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Abogados Arequipa 956 284 644Contáctanos:  https://wa.link/js8yhu ¿𝗡𝗼 𝘁𝗲𝗻𝗴𝗼 𝗰𝗼𝗻𝘁𝗿𝗮𝘁𝗼 𝗲𝘀𝗰𝗿𝗶𝘁𝗼 = 𝗻𝗼 𝘁𝗲𝗻𝗴𝗼 𝗯𝗲𝗻𝗲𝗳𝗶𝗰𝗶𝗼𝘀 𝗹𝗮𝗯𝗼𝗿...
18/01/2024

Abogados Arequipa 956 284 644
Contáctanos: https://wa.link/js8yhu
¿𝗡𝗼 𝘁𝗲𝗻𝗴𝗼 𝗰𝗼𝗻𝘁𝗿𝗮𝘁𝗼 𝗲𝘀𝗰𝗿𝗶𝘁𝗼 = 𝗻𝗼 𝘁𝗲𝗻𝗴𝗼 𝗯𝗲𝗻𝗲𝗳𝗶𝗰𝗶𝗼𝘀 𝗹𝗮𝗯𝗼𝗿𝗮𝗹𝗲𝘀?
Muchos trabajadores nos comentan que ingresaron a laborar a una empresa o para una persona natural, y nunca les hicieron firmar un contrato laboral escrito, pasaron los meses y tampoco les pagaron sus beneficios laborales, su pregunta es: ¿Corresponde pagar beneficios laborales a un trabajador sin contrato escrito?
𝗧𝗜𝗣𝗢 𝗗𝗘 𝗖𝗢𝗡𝗧𝗥𝗔𝗧𝗢
El contrato laboral puede ser escrito o verbal, si el trabajador está prestando servicios a un tercero, bajo subordinación de su empleador y recibe una remuneración por ello, estamos ante un contrato laboral de trabajo.
𝗕𝗘𝗡𝗘𝗙𝗜𝗖𝗜𝗢𝗦 𝗟𝗔𝗕𝗢𝗥𝗔𝗟𝗘𝗦
Al existir un contrato de trabajo laboral verbal corresponde el pago de todos los beneficios laborales como gratificaciones 2 veces al año, compensación por tiempo de servicio, vacaciones, horas extra, etc.
¿𝗤𝗨𝗜𝗘𝗡𝗘𝗦 𝗧𝗜𝗘𝗡𝗘𝗡 𝗗𝗘𝗥𝗘𝗖𝗛𝗢 𝗔 𝗘𝗦𝗧𝗢𝗦 𝗕𝗘𝗡𝗘𝗙𝗜𝗖𝗜𝗢𝗦 ?
Si trabajas en una ferretería, en un hotel, una óptica, una tienda, una peluquería, o cualquier negocio sea grande o pequeño, puedes cobrar aun tus beneficios laborales.
Si ya dejaste de trabajar y nunca te los pagaron, también puedes cobrar tus beneficios laborales a quien fue tu empleador.
𝗡𝗨𝗘𝗦𝗧𝗥𝗢𝗦 𝗦𝗘𝗥𝗩𝗜𝗖𝗜𝗢𝗦: 𝗖𝗼𝗻𝘁𝗮𝗺𝗼𝘀 𝗰𝗼𝗻 𝗮𝗯𝗼𝗴𝗮𝗱𝗼𝘀 𝗲𝘀𝗽𝗲𝗰𝗶𝗮𝗹𝗶𝘇𝗮𝗱𝗼𝘀 𝗲𝗻 𝗱𝗲𝗿𝗲𝗰𝗵𝗼 𝗹𝗮𝗯𝗼𝗿𝗮𝗹 𝗾𝘂𝗲 𝗽𝗼𝗱𝗿á𝗻 𝗮𝘀𝗲𝘀𝗼𝗿𝗮𝗿𝘁𝗲 𝗵𝗮𝘀𝘁𝗮 𝗲𝗹 𝗰𝗼𝗯𝗿𝗼 𝗱𝗲 𝘁𝘂𝘀 𝗯𝗲𝗻𝗲𝗳𝗶𝗰𝗶𝗼𝘀.
𝗡𝘂𝗺𝗲𝗿𝗼 𝗱𝗲 𝗰𝗼𝗻𝘁𝗮𝗰𝘁𝗼 𝟵𝟱𝟲𝟮𝟴𝟰𝟲𝟰𝟰

