09/11/2022
TIENES DOS OPCIONES PARA DIVORCIARTE:
1. Separación Convencional y Divorcio Ulterior
Para ello, deberás presentar los siguientes requisitos:
- Demanda firmada por ambos cónyuges y abogado.
- Copia simple del DNI de ambos cónyuges.
- Partida de matrimonio.
- Partida de nacimiento de los hijos, de ser el caso.
- Documentos que acrediten la propiedad de los bienes muebles e inmuebles.
- Inventario valorizado de los bienes, con firma legalizada de ambos cónyuges ante Notario Público.
- Propuesta de convenio sobre alimentos, el ejercicio de la patria potestad, tenencia, régimen de visitas y la liquidación de la sociedad de gananciales.
- Tasa judicial por ofrecimiento de pruebas (abonar en el Banco de la Nación).
- Cédulas de notificación suficientes (abonar en el Banco de la Nación).
Procedimiento:
- Presentación de la demanda.
- Audiencia Única.
- Juzgado espera 30 días posteriores a la audiencia a efectos de que alguno de los cónyuges pueda revocar su decisión de divorcio.
- Juez dicta sentencia de separación de cuerpos.
- Transcurridos dos meses de notificada la sentencia, cualquiera de los cónyuges puede pedir la disolución del vínculo matrimonial.
- Juzgado expide los partes judiciales, a fin de que los interesados inscriban la disolución del vínculo matrimonial, en Registro Civil/Reniec y SUNARP.
* Este tipo de divorcio también puede tramitarse en sede Municipal y Notarial
2. DIVORCIO RÁPIDO (Ley N. ° 29227)
El “Divorcio Rápido” o Procedimiento no contencioso de Separación Convencional y Divorcio Ulterior (Ley N. ° 29227) es una de las maneras en las que una pareja puede disolver su vínculo matrimonial. Este demora en promedio de 2 a 3 meses.
Más información, aquí: https://www.gob.pe/438-divorcio-rapido-ley-n-29227
Abogada Abanto Ramírez lesly : 928705101