24/02/2026
La reciente definición de la Corte sobre cuándo una actividad paralela puede constituir competencia desleal pone en evidencia un principio jurídico fundamental: la libertad de trabajar o emprender no está prohibida, pero esa libertad encuentra límites cuando se utiliza información confidencial, se capta clientela del empleador o se perjudican sus intereses legítimos.
En derecho, la competencia desleal no se basa en la simple coincidencia de actividades, sino en actos contrarios a la buena fe, honestidad y lealtad comercial.
𝗦𝗶 𝗲𝗿𝗲𝘀 𝘁𝗿𝗮𝗯𝗮𝗷𝗮𝗱𝗼𝗿 𝗼 𝗲𝗺𝗽𝗹𝗲𝗮𝗱𝗼𝗿 𝘆 𝘁𝗶𝗲𝗻𝗲𝘀 𝗱𝘂𝗱𝗮𝘀 𝘀𝗼𝗯𝗿𝗲 𝗰𝘂𝗮́𝗻𝗱𝗼 𝘂𝗻𝗮 𝗮𝗰𝘁𝗶𝘃𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗽𝗮𝗿𝗮𝗹𝗲𝗹𝗮 𝗽𝘂𝗲𝗱𝗲 𝗰𝗼𝗻𝘃𝗲𝗿𝘁𝗶𝗿𝘀𝗲 𝗲𝗻 𝗰𝗼𝗺𝗽𝗲𝘁𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮 𝗱𝗲𝘀𝗹𝗲𝗮𝗹, 𝗶𝗻𝗳𝗼́𝗿𝗺𝗮𝘁𝗲 𝘆 𝗮𝘀𝗲𝘀𝗼́𝗿𝗮𝘁𝗲 𝗮 𝘁𝗶𝗲𝗺𝗽𝗼 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗲𝘃𝗶𝘁𝗮𝗿 𝗰𝗼𝗻𝘁𝗶𝗻𝗴𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮𝘀 𝗹𝗲𝗴𝗮𝗹𝗲𝘀.
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