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¿𝗖Ó𝗠𝗢 𝗖𝗢𝗕𝗥𝗔𝗥 𝗟𝗢𝗦 𝗕𝗘𝗡𝗘𝗙𝗜𝗖𝗜𝗢𝗦 𝗟𝗔𝗕𝗢𝗥𝗔𝗟𝗘𝗦 𝗤𝗨𝗘 𝗡𝗢 𝗧𝗘 𝗣𝗔𝗚𝗔𝗥𝗢𝗡 𝗗𝗨𝗥𝗔𝗡𝗧𝗘 𝗠𝗨𝗖𝗛𝗢𝗦 𝗔Ñ𝗢𝗦?-Consulta vía whatsapp: https://wa.link/js8y...
03/08/2022

¿𝗖Ó𝗠𝗢 𝗖𝗢𝗕𝗥𝗔𝗥 𝗟𝗢𝗦 𝗕𝗘𝗡𝗘𝗙𝗜𝗖𝗜𝗢𝗦 𝗟𝗔𝗕𝗢𝗥𝗔𝗟𝗘𝗦 𝗤𝗨𝗘 𝗡𝗢 𝗧𝗘 𝗣𝗔𝗚𝗔𝗥𝗢𝗡 𝗗𝗨𝗥𝗔𝗡𝗧𝗘 𝗠𝗨𝗖𝗛𝗢𝗦 𝗔Ñ𝗢𝗦?
-Consulta vía whatsapp: https://wa.link/js8yhu
-Consultas telefónicas: 956284644
-Dirección: Calle Melgar 513, Cercado Arequipa

Como regla general, todo empleador se encuentra obligado a pagarte beneficios laborales: 02 gratificaciones al año, CTS, vacaciones, horas extra, etc.

Sin embargo, si durante muchos años no te han sido reconocidos, te asesoraremos para que puedas cobrarlos desde el primer día que empezaste a trabajar. Para ello:

𝟭° Debemos conseguir pruebas que nos permitan acreditar el tiempo que trabajaste y tu horario: Boletas, fotografías de tu libro de asistencia, fotos en tu lugar de trabajo, capturas de correos electrónicos o mensajes en wathsapp, etc.

𝟮° Paralelamente, coordinaremos una inspección laboral, manteniendo en reserva tu identidad. Con esto lograremos que todos los trabajadores “informales” de tu empresa (incluyéndote) ingresen inmediatamente a la planilla.

𝟯° Posteriormente, mediante el Ministerio de Trabajo y con las pruebas recopiladas, invitaremos a tu empleador para conciliar el pago total de tus beneficios sociales.

4° Finalmente, solo en aquellos casos que no se logre conciliar, iniciaremos un proceso judicial laboral para que un juez le ordene a tu empleador que te pague todo lo adeudado.

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𝗔𝗦𝗘𝗦𝗢𝗥Í𝗔 𝗘𝗡 𝗗𝗘𝗦𝗣𝗜𝗗𝗢𝗦 𝗔𝗥𝗘𝗤𝗨𝗜𝗣𝗔-Consulta vía whatsapp: https://wa.link/js8yhu-Consultas telefónicas: 956284644-Dirección: ...
08/02/2022

𝗔𝗦𝗘𝗦𝗢𝗥Í𝗔 𝗘𝗡 𝗗𝗘𝗦𝗣𝗜𝗗𝗢𝗦 𝗔𝗥𝗘𝗤𝗨𝗜𝗣𝗔

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-Dirección: Calle Melgar 513, Cercado Arequipa.

