿Y la gran noticia?

Esta actualización NO es una modificación contractual. No necesitas adenda, ni acuerdo de partes. Es simplemente un ajuste técnico para sincerar el avance real.

🚫 Lo que la Entidad NO puede hacer:

Usar calendarios "paralelos" para medirte o penalizarte. El control de demoras se hace única y exclusivamente contra el Calendario de Avance Valorizado vigente.

✅ Lo nuevo con la Ley N° 32069:

Ya no estás obligado a usar solo el método CPM. Puedes emplear otro método de planificación, siempre con el sustento técnico de la Entidad.

💡 3 Lecciones de oro para residentes y supervisores:

No es lo mismo actualizar que modificar: sincerar el PEO por causas ajenas a ti no necesita adenda.

La ruta crítica es tu límite: si la actualización la afecta, este mecanismo simple ya no aplica.

La Entidad no puede inventar reglas: solo el calendario vigente y aprobado cuenta para medir tu avance.

🗂️ Desliza las imágenes y entiende cómo proteger tu plazo de obra frente a controles indebidos.

🚫 ¡Cuidado! Que no te dejen fuera con "exigencias fantasmas" en las BasesÚ𝙣𝙚𝙩𝙚 𝙖 𝙣𝙪𝙚𝙨𝙩𝙧𝙤 𝙘𝙖𝙣𝙖𝙡 𝙙𝙚 𝙒𝙝𝙖𝙩𝙨𝘼𝙥𝙥 𝙥𝙖𝙧𝙖 𝙢𝙖𝙣𝙩𝙚𝙣𝙚𝙧...
11/06/2026

🚫 ¡Cuidado! Que no te dejen fuera con "exigencias fantasmas" en las Bases

Ú𝙣𝙚𝙩𝙚 𝙖 𝙣𝙪𝙚𝙨𝙩𝙧𝙤 𝙘𝙖𝙣𝙖𝙡 𝙙𝙚 𝙒𝙝𝙖𝙩𝙨𝘼𝙥𝙥 𝙥𝙖𝙧𝙖 𝙢𝙖𝙣𝙩𝙚𝙣𝙚𝙧𝙩𝙚 𝙖𝙘𝙩𝙪𝙖𝙡𝙞𝙯𝙖𝙙𝙤:
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Muchos proveedores se desaniman o quedan descalificados injustamente porque las Entidades Públicas inventan requisitos que van en contra de la ley. Hoy analizamos la Resolución N° 5080-2026-TCP-S3, un caso real del Tribunal de Contrataciones Públicas que todo proveedor debe conocer para defenderse.

🏛️ El Caso Real

En un concurso público para el servicio de comedor de una universidad, un postor fue descalificado porque sus diplomados no consignaban "créditos académicos". Al apelar, el Tribunal detectó un abuso mayor: las propias bases eran ilegales.

Exigieron estrictamente "diplomados" para el personal clave, cuando las Bases Estándar permiten acreditar la capacitación con constancias o certificados simples.
Pidieron 150 horas lectivas, cuando el tope máximo permitido es de 120 horas.

⚖️ ¿El resultado?

El Tribunal aplicó el Principio de Legalidad y declaró la NULIDAD DE OFICIO del proceso, ordenando retrotraerlo hasta la convocatoria. ¡Un respiro para los postores afectados!

💡 3 Lecciones de oro para ganar licitaciones:

🛡️ Las Bases Estándar mandan: La Entidad no puede incluir exigencias desproporcionadas o innecesarias que limiten la libre competencia. Si notas que piden más horas de lo permitido o restringen los documentos de acreditación... ¡es una alerta roja!

📝 Acredita con lo que la ley permite: La capacitación del personal clave puede demostrarse con copias simples de constancias o certificados. No pagues por diplomas costosos que la norma no exige.

🎯 Impugna sin miedo: Si te descalifican aplicando una regla ilegal, el Tribunal de Contrataciones es tu respaldo para tumbar el proceso y obligar a una competencia justa.

🗂️ Desliza las imágenes para entender paso a paso cómo una exigencia excesiva puede anular todo un proceso de contratación pública.

08/06/2026

🎬 𝗜𝗜 𝗖𝗢𝗡𝗩𝗘𝗥𝗦𝗔𝗧𝗢𝗥𝗜𝗢 𝗩𝗜𝗥𝗧𝗨𝗔𝗟: "𝗔𝗿𝗯𝗶𝘁𝗿𝗮𝗷𝗲 𝗱𝗲 𝗘𝗺𝗲𝗿𝗴𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮 𝗲𝗻 𝗖𝗼𝗻𝘁𝗿𝗮𝘁𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀 𝗣𝘂́𝗯𝗹𝗶𝗰𝗮𝘀"

✅ 𝐹𝑒𝑐ℎ𝑎: 22 𝑑𝑒 𝑚𝑎𝑦𝑜 𝑑𝑒 2026

¿𝐃𝐞 𝐪𝐮𝐞́ 𝐡𝐚𝐛𝐥𝐚𝐦𝐨𝐬?

El arbitraje de emergencia llegó a Perú hace pocos años para resolver conflictos urgentes. Pero hoy enfrenta una paradoja: funciona cuando lo necesitamos, pero la regulación cada vez lo limita más.

Analizamos cómo esta figura nació en los reglamentos de centros arbitrales sin estar regulada en la Ley de Arbitraje. Examinamos cómo la contracautela pasó de ser un requisito para ejecutar medidas a convertirse en una barrera de acceso. Y cuestionamos si realmente queremos que el arbitraje de emergencia prospere o si preferimos enterrarlo.

𝐋𝐨 𝐪𝐮𝐞 𝐪𝐮𝐞𝐝𝐨́ 𝐜𝐥𝐚𝐫𝐨:

✓ El arbitraje de emergencia no es el problema. El problema es nuestra arquitectura normativa.

✓ La tutela cautelar debe ser accesible. No puede ser privilegio de quienes tienen dinero para garantías.

✓ Los árbitros que dictan medidas cautelares ejercen jurisdicción legítima. No son desechables.

✓ Hay países que aplican esta figura exitosamente. No es que esté condenada a fallar.

𝐀𝐠𝐫𝐚𝐝𝐞𝐜𝐢𝐦𝐢𝐞𝐧𝐭𝐨 𝐞𝐬𝐩𝐞𝐜𝐢𝐚𝐥:

👏 𝐷𝑟. 𝑀𝑎𝑟𝑡𝑖́𝑛 𝐶𝑎𝑏𝑟𝑒𝑟𝑎 𝑀𝑎𝑟𝑐ℎ𝑎́𝑛
👏 𝐷𝑟𝑎. 𝐸𝑙𝑖𝑧𝑎𝑏𝑒𝑡ℎ 𝐾𝑎𝑟𝑒𝑚 𝑅𝑎𝑚𝑜𝑠 𝐿𝑎𝑟𝑎
👏 𝐷𝑟. 𝐶𝑎𝑟𝑙𝑜𝑠 𝐸𝑛𝑟𝑖𝑞𝑢𝑒 𝐴́𝑙𝑣𝑎𝑟𝑒𝑧 𝑆𝑜𝑙𝑖́𝑠

A todos los que participaron y enviaron preguntas: esta conversación es de todos.



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