Si existió un despido arbitrario, nulo, fraudulento o incausado, el trabajador deberá demandar judicialmente a fin de obtener su reposición o indemnización según correspondan; así como, exigir el pago de sus beneficios laborales adeudados.


Como te pago, todo lo que te mereces, el tiempo que viví dentro de ti, esos 9 meses. 😊FELIZ DIA MAMÁ
09/05/2021

Como te pago, todo lo que te mereces, el tiempo que viví dentro de ti, esos 9 meses. 😊

FELIZ DIA MAMÁ

𝗣𝗟𝗔𝗭𝗢 𝗣𝗔𝗥𝗔 𝗖𝗢𝗕𝗥𝗔𝗥 𝗗𝗘𝗨𝗗𝗔𝗦Tienes hasta 10 años para cobrar una deuda, si no lo haces en ese plazo la deuda prescribe y se ...
06/05/2021

𝗣𝗟𝗔𝗭𝗢 𝗣𝗔𝗥𝗔 𝗖𝗢𝗕𝗥𝗔𝗥 𝗗𝗘𝗨𝗗𝗔𝗦
Tienes hasta 10 años para cobrar una deuda, si no lo haces en ese plazo la deuda prescribe y se dificultara el cobro.

𝗖𝗢𝗠𝗢 𝗖𝗢𝗕𝗥𝗔𝗥 𝗨𝗡𝗔 𝗗𝗘𝗨𝗗𝗔
La primera recomendación es que tengas un documento que certifique la deuda, si no lo tienes podrían servirte otros indicios que corroboren ello, grabaciones, mensajes, boucher de depósito, testigos, etc.
PASOS PARA COBRAR UNA DEUDA
𝟭) 𝗥𝗘𝗤𝗨𝗘𝗥𝗜𝗠𝗜𝗘𝗡𝗧𝗢 𝗡𝗢𝗧𝗔𝗥𝗜𝗔𝗟
Te aconsejamos que primero realices el requerimiento de la deuda mediante una carta notarial, carta con sustento factico y jurídico, a fin de desincentivar el incumplimiento.
𝟮) 𝗖𝗢𝗡𝗖𝗜𝗟𝗜𝗔𝗖𝗜Ó𝗡 𝗘𝗫𝗧𝗥𝗔𝗝𝗨𝗗𝗜𝗖𝗜𝗔𝗟
Es un requisito previo a interponer una demanda, es un medio alternativo de solución de conflictos por el cual podremos negociar los términos de la devolución ante un tercero (conciliador), evitando el gasto emocional y económico de un proceso judicial.
𝟯) 𝗣𝗥𝗢𝗖𝗘𝗦𝗢 𝗝𝗨𝗗𝗜𝗖𝗜𝗔𝗟
Si se han agotado las vías anteriores, es necesario iniciar un proceso judicial, proceso de obligación de dar suma de dinero, la duración y la vía procedimental dependerá del monto de la deuda.
En este proceso se puede solicitar embargos y otras figuras procesales a fin de conseguir el pago; asimismo, en cualquier momento del proceso de podría llegar a un acuerdo y dar por finalizado el proceso.
𝗡𝗨𝗘𝗦𝗧𝗥𝗢𝗦 𝗦𝗘𝗥𝗩𝗜𝗖𝗜𝗢𝗦
Te brindamos asesoría en la redacción de la carta notarial, en el proceso conciliatorio, así también en el proceso judicial. Puedes comunicarte al celular 956284644 para coordinar una cita.



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28/09/2020

DESPIDO ARBITRARIO
Audiencia de Vista Laboral - Virtual

Compartimos una de las audiencias donde hemos realizado la defensa de nuestro cliente que sufrió despido arbitrario, la sentencia de primera instancia fue a nuestro favor y ordeno el pago de la indemnización a favor del trabajador.
La empresa demandada apelo la sentencia, especificamente cuestiono la validez de una notificación, y en merito a ello se realizó esta Audiencia de Vista virtual ante la Sala Laboral de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.
Luego de que la demandada oralizara su apelación, nuestro socio realizo el informe oral, analizando la apelación presentada por la empresa.
Informe oral que compartimos con ustedes.

26/09/2020

Una de las mas recientes entrevistas brindada por nuestro Socio Franklin Ranilla a un canal de la ciudad de Lima (Perú), canal con el cual venimos comentando diversos aspectos legales, esta vez en el bloque inicidencias laborales y de reactivación del turismo, bloque en el cual posteriormente tambien participó el Dr. Silva Martinot, ex Ministro de Comercio Exterior y Turismo del Perú, quien comento aspectos referidos a la reactivación del sector indicado.

Las preguntas absueltas en la entrevista por nuestro Socio Franklin Ranilla estuvieron referidas a:
Trabajo remoto
Seguro de desempleo
Relaciones laborales indeterminadas y temporales
Despidos masivos
Suspensión perfecta de labores

CONSULTAS LABORALES 956284644

Con el avance del virus los derechos laborales se han ido volviendo mas precarios, se entiende la importancia del uso de...
19/09/2020

Con el avance del virus los derechos laborales se han ido volviendo mas precarios, se entiende la importancia del uso de la mascarilla, pero ¿Es posible que te despidan en tu trabajo por no usar la mascarilla o usarla inadecuadamente?

𝗟𝗘𝗬 𝗤𝗨𝗘 𝗥𝗘𝗚𝗨𝗟𝗔 𝗟𝗢𝗦 𝗗𝗘𝗦𝗣𝗜𝗗𝗢𝗦
Para que un despido sea valido, el D.L. 728 a establecido que debe existir una causa prevista por la ley ( faltas relacionadas al rendimiento o a la conducta).

𝗙𝗔𝗟𝗧𝗔𝗦 𝗚𝗥𝗔𝗩𝗘𝗦
El Art 61 del D.L. 728 precisa detalladamente cuales son las faltas graves que existen.
Debemos precisar que este decreto es el único que crea faltas graves, no lo puede hacer el empleador, lo que si puede hacer el empleador es estipular conductas que debe cumplir el trabajador, pero si las incumple el empleador deberá realizar un test de proporcionalidad entre la falta y la sanción.
En el mencionado articulo indica que podría ser considerado falta grave el incumplimiento del reglamento interno y del reglamento de seguridad e higiene, PERO NO TODO INCUMPLIMIENTO AMERITA UN DESPIDO.

𝗢𝗧𝗥𝗔𝗦 𝗦𝗔𝗡𝗖𝗜𝗢𝗡𝗘𝗦
Existen otras sanciones como la amonestación escrita y la suspensión que el empleador podría aplicar.

𝗢𝗕𝗟𝗜𝗚𝗔𝗖𝗜𝗢𝗡 𝗗𝗘𝗟 𝗘𝗠𝗣𝗟𝗘𝗔𝗗𝗢𝗥 𝗔𝗟 𝗤𝗨𝗘𝗥𝗘𝗥 𝗦𝗔𝗡𝗖𝗜𝗢𝗡𝗔𝗥 𝗖𝗢𝗡 𝗗𝗘𝗦𝗣𝗜𝗗𝗢
El empleador debe evaluar las circunstancias especificas del caso, ademas evaluar:
1) 𝙀𝙡 𝙝𝙚𝙘𝙝𝙤 𝙞𝙢𝙥𝙪𝙩𝙖𝙙𝙤, sustentando en pruebas los hechos que imputa.
2) 𝙇𝙖 𝙩𝙞𝙥𝙞𝙛𝙞𝙘𝙖𝙘𝙞𝙤𝙣 𝙙𝙚 𝙡𝙖 𝙛𝙖𝙡𝙩𝙖, ya que dicha conducta debió estar previamente prevista.
3) 𝙀𝙡 𝙏𝙚𝙨𝙩 𝙙𝙚 𝙥𝙧𝙤𝙥𝙤𝙧𝙘𝙞𝙤𝙣𝙖𝙡𝙞𝙙𝙖𝙙, porque no es lo mismo que el trabajador este sin mascarilla en el campamento minero fuera de horario de trabajo, por ejemplo, o este sin mascarilla mientras trabaja; incluso, evaluar si existió verdadero riesgo ( estuvo junto a muchas personas o quizá estaba trabajando solo).
4) 𝘼𝙣𝙩𝙚𝙧𝙞𝙤𝙧𝙚𝙨 𝙛𝙖𝙡𝙩𝙖𝙨 (𝙧𝙚𝙞𝙣𝙘𝙞𝙙𝙚𝙣𝙘𝙞𝙖). Deberá evaluar si el trabajador tiene faltas anteriores o si la conducta de no usar mascarilla es reiterada.

El empleador cursara la carta de pre aviso al trabajador, analizando todo lo antes descrito, debiendo otorgar al trabajador un plazo mínimo de 06 días para sus descargos.
Si no esta correctamente sustentada la carta de pre aviso, corresponde la reposición, asimismo si no existe sustento y solo indica que es una falta grave también corresponde la reposición.
𝗟𝗮 𝗿𝗲𝗽𝗼𝘀𝗶𝗰𝗶ó𝗻 𝗼 𝗶𝗻𝗱𝗲𝗺𝗻𝗶𝘇𝗮𝗰𝗶ó𝗻 𝘀𝗲 𝗽𝗼𝗱𝗿á 𝘀𝗼𝗹𝗶𝗰𝗶𝘁𝗮𝗿 𝗽𝗼𝗿 𝗲𝗹 𝘁𝗿𝗮𝗯𝗮𝗷𝗮𝗱𝗼𝗿 𝗲𝗻 𝘂𝗻 𝗽𝗿𝗼𝗰𝗲𝘀𝗼 𝗱𝗲 𝗱𝗲𝘀𝗽𝗶𝗱𝗼.

𝗡𝗨𝗘𝗦𝗧𝗥𝗔 𝗔𝗦𝗘𝗦𝗢𝗥𝗜𝗔: Contamos con abogados especializados en derecho laboral, con amplia experiencia en la asesoría a trabajadores, empresas y sindicatos.
𝗖𝗢𝗡𝗦𝗨𝗟𝗧𝗔𝗦: 𝟵𝟱𝟲𝟮𝟴𝟰𝟲𝟰𝟰

PROCESO INCUBACIÓN COVID La seguridad de tu familia esta en tus manos
24/07/2020

PROCESO INCUBACIÓN COVID
La seguridad de tu familia esta en tus manos






Ponemos a conocimiento de nuestros clientes:Que, el Grupo de Trabajo Multisectorial (conformado por 14 ministerios), tra...
30/04/2020

Ponemos a conocimiento de nuestros clientes:
Que, el Grupo de Trabajo Multisectorial (conformado por 14 ministerios), tras revisar la propuesta del Poder Ejecutivo, ha formulado que se reinicien 22 actividades a partir del 04 de Mayo; la reactivación sera en 4 fases.
Quedando pendiente la aprobación final del Consejo de Ministros para luego emitirse el respectivo Decreto Supremo.

FUENTE: GESTIÓN PAGINA 4 - 30 DE ABRIL DEL 2020

En merito a ello, continuaremos brindando nuestros servicios de manera virtual por su seguridad.

Dirección: Calle Melgar N° 513 Cercado de Arequipa
Teléfonos 956284644 - 054522671

La curva más bonita de una mujer es su sonrisa. (Bob Marley)Feliz día de la mujer ^-^Dirección: Calle Melgar N° 513 Cerc...
08/03/2020

La curva más bonita de una mujer es su sonrisa.

(Bob Marley)

Feliz día de la mujer ^-^

Dirección: Calle Melgar N° 513 Cercado de Arequipa
Teléfonos 956284644 - 054522671

La curva más bonita de una mujer es su sonrisa.

(Bob Marley)

Feliz día de la mujer ^-^

Dirección

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Arequipa

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